- 1 En qué circunstancias puede un padre trasladar a un menor a otro Estado sin el consentimiento del otro progenitor?
- 2 ¿En qué circunstancias se requiere el consentimiento del otro progenitor para trasladar al menor a otro Estado?
- 3 Si el otro progenitor no da su consentimiento para trasladar al menor a otro Estado, aunque sea necesario, ¿cómo puede ser trasladado lícitamente el menor a otro Estado?
- 4 ¿Se aplican las mismas normas al traslado temporal (por ejemplo, vacaciones, asistencia sanitaria, etc.) que al traslado permanente? Facilítense, si procede, los formularios de autorización correspondientes..
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1 En qué circunstancias puede un padre trasladar a un menor a otro Estado sin el consentimiento del otro progenitor?
De acuerdo con el artículo 30, apartado 1, letra c). de la Ley n.º 248/2005, del régimen de libre circulación de los ciudadanos rumanos en el extranjero (Lege nr. 248/2005 privind regimul liberei circulaţii a cetăţenilor români în străinătate), un niño menor de edad que sea titular de un documento de viaje o documento de identidad, un documento de identidad simple o un documento de identidad electrónico y que viaje al extranjero junto con cualquiera de sus progenitores puede abandonar el territorio de Rumanía sin necesidad de obtener el consentimiento del otro progenitor, siempre y cuando el progenitor acompañante demuestre que se le ha confiado el menor en virtud de una sentencia judicial firme o que ejerce la patria potestad en exclusiva en virtud de una sentencia judicial firme (o de conformidad con una sentencia judicial firme en los procesos incoados desde el 15 de febrero de 2013 en adelante).
No es necesario aportar la declaración del consentimiento del progenitor cuya patria potestad se haya revocado o que se encuentre legalmente en paradero desconocido si el progenitor acompañante aporta pruebas de esta circunstancia.
De forma análoga y de acuerdo con el artículo 30, apartado 6, punto 1, de la Ley n.º 248/2005, no se exige el consentimiento del otro progenitor, de ambos progenitores o, en su caso, del progenitor que tiene la custodia del menor, del progenitor que ejerce la patria potestad exclusiva, del progenitor supérstite o de su representante legal, con su consentimiento para que salga de Rumanía, cuando el menor rumano domiciliado o residente en el país de destino se traslade, de conformidad con la Ley n.º 248/2005, a dicho país.
La policía de fronteras permite que los menores acompañados abandonen Rumanía si el progenitor acompañante justifica la necesidad de viajar al extranjero con motivo de que el menor vaya a recibir un tratamiento médico que no esté disponible dentro del territorio de Rumanía, que de no prestarse amenazaría seriamente la vida o salud del menor, siempre que lo demuestre con documentos justificativos expedidos o visados por las autoridades sanitarias rumanas y en los que se declare el período de tiempo y el Estado o Estados en los que se va a llevar a cabo dicho tratamiento médico, incluso en el caso de no contar con el consentimiento de ambos progenitores, el otro progenitor, el progenitor supérstite o el representante legal. Del mismo modo, la policía de fronteras permite que los menores acompañados salgan de Rumanía si el progenitor acompañante prueba que el menor viaja por estudios o con motivo de competiciones oficiales, mostrando los documentos pertinentes que indiquen las fechas y el Estado o Estados en los que se van a llevar a cabo los estudios o las competiciones, incluso si solo uno de los progenitores ha dado su consentimiento.
2 ¿En qué circunstancias se requiere el consentimiento del otro progenitor para trasladar al menor a otro Estado?
Se requiere el consentimiento del otro progenitor para trasladar al menor a otro Estado miembro cuando la patria potestad se ejercite de forma conjunta por ambos.
Es decir, los progenitores ejercen la patria potestad de forma conjunta y en condiciones de igualdad, independientemente de que los progenitores estuvieran casados o no cuando tuvieron al niño [artículo 503, apartado 1, del Código Civil (Codul Civil)].
En caso de divorcio, los progenitores tienen la patria potestad conjunta, a menos que se disponga judicialmente lo contrario. Si existen razones de peso y teniendo en cuenta el interés superior del menor, se puede disponer judicialmente que la patria potestad sea ejercida por uno solo de los progenitores (artículo 397 y artículo 398, apartado 1, del Código Civil).
De conformidad con el artículo 30, apartado 1, letra b), de la Ley n.º 248/2005, para trasladar a un ciudadano rumano menor de edad fuera del país, el progenitor acompañante debe presentar a la policía de fronteras una declaración del otro progenitor por la que consienta al viaje al extranjero durante un período no superior a tres años a contar desde la fecha de su expedición.
La declaración debe ser otorgada en Rumanía ante notario y en el extranjero ante las embajadas y consulados rumanos. Si debe presentarse ante autoridades extranjeras, debe cumplir los requisitos de legalización fijados por ley o tener apostilla de conformidad con el Convenio suprimiendo la exigencia de la legalización de documentos públicos extranjeros, hecho en La Haya el 5 de octubre de 1961, con excepción de los procedentes de un Estado con el que Rumanía haya celebrado un tratado, convenio o acuerdo de asistencia judicial en materia civil o Derecho de familia en el que se contemple la excepción de la legalización. La declaración debe entregarse a las partes en dos ejemplares; uno lo conserva el acompañante y el segundo acompaña al pasaporte del menor.
3 Si el otro progenitor no da su consentimiento para trasladar al menor a otro Estado, aunque sea necesario, ¿cómo puede ser trasladado lícitamente el menor a otro Estado?
En caso de controversia entre los progenitores con respecto al ejercicio de sus derechos o al cumplimiento de sus obligaciones parentales, el órgano jurisdiccional competente debe pronunciarse en pos del interés superior del menor con arreglo a un informe psicosocial elaborado para la ocasión (artículo 486 del Código Civil). Por tanto, el consentimiento del otro progenitor para que el menor viaje al extranjero puede ser suplido por sentencia judicial.
4 ¿Se aplican las mismas normas al traslado temporal (por ejemplo, vacaciones, asistencia sanitaria, etc.) que al traslado permanente? Facilítense, si procede, los formularios de autorización correspondientes..
Si el traslado del menor a otro Estado tiene por objeto cambiar la residencia del menor, se requiere el consentimiento del otro progenitor, a menos que el progenitor que quiera trasladarse tenga la patria potestad exclusiva.
En este sentido, el Código Civil establece que, si se ve afectado el ejercicio de la patria potestad, el traslado del menor que tenga por fin el cambio de residencia junto con el progenitor con el que viva, solo puede tener lugar con el consentimiento previo del otro progenitor. En caso de desacuerdo entre los padres, el órgano jurisdiccional competente en cuestiones familiares provee al respecto (artículo 497 del Código Civil).
La Ley n.º 248/2005 no distingue entre traslado temporal y traslado permanente.
De conformidad con el artículo 34 de la Decisión n.º 94/2006 del Gobierno, por la que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley n.º 248/2005 (Hotărârea de Guvern nr. 94/2006 pentru aprobarea normelor metodologice de aplicare a Legii nr. 248/2005), el formulario de autorización exigido para la salida del menor del país se establece por ordenanza de la Inspección General de la Policía de Fronteras (Inspectoratul General al Poliției de Frontieră).
El texto de la Ley n.º 248/2005 puede consultarse aquí.
Documentos pertinentes
Formulario para la declaración del consentimiento de un progenitor para que el menor abandone el país acompañado del otro progenitor (100 Kb) (100 Kb)
Formulario para la declaración del consentimiento paterno para que el menor abandone el país acompañado de otro adulto (194 Kb) (194 Kb)
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