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En Escocia, a la responsabilidad parental se la conoce como «responsabilidades y derechos parentales» (parental responsibilities and parental rights o PRRs).
Toda persona que asuma la responsabilidad parental de un menor debe, en la medida en que sea factible y siempre en interés del menor:
• proteger y fomentar la salud, el desarrollo y el bienestar del menor;
• asesorar y guiar al menor de manera adecuada a la fase de desarrollo de este;
• visitar al menor y comunicarse con él de forma periódica cuando el menor no viva con el progenitor;
• actuar como representante legal del menor.
Los derechos parentales tienen por finalidad ayudar a cumplir sus obligaciones parentales; se trata del:
• derecho a que el menor viva con él o, de no ser así, a determinar la residencia del menor;
• derecho a controlar, dirigir o guiar la educación del menor de manera adecuada a la fase de desarrollo de este;
• derecho a visitar al menor y a comunicarse con él de forma periódica cuando el menor no viva con el progenitor;
• actuar como representante legal del menor.
La madre del menor, por su mera condición de tal, tiene de forma automática responsabilidad parental. El padre del menor la tiene si:
• estaba casado con la madre en el momento de la concepción o posteriormente;
• a 4 de mayo de 2006 o con posterioridad, inscribió registralmente el nacimiento del menor junto con la madre de este;
• la madre y él celebraron y registraron un acuerdo en el formulario prescrito (véase la respuesta a la pregunta 5).
• se le concede judicialmente.
Todo interesado puede solicitar que se le conceda judicialmente la responsabilidad parental sobre un menor.
Sí. Un órgano jurisdiccional puede conceder la responsabilidad parental a una persona distinta de sus progenitores o puede nombrar a un tutor para el menor.
El divorcio o separación de los progenitores no afecta por sí solo a quién ostenta la responsabilidad parental. Si los progenitores no pueden llegar a un acuerdo sobre lo mejor para su hijo, uno de ellos o ambos pueden poner el asunto en manos de un juez. El juez debe valorar el bienestar del menor de que se trate como su consideración primordial. No debe disponer sobre los aspectos que componen la responsabilidad salvo que ello sea mejor para el menor que no hacerlo. En función de la edad y madurez del menor, el juez podrá tener en cuenta la opinión que el menor quiera expresar.
En caso de que se llegue a un acuerdo que atribuya responsabilidad parental al padre, el acuerdo debe plasmarse en el formulario prescrito y registrarse para producir efectos jurídicos. El formulario está disponible en esta página web del Gobierno de Escocia.
Ambos progenitores deben firmar el acuerdo en presencia de un testigo que debe tener al menos16 años, que también debe firmar el acuerdo. Una misma persona puede actuar de testigo para ambas firmas. El acuerdo debe registrarse en Registro de Escrituras Públicas del Tribunal Superior de Justicia (Books of Council and Session) siempre que la madre todavía tenga la responsabilidad parental que tenía en el momento de la firma del acuerdo.
Existen diversos métodos de resolución alternativa de litigios, como:
• la mediación familiar (en la que un mediador da a los miembros de la familia la oportunidad de hablar de sus preocupaciones, valorar opciones y llegar a un acuerdo sobre el camino a seguir);
• la mediación letrada (en la que el mediador es un abogado, que también tiene un título de mediación);
• el arbitraje (en el que las partes nombran de común acuerdo a una persona, el «árbitro», para resolver su controversia y convienen en quedar vinculados por el laudo del árbitro);
• el Derecho colaborativo (en el que ambas partes tienen un abogado y estos se comprometen a tratar de resolver la controversia extrajudicialmente).
El juez puede resolver sobre:
• las obligaciones parentales;
• los derechos parentales;
• la tutela;
• la administración del patrimonio del menor.
Toda persona con responsabilidad parental debe tomar parte en las decisiones que afecten al menor. Si sólo uno de los progenitores es titular de la responsabilidad parental, puede decidir sobre todos los aspectos sin tener que consultar al otro.
Si los dos progenitores tienen plena responsabilidad parental sobre el menor, ambos tienen derecho a vivir con él o, de no ser así, a determinar la residencia de este. Si el menor sólo vive con uno de los progenitores, el otro tiene derecho a visitar al menor y a comunicarse con él de forma periódica.
El principio general es que, siempre que sea posible y redunde en el interés de los hijos, ambos progenitores contribuyan a su educación. Si los progenitores no consiguen alcanzar un acuerdo, se puede determinar judicialmente con quién vivirá el menor y cuándo. El órgano jurisdiccional puede ordenar que el menor resida con personas diferentes en momentos diferentes.
i) Las demandas sobre responsabilidad parental se pueden interponer tanto ante el Tribunal Superior de Justicia (Court of Session) como ante un tribunal de primera instancia (sheriff court). Se pueden incluir en una demanda ordinaria de divorcio o separación.
ii) La elección del órgano jurisdiccional corresponde al interesado. Si no hay ninguna demanda de divorcio o separación pendiente de resolución, la demanda sobre responsabilidad parental es de competencia del Tribunal Superior Justicia si el menor tiene su residencia habitual en Escocia y de un tribunal de primera instancia si la residencia habitual del niño está en el partido judicial (sheriffdom) de dicho tribunal. En el sitio web del Servicio Escocés de la Judicatura (Scottish Courts Service) se puede consultar un mapa con la ubicación de los órganos jurisdiccionales y sus direcciones y datos de contacto.
iii) Las demandas sobre responsabilidad parental ante el Tribunal Superior de Justicia deben presentarse en forma de summons (escrito de emplazamiento al demandado); las demandas ante tribunales de primera instancia deben presentarse en forma de initial writ (escrito de demanda). Al igual que sucede con las demandas de divorcio, cada órgano jurisdiccional tiene sus propias normas sobre cómo debe presentarse la demanda. Véase el inciso vi) de la respuesta a la pregunta 11 de la página sobre el divorcio.
Trámites y documentación
iv) En ambos tribunales hay que pagar una tasa al presentar la demanda. En el inciso viii) de la respuesta a la pregunta 11 de la página sobre el divorcio se tratan las posibles exenciones.
v) Junto con cualquiera de estas formas de demanda es obligatorio presentar una partida de nacimiento literal del menor. No se aceptan fotocopias ni extractos.
No existen procedimientos simplificados para este tipo de demandas. Las normas mencionadas en el inciso vi) de la respuesta a la pregunta 11 de la página sobre el divorcio establecen los procedimientos aplicables. De ser necesario, puede solicitarse una medida cautelar.
Para obtener asistencia jurídica gratuita en forma de asesoramiento (Advice and Assistance) en materia de responsabilidad parental se han de satisfacer los requisitos económicos reglamentarios. También se puede recibir asistencia jurídica gratuita en forma de representación judicial (Civil Legal Aid) en materia de responsabilidad parental si se cumplen los tres requisitos reglamentarios: recursos económicos, razonabilidad y causa probable.
Sí.
Se puede iniciar una acción, dentro de la misma demanda, por incumplimiento de una resolución judicial. En caso de incumplimiento, se puede considerar que existe desacato judicial.
El procedimiento de ejecución de una resolución de otro Estado miembro está regulado por el Reglamento (CE) n.º 2201/2003 del Consejo (conocido comúnmente como «Bruselas II bis»). Una resolución de otro Estado miembro relativa al ejercicio de la responsabilidad parental con respecto a un menor es ejecutiva en Escocia si a) se ha presentado la solicitud correspondiente y b) la resolución ha sido declarada ejecutiva en Escocia.
El procedimiento para la presentación de esta solicitud lo regula el Derecho escocés. La solicitud debe presentarse ante el Tribunal Superior de Justicia y acompañarse de los documentos especificados en Bruselas II bis. Estos trámites pueden resultar más fáciles si se cuenta con asesoramiento jurídico.
En virtud de Bruselas II bis, algunas sentencias son ejecutivas en otros Estados miembros sin necesidad de declaración de ejecutoriedad.
El procedimiento de impugnación del reconocimiento de una resolución de otro Estado miembro está regulado por Bruselas II bis. Bruselas II bis enumera los motivos por los que no se reconocen las resoluciones.
Es escrito de impugnación debe presentarse siguiendo el procedimiento establecido en el Derecho escocés. La impugnación debe formularse ante el Tribunal Superior de Justicia y acompañarse de los documentos especificados en Bruselas II bis. Estos trámites pueden resultar más fáciles si se cuenta con asesoramiento jurídico.
En virtud de Bruselas II bis, algunas sentencias son ejecutivas y se consideran reconocidas en otros Estados miembros sin necesidad de declaración de ejecutoriedad.
Si es competente un órgano jurisdiccional de Escocia, aplica el Derecho escocés. Si el órgano jurisdiccional considera que una cuestión particular se rige con arreglo al Derecho de otro país diferente del escocés, debe acreditar el contenido de dicho Derecho y aplicarlo. En circunstancias excepcionales puede suceder que las partes aleguen y prueben el Derecho extranjero, en cuyo caso el órgano jurisdiccional escocés puede tener este hecho en consideración.
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