Tratamiento electrónico de asuntos y comunicación electrónica con los tribunales

Finlandia
Contenido facilitado por
European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Es posible incoar procedimientos judiciales vía Internet?

Sí.

2 De ser así, ¿para qué tipos de asuntos puede utilizarse? ¿Hay algún procedimiento que solo se pueda iniciar vía Internet?

Puede tramitarse electrónicamente la presentación de solicitudes de citación en el caso de las demandas sin oposición, las solicitudes de asistencia jurídica gratuita (y de designación de un abogado defensor y de un abogado de oficio, y la solicitud de reembolso de sus honorarios y gastos por el Estado) y las demandas de ejecución [en el caso de las demandas de Derecho privado para la ejecución de deudas basadas en sentencias o resoluciones de juzgados de distrito (käräjäoikeus)].

Finlandia no contempla procedimientos exclusivamente por Internet.

3 ¿Está disponible el tratamiento automatizado en cualquier momento (es decir, 24 horas al día, siete días por semana) o sólo en un horario específico? De ser así, ¿cuál es el horario?

El servicio está abierto en todo momento.

4 ¿Debe facilitarse el contenido de la demanda en algún formato concreto?

Hay una plantilla XML para las sociedades y las organizaciones que presentan frecuentemente solicitudes de citación. Hay un formulario electrónico en línea específico para particulares y empresas.

5 ¿Cómo se garantiza la seguridad de la transmisión y del almacenamiento de los datos?

La tramitación automática ante los órganos jurisdiccionales finlandeses está asegurada mediante un protocolo de transferencia encriptada de ficheros https. Los datos remitidos por los órganos jurisdiccionales se mantienen en un servidor seguro desde el cual pueden descargarlos las partes interesadas.

6 ¿Es necesario utilizar algún tipo de firma electrónica o de registro de la fecha y la hora?

Para descargar ficheros del servidor seguro, los usuarios tienen que registrarse.

7 ¿Deben abonarse tasas judiciales? En caso afirmativo, ¿cómo se abonan y en qué medida difieren de las que se aplican a los procedimientos no electrónicos?

Los procedimientos electrónicos y convencionales están sujetos a las mismas tasas. Los juzgados de distrito cobran tasas a los solicitantes y demandantes al final del procedimiento. La cuantía de las tasas depende de la naturaleza del caso y la complejidad del procedimiento.

8 ¿Es posible retirar una demanda que se ha interpuesto vía Internet?

El mismo principio se aplica a los procedimientos electrónicos y a las demandas presentadas por medios convencionales.

9 Cuando el demandante incoa un procedimiento vía Internet, ¿el demandado puede, o debe, responder también vía internet?

Los demandados pueden responder por Internet, aunque no es obligatorio hacerlo por esta vía.

10 En términos de procedimiento electrónico, ¿qué sucede si el demandado contesta a la demanda?

En los asuntos civiles no hay diferencia entre los procedimientos electrónicos y convencionales.

11 ¿Qué ocurre a efectos del procedimiento electrónico si el demandado no contesta a la demanda?

En los asuntos civiles no hay diferencia entre los procedimientos electrónicos y convencionales.

12 ¿Es posible presentar documentación ante un tribunal por vía electrónica y, si es así, en qué tipo de procedimientos, y cuáles son las condiciones para ello?

Sí. Las solicitudes de citación, las respuestas y otros documentos judiciales pueden enviarse también al tribunal por correo electrónico.

13 ¿Pueden los documentos judiciales, y, en concreto, las sentencias, notificarse vía Internet?

Los documentos que no requieren acuse de recibo (como respuestas, citaciones para vistas preliminares y principales y resúmenes judiciales) pueden enviarse a las partes interesadas por correo electrónico.

14 ¿Pueden comunicarse electrónicamente las resoluciones judiciales?

Las resoluciones judiciales pueden enviarse a las partes interesadas por vía electrónica, previa solicitud. El destinatario o su agente deben registrarse para descargarlas del servicio en línea.

15 ¿Es posible presentar un recurso y notificar la decisión al respecto vía Internet?

Actualmente no es posible presentar recursos por vía electrónica.

16 ¿Es posible iniciar procedimientos de ejecución vía Internet?

Las solicitudes de ejecución de deudas reconocidas en resoluciones judiciales pueden presentarse electrónicamente. Pueden tramitarse electrónicamente las solicitudes de Derecho privado para la ejecución de deudas basadas en resoluciones o sentencias de los juzgados de distrito.

17 ¿Están facultadas las partes o sus representantes legales para consultar en línea los asuntos? En caso afirmativo, ¿cómo pueden hacerlo?

Sí. Los demandantes pueden seguir la marcha del caso registrándose en un servicio en línea si el procedimiento se ha iniciado por Internet.

Última actualización: 19/04/2024

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