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Introducción
Los órganos jurisdiccionales se encargan, en virtud de la Constitución, de ejercer la potestad jurisdiccional y de aplicar los decretos y reglamentos generales y locales, solo cuando son conformes con las leyes.
Órganos jurisdiccionales del orden jurisdiccional ordinario
El Tribunal Superior de Justicia (Cour Supérieure de Justice)
En la cumbre de la pirámide del orden jurisdiccional ordinario se encuentra el Tribunal Superior de Justicia, que se compone del Tribunal de Casación (Cour de Cassation) y el Tribunal de Apelación (Cour d’Appel), así como de la Fiscalía General (Parquet Général).
El Tribunal de Casación conoce principalmente de: la acción de nulidad o el recurso de casación contra las sentencias dictadas por las distintas salas del Tribunal de Apelación y las sentencias dictadas en última instancia. La intervención de un abogado es preceptiva.
El Tribunal de Apelación conoce de asuntos civiles, mercantiles y penales (delitos graves y menos graves), así como de asuntos juzgados por los tribunales de lo laboral (tribunaux du travail) en los dos distritos judiciales del país. La intervención de un abogado es preceptiva en todos los asuntos, excepto los penales y los procedimientos de medidas provisionales. La Sala de lo Penal del Tribunal de Apelación conoce de los recursos contra las sentencias de las salas de lo penal de los tribunales de distrito.
Los tribunales de distrito (tribunaux d’arrondissement)
El país está dividido en dos distritos judiciales y cada uno cuenta con un tribunal de distrito, uno en Luxemburgo y otro en Diekirch.
Los dos tribunales de distrito están divididos en secciones; en cada tribunal de distrito existe una fiscalía compuesta de un fiscal y sus auxiliares. Los jueces de instrucción de cada tribunal de distrito se encargan de instruir las causas penales por delitos graves y, si procede, por delitos menos graves.
En materia civil y mercantil, el tribunal de distrito tiene una competencia judicial genérica, por lo que conoce de todos los asuntos respecto de los cuales no se ha atribuido una competencia expresa a otro órgano jurisdiccional debido a la naturaleza o al importe de la demanda.
Tiene competencia ratione valoris para conocer de las demandas por cuantía superior a 15 000 EUR.
Tiene competencia exclusiva para conocer de los asuntos que, por su naturaleza, le son atribuidos expresamente por ley. Conoce de manera exclusiva de las solicitudes de exequátur de las sentencias dictadas por órganos jurisdiccionales extranjeros y de los documentos públicos elaborados por funcionarios públicos extranjeros. Los tribunales de distrito tienen también competencia en materia de jurisdicción voluntaria (adopción, tutela, emancipación, etc.).
Los tribunales de distrito conocen del recurso contra las sentencias dictadas en primera instancia por los jueces de paz que tienen su sede en su distrito judicial.
En principio, las demandas ante los tribunales de distrito se consideran interpuestas con la citación notificada al demandado por un agente judicial.
Los presidentes de los tribunales de distrito, o los magistrados designados en sustitución, son los competentes para decretar medidas cautelares y provisionales en materia civil y mercantil.
Los tribunales de distrito ejercen la jurisdicción penal en salas superiores de lo penal (chambres criminelles), para los delitos graves, y salas de lo penal (chambres correctionnelles), para los delitos menos graves. Son competentes para juzgar todos los delitos menos graves (délits), así como los delitos graves (crimes), remitidos por los juzgados de instrucción (chambres du conseil) o la Sala de Instrucción del Tribunal de Apelación. Los encausados deben personarse en audiencia excepto en el caso de que el delito sea castigado solamente con multa; en este caso, pueden hacerse representar por un abogado.
En principio, es necesaria la representación por abogado ante los tribunales de distrito, salvo en los casos establecidos por ley, como, por ejemplo, en materia mercantil y en los procedimientos de medidas provisionales en los que las partes pueden presentar las alegaciones por sí mismas.
Los juzgados de paz (justices de paix)
Hay tres juzgados de paz, uno en Luxemburgo, uno en Esch-sur-Alzette (distrito judicial de Luxemburgo) y otro en Diekirch (distrito judicial de Diekirch).
En materia civil y mercantil, los jueces de paz conocen de todos los asuntos para los cuales son competentes según el nuevo Código Procesal Civil (code de procédure civile) o conforme a otras disposiciones legales; son competentes en última instancia para conocer de los asuntos por una cuantía de hasta 2 000 EUR, y en apelación hasta una cuantía de 15 000 EUR.
Conocen de algunas materias como, por ejemplo, los embargos de salarios, pensiones y rentas, así como el reparto de las sumas embargadas, cualquiera que sea el valor de la deuda.
En principio, las demandas ante los jueces de paz se consideran interpuestas una vez el agente judicial expide la diligencia de citación. Hay una serie de asuntos que se consideran incoados mediante la presentación de la demanda en la secretaría judicial. Las partes comparecen en persona o a través de un representante. Este representante puede ser un abogado, el cónyuge, los padres o parientes en línea directa, los parientes en línea colateral hasta el tercer grado, así como las personas exclusivamente vinculadas al servicio personal de una de las partes o de su empresa.
En materia penal, los jueces de paz ejercen las funciones de los jueces de infracciones leves (juges de police). En calidad de tales juzgan los delitos leves (contraventions) o incumplimientos que la ley castiga con una multa de 25 a 250 EUR, así como los delitos menos graves que los juzgados de instrucción remitan a los tribunales de infracciones leves.
Juzgan asimismo los delitos castigados con penas que superan el grado de las penas de los tribunales de infracciones leves cuya competencia se les atribuye por ley. Las sentencias dictadas por los tribunales de infracciones leves pueden ser siempre objeto de recurso. El plazo para el recurso es de cuarenta días a contar desde el momento en que se haya dictado la sentencia o, si esta es dictada en rebeldía, a partir de su notificación o traslado a la persona o el traslado al domicilio. El recurso se interpone ante el tribunal de distrito competente.
Existe en cada juzgado de paz una sala de lo laboral, competente en materia de conflictos relativos a los contratos de trabajo y a los contratos de aprendizaje. El recurso se presenta ante el Tribunal Superior de Justicia.
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