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Responsabilidad parental: custodia de menores y derechos de visita

Suecia
Contenido facilitado por
European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Qué significa el concepto de «responsabilidad parental» en la práctica? ¿Cuáles son los derechos y obligaciones del titular del responsable parental?

La «responsabilidad parental» comprende, entre otros, los derechos y las obligaciones asociados con el cuidado del menor y de sus bienes e incluye cuestiones como la guarda y custodia, la vivienda, el régimen de visitas y la tutela del menor.

La guarda y custodia es la responsabilidad jurídica que se tiene respecto del menor. La persona que tiene la guarda y custodia del menor tiene el derecho y la obligación de tomar decisiones sobre cuestiones personales inherentes al menor, como el lugar en el que vive y el establecimiento educativo al que ha de asistir. Dicha persona es responsable de garantizar que se satisfagan las necesidades del menor relacionadas con su cuidado, su seguridad y una buena educación. También debe garantizar que el menor reciba un grado de supervisión acorde con su edad, su nivel de desarrollo y otras circunstancias, así como el apoyo y la educación adecuados. A medida que el niño crezca, la persona que tiene su guarda y custodia deberá tener cada vez más en cuenta su opinión y sus deseos.

2 Por regla general ¿quién tiene la responsabilidad parental de un menor?

Por lo general, los progenitores, o uno de ellos, tienen la guarda y custodia del hijo. Si, cuando el hijo nace, los progenitores están casados, la guarda y custodia compartida corresponde a ambos de forma automática. Si los progenitores contraen matrimonio después del nacimiento del hijo, la guarda y custodia compartida corresponde a ambos a través del matrimonio. Si, cuando nace el hijo, los progenitores no están casados, la guarda y custodia corresponde a la madre. Sin embargo, los progenitores pueden obtener la guarda y custodia compartida fácilmente al registrar al hijo. El padre también puede acudir a la justicia para obtener la guarda y custodia compartida o exclusiva del menor.

3 Si los padres no pueden o no desean ejercer la responsabilidad parental con respecto a sus hijos, ¿puede designarse a otra persona en su lugar?

En determinados casos, la guarda y custodia del menor puede transferirse de uno o ambos progenitores a un tutor designado especialmente. Esto puede ocurrir cuando el progenitor comete abusos, desatiende o incumple de otra forma su obligación de cuidar al menor, de manera que la salud o el desarrollo de este último corran un riesgo permanente. También puede ocurrir cuando se les impide a uno o ambos progenitores ejercer la guarda y custodia de su hijo.

4 Si los padres se divorcian o se separan, ¿cómo se deciden las cuestiones relativas a la responsabilidad parental de cara al futuro?

Si los progenitores se divorcian, ambos conservarán la guarda y custodia compartida, sin que el órgano jurisdiccional tenga que adoptar ninguna resolución al respecto en relación con el divorcio. Si uno de los progenitores desea modificar el régimen de guarda y custodia, debe solicitar que se ponga fin a la guarda y custodia compartida.

En ese caso, la cuestión de la guarda y custodia debe resolverse ante la justicia. Si los progenitores están de acuerdo sobre el cambio que desean realizar, pueden ponerse de acuerdo sin necesidad de acudir a la justicia. Para que sea válido, dicho convenio debe ser ratificado por el comité de servicios sociales (socialnämd). Lo mismo ocurre con las decisiones sobre con cuál de los progenitores debe vivir el menor o las cuestiones relacionadas con el régimen de visitas del otro progenitor.

5 Si los padres llegan a un acuerdo sobre la cuestión de la responsabilidad parental, ¿cuáles son los trámites que deben seguirse para que el acuerdo sea vinculante?

El convenio debe consignarse por escrito y estar firmado por ambos progenitores. Además, debe ser ratificado por el comité de servicios sociales del municipio de residencia registrado del menor.

6 Si los progenitores no se ponen de acuerdo sobre la cuestión de la responsabilidad parental, ¿qué medios alternativos existen para solucionar el conflicto sin recurrir a la justicia?

El municipio tiene la obligación de proporcionar a los progenitores, a través del comité de servicios sociales, los servicios de mediación profesional para la celebración de convenios relacionados con la guarda y custodia, el lugar de residencia y el régimen de visitas de sus hijos. La mediación es voluntaria. Por tanto, para que sea posible, ambos progenitores deben solicitar la mediación. Si los progenitores se ponen de acuerdo sobre las cuestiones relacionadas con la guarda y custodia, el lugar de residencia y el régimen de visitas de sus hijos, deben firmar un convenio que, tras ser ratificado por el comité de servicios sociales, tendrá los mismos efectos que una resolución judicial.

Si los progenitores recurren a la justicia, el órgano jurisdiccional puede remitirlos al comité de servicios sociales para que se sometan a una mediación, si esta no ha tenido lugar y el órgano jurisdiccional considera que se reúnen las condiciones necesarias para llegar a una solución de mutuo acuerdo. Si los progenitores se sometieron a una mediación, pero no llegaron a un acuerdo, el órgano jurisdiccional puede designar a un mediador que intervenga entre los progenitores. El órgano jurisdiccional tiene la obligación general de hacer todo lo que esté a su alcance para que los progenitores lleguen a una solución de mutuo acuerdo sobre la guarda y custodia, el lugar de residencia y el régimen de visitas de los hijos.

7 Si los progenitores recurren a la justicia, ¿sobre qué cuestiones relacionadas con el menor puede el juez resolver?

El órgano jurisdiccional puede resolver sobre lo siguiente:

  • la guarda y custodia (exclusiva o compartida);
  • el lugar de residencia del menor (con cuál de los progenitores debe vivir el menor o si debe vivir con ambos de forma alternada), y
  • el régimen de visitas (el derecho del menor de mantener el contacto con el progenitor con el cual no vive).

8 Si el juez concede la custodia de un hijo a uno de los progenitores, ¿significa que éste puede decidir todas las cuestiones relativas al hijo sin necesidad de consultar al otro progenitor?

El progenitor que tiene la guarda y custodia exclusiva de su hijo tiene derecho a tomar decisiones sobre cuestiones personales inherentes al menor sin consultar al otro progenitor ni pedirle su aprobación en relación con estas cuestiones. Sin embargo, el menor tiene derecho a mantener el contacto con el otro progenitor, y el progenitor que tiene su guarda y custodia exclusiva tiene la obligación de respetar ese derecho. El progenitor que tiene la guarda y custodia del menor también tiene la obligación de darle al otro progenitor información para facilitarle el contacto con su hijo.

9 Cuando el juez concede a ambos progenitores la custodia compartida de un hijo, ¿qué significa en la práctica?

Si los progenitores tienen la guarda y custodia compartida, ambos deben decidir sobre las cuestiones personales inherentes a su hijo. En principio, los progenitores deben ponerse de acuerdo sobre todas las cuestiones relacionadas con el menor. Sin embargo, los desacuerdos sobre cuestiones relacionadas con el régimen de visitas y el lugar de residencia del menor pueden resolverse ante la justicia (véase más arriba).

10 ¿A qué tribunal o autoridad hay que acudir para presentar una demanda sobre responsabilidad parental? ¿Qué responsabilidades hay que respetar y qué documentos hay que adjuntar a la demanda?

Para cuestiones como la guarda y custodia, el lugar de residencia y el régimen de visitas de su hijo, los progenitores pueden acudir al tribunal de primera instancia (tingsrätt) del lugar de residencia del menor. Si no hubiese un tribunal de primera instancia competente, será competente el Tribunal de Primera Instancia de Estocolmo (Stockholms tingsrätt). Las cuestiones relativas a la guarda y custodia, el lugar de residencia y el régimen de visitas de los hijos también pueden resolverse en el procedimiento de divorcio.

La solicitud de citación debe estar por escrito y debe ser firmada por el solicitante o su representante. Debe contener los datos de las partes, la reclamación específica que se presenta (es decir, la cuestión sobre la que se solicita al órgano jurisdiccional que decida), los fundamentos de la reclamación, pruebas, los hechos que se pretenden demostrar con cada prueba e información sobre las circunstancias en las que se basa la competencia del órgano jurisdiccional para conocer del asunto. También deben adjuntarse pruebas escritas a la solicitud.

11 ¿Cuál es el procedimiento aplicable en estos casos? ¿Existe un procedimiento de urgencia?

Las cuestiones relacionadas con la guarda y custodia, el lugar de residencia o el régimen de visitas de un menor son accesorias.

En general, las cuestiones relativas a la guarda y custodia, el lugar de residencia y el régimen de visitas de un menor se tramitan rápidamente. El órgano jurisdiccional puede dictar medidas cautelares sobre estas cuestiones. Una medida cautelar puede determinar, por ejemplo, el lugar en el que ha de vivir el menor mientras dure el litigio y será válida hasta que se haya dictado sentencia firme en el asunto.

Aunque no existe un procedimiento formal especial para acelerar la tramitación de las cuestiones relacionadas con la guarda y custodia, el lugar de residencia y el régimen de visitas de un menor, se analiza cada caso concreto para determinar el grado de urgencia.

12 ¿Puede obtenerse asistencia jurídica gratuita para cubrir las costas del proceso?

En los asuntos relacionados con la guarda y custodia, el lugar de residencia y el régimen de visitas de un menor, la norma general es que cada parte paga sus propias costas procesales.

Sin embargo, puede obtenerse asistencia jurídica gratuita si se cumplen las condiciones pertinentes.

13 ¿Se puede recurrir una resolución en materia de responsabilidad parental?

Las resoluciones y las sentencias de los tribunales de primera instancia relativas a la guarda y custodia, el lugar de residencia o el régimen de visitas de un menor pueden recurrirse ante los tribunales de apelación (hovrätt). Sin embargo, para que el tribunal de apelación pueda examinar el recurso, antes debe concederse una autorización para recurrir.

Las resoluciones de los tribunales de apelación pueden recurrirse ante el Tribunal Supremo (Högsta domstolen). Para que el Tribunal Supremo examine el recurso, debe obtenerse una autorización para recurrir.

14 En determinados casos ¿puede ser necesario acudir a otro tribunal o autoridad para ejecutar una resolución sobre responsabilidad parental? ¿Qué procedimiento se sigue en dichos casos?

Es posible ejecutar las resoluciones, sentencias y convenios sobre la guarda y custodia, el lugar de residencia o el régimen de visitas de un menor. La ejecución ha de solicitarse ante el tribunal de primera instancia del domicilio del menor. Si no hubiese un tribunal de primera instancia competente, será competente para decidir sobre la ejecución el Tribunal de Primera Instancia de Estocolmo.

Los tribunales de primera instancia pueden aplicar varias medidas. En primer lugar, intentarán obtener la restitución voluntaria del menor. Si ello no fuese posible, pueden imponer una multa condicional u ordenar la restitución forzosa del menor. La imposición de una multa condicional significa que se le advierte a la persona que tiene al menor bajo su cuidado que deberá pagar una cantidad de dinero considerable si no restituye al menor. La restitución forzosa del menor es una medida poco frecuente y solo se dicta cuando no es posible resolver la situación de otro modo, a fin de evitar que el menor sufra daños graves. Supone que la policía recupere al menor y se lo entregue al titular de la guarda y custodia.

15 ¿Qué debo hacer para que se reconozca y ejecute en este Estado miembro una resolución sobre patria potestad emitida por un tribunal de otro Estado miembro?

En algunos casos, es de aplicación el Reglamento Bruselas II. En Suecia, las solicitudes de declaración de ejecutabilidad se presentan ante el Tribunal de Apelación de Svea (Svea hovrätt).

En cambio, los países firmantes del Convenio Europeo de 1980 y el Convenio de La Haya de 1996 se rigen por estos convenios. Con arreglo al Convenio Europeo de 1980, las solicitudes de declaración de ejecutabilidad se presentan ante el tribunal de primera instancia del domicilio del menor. Con arreglo al Convenio de La Haya de 1996, las solicitudes de declaración de ejecutabilidad se presentan ante el Tribunal de Apelación de Svea.

16 ¿A qué tribunal de este Estado miembro debo acudir para oponerme al reconocimiento de una resolución sobre patria potestad dictada por un tribunal de otro Estado miembro? ¿Qué procedimiento se aplica en estos casos?

Esta cuestión se rige por las disposiciones del Reglamento Bruselas II.

También puede presentarse una declaración de oposición al reconocimiento o la ejecución de una resolución cuando se plantee la cuestión.

17 ¿Qué legislación se aplica en un proceso de patria potestad cuando el menor o las partes no residen en este Estado miembro o son de diferentes nacionalidades?

En principio, es de aplicación la legislación del país donde el menor tiene su domicilio.

 

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Última actualización: 16/12/2020

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