Tratamiento electrónico de asuntos y comunicación electrónica con los tribunales

Eslovaquia
Contenido facilitado por
European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Es posible incoar procedimientos judiciales vía Internet?

Los procedimientos judiciales pueden incoarse por Internet o, más concretamente, las demandas y otros documentos judiciales pueden enviarse por vía electrónica siempre que cuenten con una firma electrónica certificada.

2 De ser así, ¿para qué tipos de asuntos puede utilizarse? ¿Hay algún procedimiento que solo se pueda iniciar vía Internet?

La presentación de documentación por vía electrónica está disponible para cualquier tipo de demanda y para todos los documentos. Si se envía un documento por vía electrónica sin autorización (firma electrónica certificada), este deberá enviarse también en papel o en formato electrónico con firma electrónica certificada dentro de los diez días posteriores. De lo contrario, el órgano jurisdiccional no lo tendrá en cuenta. El órgano jurisdiccional no invita de forma explícita al remitente a realizar ese envío posterior.

En los procedimientos no contradictorios, podrá presentarse documentación ante cualquier tribunal de distrito, que deberá dejar constancia de la entrega en sus registros y remitir inmediatamente el documento al órgano jurisdiccional competente. Dicha presentación tiene el mismo efecto que la hecha ante el órgano jurisdiccional competente para conocer del asunto.

3 ¿Está disponible el tratamiento automatizado en cualquier momento (es decir, 24 horas al día, siete días por semana) o sólo en un horario específico? De ser así, ¿cuál es el horario?

El servicio está disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana.

4 ¿Debe facilitarse el contenido de la demanda en algún formato concreto?

La demanda puede realizarse en cualquier formato, es el contenido lo que determinará su admisibilidad. Si falta algún dato específico, el órgano jurisdiccional ordenará a la parte correspondiente que subsane el error o complete la demanda dentro de un plazo de diez días como mínimo.

5 ¿Cómo se garantiza la seguridad de la transmisión y del almacenamiento de los datos?

Las condiciones para el almacenamiento y la transmisión de datos se recogen en la Ley n.º 543/2005, las normas de funcionamiento y administración de los tribunales de distrito, los tribunales regionales, el Tribunal Especial y los tribunales militares, en su versión modificada (zák. č. 543/2005 Z. z. v znení neskorších zmien doplnení – Spravovacom a kancelárskom poriadku pre okresné súdy, krajské súdy, Špeciálny súd a vojenské súdy) (en lo sucesivo, la «PaOR»).

a) El procedimiento de admisión de documentos presentados por Internet con firma electrónica certificada se rige por la Ley n.º 215/2002, de firma electrónica y por la que se modifican determinadas leyes, en su versión modificada por la Ley n.º 679/2004 (zák. č. 215/2002 Z. z. o elektronickom podpise a o zmene a doplnení niektorých zákonov v znení zákona č. 679/2004 Z .z.) y por el Reglamento de la Autoridad Nacional de Seguridad (NBU) n.º 542/2002, relativo al método y el proceso de uso de firmas electrónicas en relaciones comerciales y administrativas (vyhláška NBÚ č. 542/2002 z. z. o spôsobe a postupe používania elektronického podpisu v obchodnom). La documentación que se entregue de esta forma será enviada al departamento de correo, que la reenviará a quien corresponda, de conformidad con el artículo 129 de la PaOR. Los departamentos de correo de los órganos jurisdiccionales registran los documentos recibidos mediante una aplicación informática.

b) La documentación enviada sin firma electrónica certificada será reenviada de inmediato al departamento de correo, que procederá de conformidad con el artículo 129 de la PaOR.

6 ¿Es necesario utilizar algún tipo de firma electrónica o de registro de la fecha y la hora?

Si se envía documentación por Internet sin firma electrónica certificada, deberá enviarse también en papel o en formato electrónico con firma electrónica certificada dentro de los diez días posteriores. De lo contrario, el órgano jurisdiccional no la tendrá en cuenta. Si en la documentación figura una firma electrónica certificada, no será necesario volverla a enviar de una de las formas mencionadas anteriormente. Se dejará constancia de la fecha y hora exactas de la entrega.

7 ¿Deben abonarse tasas judiciales? En caso afirmativo, ¿cómo se abonan y en qué medida difieren de las que se aplican a los procedimientos no electrónicos?

Sí, deberá abonarse una tasa judicial de 0,1 EUR por página de la copia de una demanda y los anexos que integren el expediente o que deban enviarse a las partes, en caso de que el procedimiento se haya incoado por vía electrónica con firma electrónica certificada, de conformidad con la Ley n.º 215/2002, de firma electrónica y por la que se modifican determinadas leyes, en su versión modificada por la Ley n.º 679/2004, y el Reglamento de la NBU n.º 542/2002, relativo al método y el proceso de uso de firmas electrónicas en relaciones comerciales y administrativas, una tasa judicial de al menos 10 EUR si se trata de la interposición de una demanda o de la incoación de un procedimiento y sus anexos, y una tasa judicial de al menos 3 EUR para todos los otros documentos y sus anexos, con arreglo al punto 20a del anexo de la Ley n.º 71/1992, sobre tasas judiciales, en su versión modificada (zákon č. 71/1992 Zb. o súdnych poplatkoch v znení neskorších zmien a doplnení).

8 ¿Es posible retirar una demanda que se ha interpuesto vía Internet?

Sí, todas las demandas pueden retirarse, total o parcialmente, independientemente de la forma en que se hayan interpuesto (desistimiento de la demanda).

9 Cuando el demandante incoa un procedimiento vía Internet, ¿el demandado puede, o debe, responder también vía internet?

El demandado tiene la posibilidad pero no la obligación de contestar la demanda vía Internet.

10 En términos de procedimiento electrónico, ¿qué sucede si el demandado contesta a la demanda?

El procedimiento por el que se rige la presentación de documentación por vía electrónica se recoge en la Ley n.º 543/2005, de las normas de funcionamiento y administración de los tribunales de distrito, los tribunales regionales, el Tribunal Especial y los tribunales militares, en su versión modificada.

11 ¿Qué ocurre a efectos del procedimiento electrónico si el demandado no contesta a la demanda?

El procedimiento por el que se rige la presentación de documentación por vía electrónica se recoge en la Ley n.º 543/2005, de las normas de funcionamiento y administración de los tribunales de distrito, los tribunales regionales, el Tribunal Especial y los tribunales militares, en su versión modificada.

12 ¿Es posible presentar documentación ante un tribunal por vía electrónica y, si es así, en qué tipo de procedimientos, y cuáles son las condiciones para ello?

Un medio de prueba es cualquier elemento que permita aclarar las circunstancias del caso. Su uso está permitido en cualquier tipo de procedimiento. La presentación de documentación ante el órgano jurisdiccional está sujeta a las condiciones recogidas en el artículo 125 del Código de Procedimiento Civil eslovaco (Civilný sporový poriadok).

13 ¿Pueden los documentos judiciales, y, en concreto, las sentencias, notificarse vía Internet?

Con arreglo al artículo 105 del Código de Procedimiento Civil, la documentación escrita puede notificarse por Internet. Los documentos emitidos por los órganos jurisdiccionales se consideran entregados al quinto día del envío, aunque el destinatario no los haya leído.

Sin embargo, no es posible notificar por Internet sentencias, otras resoluciones judiciales, citaciones y otros documentos escritos para los cuales la legislación prevé la notificación en persona. Las resoluciones judiciales solo pueden notificarse en persona y nunca por Internet.

14 ¿Pueden comunicarse electrónicamente las resoluciones judiciales?

No. Las resoluciones judiciales se dictan mediante tecnología informática en un formulario preimpreso con el escudo nacional de la República de Eslovaquia y la siguiente leyenda: «Sentencia dictada en nombre de la República de Eslovaquia». La resolución judicial escrita es firmada por el presidente de la sala o por el juez único.

15 ¿Es posible presentar un recurso y notificar la decisión al respecto vía Internet?

Los recursos pueden interponerse por Internet. Si se interponen por vía electrónica sin firma electrónica certificada, deberán enviarse también en papel o en formato electrónico con firma electrónica certificada dentro de los diez días posteriores. De lo contrario, serán desestimados por el órgano jurisdiccional. Las resoluciones respecto de recursos no pueden dictarse por Internet, sino solo en papel.

16 ¿Es posible iniciar procedimientos de ejecución vía Internet?

Es posible incoar un procedimiento de ejecución por Internet. Si se interpone por vía electrónica sin firma electrónica certificada, deberá enviarse también en papel o en formato electrónico con firma electrónica certificada dentro de los diez días posteriores. De lo contrario, el órgano jurisdiccional lo desestimará.

17 ¿Están facultadas las partes o sus representantes legales para consultar en línea los asuntos? En caso afirmativo, ¿cómo pueden hacerlo?

Las partes y sus representantes legales solo pueden consultar expedientes en persona y en presencia de un empleado del órgano jurisdiccional.

El sitio web del Ministerio de Justicia de la República de Eslovaquia (Ministerstvo spravodlivosti Slovenskej republiky) pone a disposición del público una base de datos para la búsqueda de resoluciones judiciales. Cualquier persona puede consultarla para buscar resoluciones judiciales por fecha de emisión, órgano jurisdiccional emisor, número de expediente, forma de la resolución, tipo de resolución, ámbito de regulación jurídica, disposiciones legales aplicadas, nombre y apellido del juez o del agente de la administración de justicia que dictó la resolución, o por las palabras contenidas en la resolución (la llamada «búsqueda de texto completo»).

Última actualización: 06/05/2024

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