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Uno de los progenitores puede trasladar legalmente a un menor a otro Estado sin el consentimiento del otro progenitor en caso de que la custodia la ejerza solo el progenitor que realiza el traslado, y siempre que no se infrinja el derecho del menor a mantener la comunicación personal con el otro progenitor.
Cuando los dos progenitores ejercen la custodia compartida.
En caso de que sea necesario trasladar al menor pero el otro progenitor no dé su consentimiento, se debe acudir a los tribunales para que, tomando como base el interés del menor, juzguen la situación y decidan si debe efectuarse o no el traslado.
En todos los casos, ya se trate de un traslado temporal por vacaciones o de un traslado permanente a otro Estado, se aplican las normas mencionadas por lo que respecta al consentimiento de los progenitores.
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