Trasladarse o establecerse legalmente en otro país con menores

Bélgica
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Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 En qué circunstancias puede un padre trasladar a un menor a otro Estado sin el consentimiento del otro progenitor?

En virtud de la legislación belga, el derecho a modificar el lugar de residencia de un menor forma parte de la patria potestad. Por consiguiente, solo el/los titular(es) de la patria potestad sobre el menor está(n) autorizado(s) a modificar el lugar de residencia de este.

En principio, independientemente de su situación, tanto si viven juntos como si no, los progenitores ejercen la patria potestad conjuntamente en interés del menor (véanse los artículos 373 y 374 del Código Civil).

No obstante, en caso de separación, es posible solicitar judicialmente una excepción al principio del ejercicio conjunto de la patria potestad. En tales casos, el ejercicio de la patria potestad confiado a uno de los progenitores en virtud de una resolución judicial se considerará exclusivo. En caso de ejercicio exclusivo de la patria potestad, se podrá confiar al progenitor titular todas las prerrogativas de la patria potestad, incluida la elección del lugar de residencia del menor. Por tanto, podrá trasladar al menor a otro Estado sin el consentimiento del otro progenitor. En este supuesto, el progenitor que no disfrute de la patria potestad conjunta puede recibir un derecho a las relaciones personales. No obstante, el juez puede modular el ejercicio exclusivo de la patria potestad estableciendo, para determinadas decisiones relativas al menor, excepciones que requieren el acuerdo del otro progenitor. La elección de la residencia del menor puede ser una de las decisiones que haya que tomarse conjuntamente en el supuesto de ejercicio exclusivo de la patria potestad por parte de uno de los progenitores.

Por otra parte, hay que señalar que en el caso de que el menor fuese objeto de una decisión de protección que implicase una modificación de las modalidades de ejercicio de la patria potestad, esta prevalecería. Así, es posible que ninguno de los progenitores esté autorizado para trasladar al menor a otro Estado.

2 ¿En qué circunstancias se requiere el consentimiento del otro progenitor para trasladar al menor a otro Estado?

Cuando ambos progenitores ejercen la patria potestad compartida, es necesario el consentimiento de ambos para modificar el lugar de residencia del menor en común.

Cuando uno de los progenitores es titular en exclusiva de la patria potestad con excepciones para determinadas decisiones como la elección de la residencia del menor, es obligatorio el consentimiento del otro progenitor. Sin embargo, frente a terceros de buena fe, existe una presunción de acuerdo parental.

3 Si el otro progenitor no da su consentimiento para trasladar al menor a otro Estado, aunque sea necesario, ¿cómo puede ser trasladado lícitamente el menor a otro Estado?

A falta de acuerdo entre los titulares de la patria potestad sobre el lugar de residencia del menor en común, corresponderá al tribunal territorialmente competente autorizar o no el traslado del menor a otro Estado.

Cualquiera de los progenitores que ejerza la patria potestad de forma conjunta podrá apelar a priori a la jurisdicción competente en previsión de una decisión que no recoja su autorización. También estará abierto un recurso a posteriori a un progenitor que ejerza la patria potestad de forma conjunta para impugnar una decisión ya tomada por el otro progenitor.

4 ¿Se aplican las mismas normas al traslado temporal (por ejemplo, vacaciones, asistencia sanitaria, etc.) que al traslado permanente? Facilítense, si procede, los formularios de autorización correspondientes..

Cuando la patria potestad se confíe a un único progenitor, solo el progenitor titular de la patria potestad podrá trasladar al menor a otro Estado en vacaciones.

El progenitor que no ejerza la patria potestad sobre el menor, pero que disponga de un derecho a las relaciones personales, solo podrá llevarlo al extranjero con el acuerdo previo por escrito del titular de la patria potestad o una autorización expresa del tribunal competente.

Cuando la patria potestad sea conjunta y no haya ninguna decisión que regule la cuestión del alojamiento del menor, ambos progenitores estarán autorizados a viajar al extranjero con el menor. Sin embargo, no podrá modificarse el lugar de residencia de este.

Por último, cuando una decisión judicial regule las modalidades de alojamiento del menor, cada uno de los progenitores solo tendrá derecho a viajar con el menor durante el período que pase con cada uno de ellos, salvo prohibición expresa del tribunal.

Sin embargo, en estos dos últimos casos puede resultar conveniente para el progenitor que viaje con el menor a fin de evitar dificultades, disponer de una autorización para viajar, firmada por el otro progenitor.

Última actualización: 10/01/2018

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