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A) En términos generales, un progenitor puede trasladar a su hijo a otro Estado sin el consentimiento del otro progenitor cuando se trate de un periodo corto de tiempo y siempre que no exista intención de permanencia. En estos casos:
B) Un progenitor puede trasladar al menor a otro Estado incluso para un periodo largo de tiempo o con intención de permanencia sin el consentimiento del otro progenitor, si la patria potestad del otro progenitor ha sido restringida o revocada por un tribunal.
C) En los siguientes casos, el tutor también podrá trasladar legalmente a un menor a otro Estado sin el consentimiento del progenitor, siempre que la autoridad pública de tutela no haya restringido su derecho a hacerlo:
A) Si un progenitor traslada al menor a otro Estado para un periodo largo de tiempo o con intención de permanencia, es necesario el consentimiento del otro progenitor. En estos casos:
B) Si el menor es entregado a una familia de acogida, el tutor solo podrá trasladar al menor a otro Estado para un periodo largo de tiempo o con intención de permanencia cuando tenga el consentimiento de los padres.
El traslado a otro Estado con el fin de estudiar, trabajar u otros fines similares podrá considerarse de larga duración.
Si el otro progenitor no ha dado su consentimiento para el traslado del menor a otro Estado, el progenitor interesado podrá solicitar una decisión de la autoridad pública de tutela en relación a este asunto. En tal caso, la decisión de la autoridad pública de tutela que permita el traslado del menor a otro Estado sustituirá al consentimiento del otro progenitor.
El progenitor que solicite la designación de un lugar de residencia en otro Estado deberá adjuntar a su solicitud documentos que demuestren que la educación, los alimentos, el cuidado del menor y la realización de sus estudios están asegurados en el otro Estado (en particular, una evaluación ambiental emitida por la autoridad extranjera, un certificado de asistencia a la escuela, un certificado de ingresos del progenitor y una declaración de aceptación). A petición de los padres, la autoridad pública de tutela se encargará de la obtención de la evaluación ambiental. Si el progenitor aún no ha empezado a trabajar en el otro Estado, la autoridad pública de tutela podrá aceptar una declaración del progenitor acerca de los ingresos previstos en lugar de un certificado de ingresos.
Durante el proceso de resolución del litigio, la autoridad pública de tutela considerará la posibilidad de ejecutar una decisión judicial o de una autoridad pública de tutela que permita que continúe el contacto directo entre el menor y el progenitor del que viva separado, en ausencia de un tratado internacional o de reciprocidad.
Como se indica en el punto 1, si el traslado al extranjero no es de larga duración, el progenitor podrá trasladar al menor a otro Estado incluso sin el consentimiento del otro progenitor. En tales casos, para que el menor viaje al extranjero, se tienen que cumplir las condiciones generales para cruzar la frontera (por ejemplo, el menor debe tener un pasaporte válido).
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