Derechos de las víctimas – por país

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¿Cómo puedo denunciar un delito?

Los delitos pueden denunciarse por escrito o de forma oral ante el Ministerio Fiscal o en una comisaría. Las denuncias escritas pueden presentarse en persona o enviarse por correo postal (o por correo electrónico).

¿Cómo puedo saber lo que sucede con el caso?

Dentro de las seis semanas posteriores a la denuncia, el denunciante debe ser notificado sobre el inicio de la investigación. Si no recibe dicha notificación, puede presentar una queja ante el fiscal superior.

¿Tengo derecho a asistencia jurídica gratuita (durante la investigación o el juicio)? ¿En qué condiciones?

En las actuaciones preliminares y el procedimiento judicial, las víctimas pueden contar con la asistencia de un representante profesional, es decir, un abogado o un asesor jurídico. Las víctimas pueden designar a un representante por su cuenta o, si su situación económica no se lo permite, pueden solicitar a un representante designado por el órgano jurisdiccional. Para ello, deben presentar una carta ante el órgano jurisdiccional o el Ministerio Fiscal en la que demuestren que no están en condiciones de pagar los honorarios de un representante.

¿Puedo reclamar los gastos en los que haya incurrido con motivo de la participación en la investigación o juicio? ¿En qué condiciones?

Si la víctima participa en el procedimiento solo en calidad de testigo, tiene derecho al reembolso de sus gastos de viaje, alojamiento y manutención, así como a una indemnización por lucro cesante.

Si la víctima se constituye en acusación auxiliar o en acusación particular, tiene derecho al reembolso de sus gastos razonables, incluidos los asociados a la designación de un representante legal.

Para obtener el reembolso de los gastos, debe presentarse una solicitud y, de ser posible, los documentos justificativos de los gastos incurridos.

¿Puedo recurrir si se archiva mi caso antes de acudir a los tribunales?

Las víctimas pueden recurrir las resoluciones de denegación de una solicitud de apertura de actuaciones preliminares y de suspensión de las actuaciones. En la propia resolución encontrará información sobre cómo recurrir.

¿Puedo participar en el juicio?

Las víctimas participan en las actuaciones preliminares sin tener que presentar una declaración especial.

En los procedimientos por delitos perseguibles de oficio, las víctimas pueden constituirse en acusación auxiliar si presentan la declaración correspondiente.

En los procedimientos por delitos perseguibles a instancia de parte, las víctimas se constituyen en acusación particular.

¿Qué papel oficial desempeño en el sistema judicial? Por ejemplo, ¿soy o puedo optar por ser: víctima, testigo, parte civil o acusación particular?

Las víctimas son personas afectadas por un delito.

Por ley, las víctimas tienen derecho a participar en las actuaciones preliminares.

En los procedimientos por delitos perseguibles de oficio, las víctimas pueden intervenir, si lo desean, constituyéndose en acusación auxiliar.

En los procedimientos por delitos perseguibles a instancia de parte, las víctimas se constituyen en acusación particular.

Independientemente de si participan en el procedimiento, las víctimas casi siempre son oídas como testigos.

En la actualidad, en los procedimientos penales no se permite que las víctimas se constituyan en parte civil.

¿Cuáles son mis derechos y obligaciones en virtud de este papel?

Aun cuando no participen en el procedimiento, las víctimas pueden intervenir en momentos precisos si ello resulta necesario para salvaguardar sus intereses. Pueden participar en el juicio y en audiencias relacionadas con la suspensión condicional del procedimiento, la condena sin juicio previo y el sobreseimiento del acusado por ser este demente o beneficiarse de medidas cautelares por motivo de su demencia. Durante el juicio, la víctima puede rechazar la solicitud del acusado de ser condenado sin prestar declaración y puede solicitar que se le ordene que repare el perjuicio causado o pague una indemnización.

Si se declara la suspensión condicional del procedimiento, la víctima puede solicitar que este se reanude.

Si participa en el procedimiento, la víctima puede adoptar determinadas medidas procesales, como proponer pruebas, interrogar a los testigos y a los peritos, presentar su posición, p. ej. expresando la decisión que desea que el juez tome, y recurrir las resoluciones.

Las víctimas citadas a declarar en calidad de testigo deben comparecer ante el órgano jurisdiccional y prestar declaración. La falta de comparecencia sin un motivo justificado es sancionable.

¿Puedo intervenir durante el juicio o prestar declaración? ¿En qué condiciones?

Las víctimas pueden proponer pruebas si se constituyen en acusación subsidiaria o particular.

¿Qué información recibiré durante el juicio?

Antes de la primera audiencia, la víctima es notificada por escrito sobre su participación en las actuaciones preliminares y los derechos que le asisten en dicha condición.

También se le notifica por escrito la acusación presentada ante el órgano jurisdiccional, así como las fechas y el lugar de celebración de las audiencias o sesiones en las que puede participar.

Si el órgano jurisdiccional ordena que se pague una indemnización por daños y perjuicios, ordenará que se entregue una copia de la resolución a la víctima.

¿Podré acceder a documentos obrantes en autos?

Durante las actuaciones preliminares, la víctima puede acceder al expediente con el consentimiento de la autoridad a cargo del procedimiento.

Durante el procedimiento judicial, la víctima puede acceder al expediente si se constituye en acusación particular o subsidiaria. De lo contrario, podrá acceder al expediente con el permiso del presidente del tribunal.

Última actualización: 20/11/2018

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