Responsabilidad parental: custodia de menores y derechos de visita

Alemania
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Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Qué significa el concepto de «responsabilidad parental» en la práctica? ¿Cuáles son los derechos y obligaciones del titular del responsable parental?

El término «responsabilidad parental» abarca el conjunto de derechos y obligaciones de los progenitores en relación con el hijo. Un componente esencial de la responsabilidad parental es la patria potestad. Los progenitores tienen la obligación y el derecho de cuidar a su hijo menor de edad. La patria potestad comprende tanto el cuidado de la persona y los bienes del hijo como la representación de este; por lo tanto, el derecho a tomar decisiones relativas al hijo está en principio vinculado a la patria potestad. También forman parte de la responsabilidad parental el trato con el hijo y la obligación de alimentos para con este.

2 Por regla general ¿quién tiene la responsabilidad parental de un menor?

Como se explica en la respuesta a la pregunta 1, el término «responsabilidad parental» abarca el conjunto de derechos y obligaciones de los progenitores en relación con el hijo. La custodia de los hijos es un elemento esencial de la responsabilidad parental; las relaciones personales con el hijo y las obligaciones de prestar alimentos también forman parte de la responsabilidad parental.

En principio, existe la patria potestad conjunta,

  1. cuando el hijo nace dentro del matrimonio,
  2. cuando los progenitores se casan después del nacimiento del hijo,
  3. cuando los progenitores declaran su voluntad de asumir conjuntamente la patria potestad (declaraciones de patria potestad),
  4. siempre que el tribunal de familia les conceda la patria potestad conjunta.

Las declaraciones de patria potestad deben constar en escritura pública, trámite que puede realizarse en el servicio social para menores o ante un notario y, en determinadas circunstancias, en las representaciones diplomáticas en el extranjero. Si los progenitores no realizan ninguna declaración de patria potestad y no están casados, la patria potestad corresponde exclusivamente a la madre. No obstante, a petición de un progenitor, el tribunal de familia puede conceder a ambos progenitores la patria potestad conjunta, siempre que ello no vaya en contra del interés superior del menor. A este respecto, se presume que la patria potestad conjunta no es contraria al interés superior del menor si el otro progenitor no alega ningún motivo que pueda entrar en conflicto con la transferencia de la patria potestad conjunta y si estos motivos tampoco son evidentes.

La legislación alemana parte de la base de que el trato del hijo con ambos progenitores suele contribuir a su bienestar y, por tanto, garantiza el derecho del menor a tener trato con los progenitores. Al mismo tiempo, a cada uno de los progenitores le corresponde el derecho y la obligación de tener trato con el hijo.

El derecho de tener trato otorga al progenitor principalmente la facultad para ver al hijo y hablar con este de forma periódica. Además de los encuentros en persona, el derecho de tener trato con el hijo incluye también el contacto por escrito o por teléfono.

En cuanto al deber de garantizar la manutención, esta obligación incumbe en principio a ambos progenitores. Con relación a sus hijos, los progenitores pueden determinar por sí mismos el modo en que se debe proporcionar dicha manutención. Por ejemplo, pueden decidir que la manutención se aporta en gran medida en el hogar familiar en especie (alojamiento, alimentos, ropa, etc.).

3 Si los padres no pueden o no desean ejercer la responsabilidad parental con respecto a sus hijos, ¿puede designarse a otra persona en su lugar?

El término «responsabilidad parental» abarca el conjunto de derechos y obligaciones de los progenitores en relación con el hijo. La patria potestad es un elemento esencial de la responsabilidad parental; las relaciones personales con el hijo y las obligaciones de prestar alimentos también forman parte de la responsabilidad parental (véanse las explicaciones en respuesta a la pregunta 1 sobre este tema). Las siguientes explicaciones se refieren a la patria potestad.

Si el menor no está sujeto a la patria potestad porque los progenitores han fallecido o si los progenitores no tienen derecho a representar al menor en asuntos que atañen a la persona o los bienes de este, por ejemplo porque han sido privados de la patria potestad, al menor se le nombra un tutor. La tutela la ordena el tribunal de familia.

Si los progenitores tienen algún impedimento para ejercer la patria potestad sobre un menor en determinados ámbitos, el tribunal de familia debe nombrar para dichos ámbitos a un representante legal del incapaz [artículo 1909 del Código Civil alemán (Bürgerlisches Gesetzbuch, «BGB»)].

4 Si los padres se divorcian o se separan, ¿cómo se deciden las cuestiones relativas a la responsabilidad parental de cara al futuro?

El término «responsabilidad parental» abarca el conjunto de derechos y obligaciones de los progenitores en relación con el hijo. La patria potestad es un elemento esencial de la responsabilidad parental; las relaciones personales con el hijo y las obligaciones de prestar alimentos también forman parte de la responsabilidad parental (véanse las explicaciones en respuesta a la pregunta 1 sobre este tema). Las siguientes explicaciones se refieren a la patria potestad.

Si los progenitores son titulares conjuntos de la patria potestad y se separan, la patria potestad conjunta perdura independientemente de si están o no casados. No obstante, a petición de un progenitor, el tribunal de familia puede conceder la patria potestad a uno solo de los progenitores. Tal petición puede satisfacerse siempre y cuando el otro progenitor esté de acuerdo, salvo que el menor tenga al menos 14 años y se oponga, o bien si cabe esperar que la supresión de la patria potestad conjunta y su concesión a uno de los progenitores sea la opción que más contribuye al bienestar del menor. Incluso si los padres se divorcian, tal decisión solo se toma a petición de uno de los progenitores, a menos que el bienestar del menor esté en peligro.

5 Si los padres llegan a un acuerdo sobre la cuestión de la responsabilidad parental, ¿cuáles son los trámites que deben seguirse para que el acuerdo sea vinculante?

El término «responsabilidad parental» abarca el conjunto de derechos y obligaciones de los progenitores en relación con el hijo. La patria potestad es un elemento esencial de la responsabilidad parental; las relaciones personales con el hijo y las obligaciones de prestar alimentos también forman parte de la responsabilidad parental (véanse las explicaciones en respuesta a la pregunta 1 sobre este tema). Las siguientes explicaciones se refieren a la patria potestad y al trato.

En principio, la configuración concreta de la patria potestad conjunta es asunto de los progenitores y puede adoptar la forma que estos decidan. Sin embargo, una enmienda jurídicamente vinculante de las normas sobre la patria potestad no es posible mediante un simple acuerdo, sino que requiere una resolución del tribunal de familia. Si los progenitores viven separados, a la hora de elaborar un borrador de acuerdo conjunto sobre la patria potestad, pueden recurrir a la ayuda del servicio social para menores. Dicho borrador puede servir de base para una decisión judicial sobre la patria potestad. Si los progenitores acuerdan que la patria potestad debe corresponder en lo sucesivo a un solo progenitor, pueden solicitar al tribunal de familia la transmisión de la patria potestad.

Asimismo, los progenitores pueden acordar libremente la forma en que desean configurar el derecho de trato. Si tal acuerdo se hace constar en acta ante un tribunal, y es aprobado por un tribunal, adquirirá el mismo carácter vinculante que una decisión judicial y, en caso necesario, será de cumplimiento obligatorio.

6 Si los progenitores no se ponen de acuerdo sobre la cuestión de la responsabilidad parental, ¿qué medios alternativos existen para solucionar el conflicto sin recurrir a la justicia?

En caso de que los progenitores no puedan resolver por sí mismos sus conflictos, existe la posibilidad de recurrir al servicio social para menores o a una instancia independiente de protección a la infancia. Allí se asesora a los progenitores y se les presta apoyo para que superen sus problemas. Se puede consultar el banco de datos en el que figuran todos los centros de asesoramiento en http://www.dajeb.de. Además existe la posibilidad de alcanzar un acuerdo amistoso a través de una mediación. Para más información sobre mediación familiar, se puede consultar http://www.bafm-mediation.de/

7 Si los progenitores recurren a la justicia, ¿sobre qué cuestiones relacionadas con el menor puede el juez resolver?

En función de la demanda o de la situación que la haya originado, el juez podrá pronunciarse sobre todas las cuestiones relativas a la patria potestad (incluida la entrega del niño), el trato y la manutención del menor durante el procedimiento correspondiente. Al mismo tiempo, en todo momento durante el procedimiento, el juez debe procurar que se logre una resolución consensuada del conflicto. Asimismo, si los progenitores discrepan en relación con una determinada cuestión de patria potestad que tiene importancia para el hijo, el tribunal puede autorizar a uno de los progenitores para que decida en solitario sobre dicha cuestión.

Además, cuando se ponga en peligro el bienestar del menor, el tribunal puede en cualquier momento ordenar de oficio todas las medidas necesarias para evitar tal peligro.

8 Si el juez concede la custodia de un hijo a uno de los progenitores, ¿significa que éste puede decidir todas las cuestiones relativas al hijo sin necesidad de consultar al otro progenitor?

El término «responsabilidad parental» abarca el conjunto de derechos y obligaciones de los progenitores en relación con el hijo. La patria potestad es un elemento esencial de la responsabilidad parental; las relaciones personales con el hijo y las obligaciones de prestar alimentos también forman parte de la responsabilidad parental (véanse las explicaciones en respuesta a la pregunta 1 sobre este tema). Las siguientes explicaciones se refieren a la patria potestad y al trato.

En lo que respecta a la patria potestad, la pregunta debe responderse en principio de forma afirmativa. El progenitor que no ostenta la patria potestad no tiene derecho a participar en las decisiones que atañen al menor. Sin embargo, sí goza del derecho a mantener trato con el hijo y, si el interés está justificado, puede exigir al otro progenitor que le informe sobre la situación personal del menor. En cambio, si el menor se encuentra en el hogar del progenitor que no ostenta la patria potestad de común acuerdo con el progenitor que sí la ostenta o en virtud de una decisión judicial (por ejemplo, en el marco del ejercicio del derecho de visita), el progenitor con quien se halla el menor puede decidir en solitario sobre asuntos relativos al cuidado efectivo que le dispensa (p. ej. alimentación).

9 Cuando el juez concede a ambos progenitores la custodia compartida de un hijo, ¿qué significa en la práctica?

El término «responsabilidad parental» abarca el conjunto de derechos y obligaciones de los progenitores en relación con el hijo. La patria potestad es un elemento esencial de la responsabilidad parental; las relaciones personales con el hijo y las obligaciones de prestar alimentos también forman parte de la responsabilidad parental (véanse las explicaciones en respuesta a la pregunta 1 sobre este tema). Las siguientes explicaciones se refieren a la patria potestad.

Si los progenitores ostentan la patria potestad conjunta respecto de su hijo y viven juntos, deben ponerse de acuerdo a la hora de resolver todas las cuestiones relacionadas con la patria potestad. Sin embargo, si los progenitores viven separados, deben hacerlo únicamente en aquellos asuntos de importancia considerable para el menor. En las cuestiones de la vida cotidiana, el progenitor cuyo hogar es el lugar de sustento para el menor tiene derecho a decidir en solitario.

10 ¿A qué tribunal o autoridad hay que acudir para presentar una demanda sobre responsabilidad parental? ¿Qué responsabilidades hay que respetar y qué documentos hay que adjuntar a la demanda?

El término «responsabilidad parental» abarca el conjunto de derechos y obligaciones de los progenitores en relación con el hijo. La patria potestad es un elemento esencial de la responsabilidad parental; las relaciones personales con el hijo y las obligaciones de prestar alimentos también forman parte de la responsabilidad parental (véanse las explicaciones en respuesta a la pregunta 1 sobre este tema). Las siguientes explicaciones se refieren a la patria potestad y al trato.

Para los procedimientos que atañen a la patria potestad y el trato con el mejor (responsabilidad parental), la competencia suele recaer en los tribunales de familia (secciones de los tribunales de primera instancia). Si es necesario presentar una solicitud que inicie un procedimiento, por ejemplo, en procedimiento para la transferencia de la custodia exclusiva en el caso de padres separados, la demanda debe estar fundamentada. En la solicitud deben señalarse los hechos y pruebas que la fundamenten y adjuntarse los documentos a los que se haga referencia. En la solicitud también debería indicarse si, antes de su presentación, se ha intentado recurrir a una mediación o a otro procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos. Solo se ofrece representación letrada en casos excepcionales, por ejemplo para solicitudes en el marco de un procedimiento de divorcio. En la medida en que no exista la obligación de representación letrada, la solicitud puede dirigirse directamente al tribunal competente. Para ello, los tribunales de primera instancia disponen de servicios de demanda (Rechtsantragstelle), en los que se pueden registrar las solicitudes y otras declaraciones.

Si los progenitores no están casados en el momento en que nace el hijo, el fedatario del servicio social para menores o el notario y en determinadas circunstancias las representaciones diplomáticas en el extranjero pueden documentar las declaraciones de patria potestad (en el sentido de una asunción conjunta de la patria potestad).

11 ¿Cuál es el procedimiento aplicable en estos casos? ¿Existe un procedimiento de urgencia?

En los procedimientos que tienen por objeto la patria potestad o el derecho de mantener el trato, cabe aplicar el denominado principio de instrucción de oficio. En virtud de este principio, el tribunal tiene que averiguar de oficio los hechos relevantes para la adopción de una decisión y no depende de las alegaciones de las partes.

En los casos de urgencia, el tribunal puede adoptar una medida provisional, siempre y cuando esta acción esté fundamentada y sea de necesidad imperiosa. En caso de que el interés superior del menor esté en riesgo, el tribunal debe examinar la posible adopción de una medida provisional, aun cuando las partes interesadas no hayan presentado ninguna solicitud. Si no se puede llegar a un acuerdo amistoso en el plazo fijado en el procedimiento relativo al trato, el tribunal debe examinar la cuestión de una medida provisional con los progenitores y el servicio social para menores.

12 ¿Puede obtenerse asistencia jurídica gratuita para cubrir las costas del proceso?

Un ciudadano que, por sus circunstancias personales y económicas, no pueda afrontar los costes del procedimiento o solo pueda hacerlo en parte o a plazos, puede obtener, entre otras cosas, ayuda para sufragar los costes del procedimiento ante los tribunales de familia. Para ello se requiere que las diligencias judiciales o la defensa jurídica previstas tengan suficientes perspectivas de éxito y no parezcan derivarse de la mala fe. De ese modo se garantiza el acceso a los tribunales también a quienes poseen menos recursos económicos. En el marco de la ayuda para sufragar los costes del procedimiento –en función del nivel de ingresos del interesado–, el Estado asume la totalidad o una parte de la contribución propia del justiciable a las costas judiciales y a los honorarios del abogado propio, si se ha asignado un abogado de oficio.

13 ¿Se puede recurrir una resolución en materia de responsabilidad parental?

El término «responsabilidad parental» abarca el conjunto de derechos y obligaciones de los progenitores en relación con el hijo. La patria potestad es un elemento esencial de la responsabilidad parental; las relaciones personales con el hijo y las obligaciones de prestar alimentos también forman parte de la responsabilidad parental (véanse las explicaciones en respuesta a la pregunta 1 sobre este tema). Las siguientes explicaciones se refieren a la patria potestad y al trato.

La ley prevé la posibilidad de interponer recursos contra decisiones relacionadas con la patria potestad o el trato. A este respecto, no importa si el procedimiento se desarrolla de forma independiente o como resultado de un divorcio. En ambos casos se permite el recurso.

El recurso debe interponerse en el plazo de un mes desde que se notifique por escrito la decisión. Las medidas provisionales relativas a la patria potestad respecto de un menor solo pueden impugnarse mediante recurso si se han derivado de una deliberación verbal. No obstante, dicho recurso debe interponerse dentro del plazo de dos semanas. No se puede impugnar una medida dictada sin deliberación verbal. Independientemente de la cuestión de la deliberación verbal, las medidas provisionales relativas al derecho de visita no son impugnables. Sin embargo, en esos casos es posible iniciar un procedimiento de fondo. Por lo demás, las medidas provisionales pierden su vigencia cuando entran en vigor otras disposiciones que atañen a la misma cuestión.

14 En determinados casos ¿puede ser necesario acudir a otro tribunal o autoridad para ejecutar una resolución sobre responsabilidad parental? ¿Qué procedimiento se sigue en dichos casos?

El término «responsabilidad parental» abarca el conjunto de derechos y obligaciones de los progenitores en relación con el hijo. La patria potestad es un elemento esencial de la responsabilidad parental; las relaciones personales con el hijo y las obligaciones de prestar alimentos también forman parte de la responsabilidad parental (véanse las explicaciones en respuesta a la pregunta 1 sobre este tema). Las siguientes explicaciones se refieren a la patria potestad y al trato.

Si se vulnera un título ejecutivo que establece la entrega de personas y la regulación del derecho al trato, el tribunal puede imponer a la parte obligada una multa y, en caso de que esta no pueda cobrarse, proceder a su detención. En determinadas condiciones, la detención preventiva también puede ordenarse inmediatamente. En la decisión que disponga la entrega de la persona o la regulación del derecho al trato, deben indicarse las consecuencias de una vulneración del título ejecutivo. La multa individual no debe superar los 25 000 euros y la detención no debe superar los seis meses. Otro posible medio de ejecución es la orden de medidas coercitivas contra la persona sujeta a la obligación. La aplicación de medidas coercitivas contra un menor está prohibida cuando este debe ser entregado para ejercer el derecho de trato. Por lo demás, se permite emplear medidas coercitivas contra un menor únicamente cuando ello está justificado para velar por el interés superior de este y no es posible hacer que se cumpla la obligación por medios menos severos.

15 ¿Qué debo hacer para que se reconozca y ejecute en este Estado miembro una resolución sobre patria potestad emitida por un tribunal de otro Estado miembro?

El término «responsabilidad parental» abarca el conjunto de derechos y obligaciones de los progenitores en relación con el hijo. La patria potestad es un elemento esencial de la responsabilidad parental; las relaciones personales con el hijo y las obligaciones de prestar alimentos también forman parte de la responsabilidad parental (véanse las explicaciones en respuesta a la pregunta 1 sobre este tema). Las siguientes explicaciones se refieren a la patria potestad y al trato.

Las resoluciones relativas a la patria potestad y el trato adoptadas en un Estado miembro de la Unión Europea (con la excepción de Dinamarca) se reconocen en Alemania en virtud del Reglamento (CE) n.º 2201/2003 (el denominado Reglamento «Bruselas II bis») sin que sea necesario ningún procedimiento especial. No obstante, también es posible solicitar en Alemania que se constate el reconocimiento ante el tribunal de familia competente. Esta constatación surte efecto en adelante a favor y en contra de toda persona. Antes de que una resolución sobre patria potestad originaria de otro Estado miembro pueda ejecutarse en Alemania, el citado Reglamento exige que se solicite una declaración de ejecutoriedad, es decir, la resolución debe contar con la autorización necesaria para su ejecución forzosa en el territorio nacional. Dicha solicitud debe dirigirse al tribunal de familia que tenga la competencia local en la sede del Tribunal Regional Superior. A la solicitud de la orden de ejecución hay que adjuntar una copia auténtica de la resolución y un certificado del tribunal del Estado miembro de origen conforme al modelo de formulario que figura en el anexo II del Reglamento. No es necesaria la representación a través de un abogado o una abogada. No obstante, los solicitantes que residen en otro Estado miembro deben nombrar a un representante en Alemania. La resolución del tribunal de familia se produce sin fase oral mediante decisión. Sobre la base de la decisión, el funcionario público a quien corresponda consigna la orden de ejecución. Se permite presentar recurso contra la decisión del tribunal de familia ante el Tribunal Regional Superior. Contra la decisión de este último se puede presentar recurso ante el Tribunal Federal de Justicia, siempre que el Tribunal Regional Superior lo haya permitido. Para las solicitudes de constatación del reconocimiento o de declaración de ejecutoriedad, en Alemania son competentes solo 22 de los más de 650 tribunales de familia. Se pueden consultar sus señas en http://www.bundesjustizamt.de/sorgerecht en la sección «Zuständige Gerichte» (Tribunales competentes) en alemán o, respectivamente, en hhttp://www.bundesjustizamt.de/custody-conflicts en la sección «Competent German courts» (Tribunales alemanes competentes) en inglés.

Cabe tener en cuenta que determinadas resoluciones de los Estados miembros sobre el derecho de visita y sobre el regreso de menores desplazados o retenidos ilícitamente en Alemania pueden reconocerse y ejecutarse sin que se requiera ninguna declaración de ejecutoriedad y sin posibilidad alguna de impugnar su reconocimiento. No obstante, los titulares de la responsabilidad parental seguirán pudiendo solicitar formalmente la declaración de ejecutoriedad de la resolución también en estos casos a través de los tribunales alemanes.

16 ¿A qué tribunal de este Estado miembro debo acudir para oponerme al reconocimiento de una resolución sobre patria potestad dictada por un tribunal de otro Estado miembro? ¿Qué procedimiento se aplica en estos casos?

El término «responsabilidad parental» abarca el conjunto de derechos y obligaciones de los progenitores en relación con el hijo. La patria potestad es un elemento esencial de la responsabilidad parental; las relaciones personales con el hijo y las obligaciones de prestar alimentos también forman parte de la responsabilidad parental (véanse las explicaciones en respuesta a la pregunta 1 sobre este tema). Las siguientes explicaciones se refieren a la patria potestad y al trato.

También en este caso tienen competencia especial los 22 tribunales mencionados en la respuesta a la pregunta 15. La solicitud de denegación del reconocimiento de una resolución sobre patria potestad debe presentarse ante el tribunal de familia en la sede del Tribunal Regional Superior que tenga jurisdicción sobre la localidad donde se encuentre habitualmente la parte oponente o donde se halle habitualmente el menor a quien afecta la resolución. De forma subsidiaria, la competencia corresponderá al tribunal de familia en cuya jurisdicción se plantee el interés por dicha denegación o exista necesidad de asistencia; para todo lo demás, habrá que acudir al tribunal de familia de Pankow/Weißensee. El inicio de un procedimiento de constatación conduce en principio a una concentración de competencias respecto de todas las cuestiones de filiación que afectan al mismo menor, es decir, que a partir de entonces un solo tribunal podrá decidir sobre todas las cuestiones de filiación. No obstante, la resolución resultante (ya sea de reconocimiento o denegación del reconocimiento) tendrá validez únicamente en el Estado miembro que la haya adoptado. Sin embargo, independientemente de lo anterior, en Alemania se puede conducir de manera cautelar un procedimiento a la denegación del reconocimiento.

En lo tocante al procedimiento, son aplicables las disposiciones sobre la autorización de la ejecución forzosa en primera instancia, en el procedimiento de reclamación y en el procedimiento de recurso.

17 ¿Qué legislación se aplica en un proceso de patria potestad cuando el menor o las partes no residen en este Estado miembro o son de diferentes nacionalidades?

El término «responsabilidad parental» abarca el conjunto de derechos y obligaciones de los progenitores en relación con el hijo. La patria potestad es un elemento esencial de la responsabilidad parental; las relaciones personales con el hijo y las obligaciones de prestar alimentos también forman parte de la responsabilidad parental (véanse las explicaciones en respuesta a la pregunta 1 sobre este tema). Las siguientes explicaciones se refieren a la patria potestad y al trato.

Hay que distinguir entre las cuestiones de legislación aplicable y las cuestiones de competencia. Los tribunales y las autoridades de la residencia habitual del menor tienen generalmente competencia en materia de patria potestad y de trato con el menor [artículo 8 del Reglamento (CE) n.º 2201/2003 y artículo 5 del Convenio de La Haya sobre la protección de los niños]. Sin embargo, la nacionalidad no desempeña ningún papel. El derecho aplicable también se rige por el Convenio de La Haya sobre la protección de los niños. De igual manera, en virtud de él, por ley, a la asignación, la extinción y el ejercicio de la patria potestad y el derecho de visita cabe aplicar en principio la legislación del Estado de residencia habitual del menor. La patria potestad establecida en virtud de la legislación del Estado de residencia habitual del menor seguirá vigente en principio también en caso de cambio de residencia del menor. Si los tribunales y las autoridades alemanas competentes en función de la residencia habitual del menor adoptan medidas relativas a la patria potestad y de trato con el hijo, estas se regirán por la legislación alemana.

 

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Última actualización: 29/12/2023

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