Tasas judiciales aplicables al requerimiento europeo de pago

Austria

Esta página ofrece información sobre las tasas judiciales en Austria.

Contenido facilitado por
Austria

Introducción

El Reglamento (CE) n.º 1896/2006 por el que se establece un proceso monitorio europeo establece, en su artículo 25, que el total de las tasas judiciales de un proceso monitorio europeo y del subsiguiente proceso civil ordinario, en caso de oposición al requerimiento europeo de pago en un Estado miembro, no excederá de las tasas judiciales de un proceso civil ordinario sin proceso monitorio europeo previo en dicho Estado. Por ese motivo, los procesos relativos a peticiones de requerimiento europeo de pago están sujetos a la tasa a tanto alzado del Tarifpost 1(TP 1) de la Ley de tasas judiciales (Gerichtsgebührgesetz o GGG), prevista para todos los procesos monitorios y civiles nacionales.

¿Qué tasas se aplican?

En los procesos que dirimen peticiones de requerimiento europeo de pago se aplica, en primera instancia, la TP 1 de la Ley de tasas judiciales, de conformidad con lo dispuesto en la nota 1 de dicha TP 1. Esa tasa a tanto alzado debe abonarse independientemente de que el procedimiento llegue a completarse. Solamente es posible reducir su cuantía:

  • en caso de que la petición se retire inmediatamente o se inadmita antes de su notificación a la parte contraria (en una cuarta parte; nota 3 de la TP 1 de la Ley de tasas judiciales); o
  • en caso de que la petición se retire tras la notificación a la parte contraria, antes de la primera vista o durante la misma (a la mitad; nota 4(a) de la TP 1 de la Ley de tasas judiciales]; o
  • cuando el asunto sea objeto de una transacción en la primera vista o al comienzo de la segunda vista como resultado de una mediación iniciada a más tardar en dicha vista y la transacción sea jurídicamente efectiva [a la mitad; nota 4(b) de la TP 1 de la Ley de tasas judiciales].

Con arreglo al sistema austríaco de tasas judiciales, en los procedimientos civiles en primera instancia solamente se aplican tasas, por lo general, a la acción que desencadena el proceso, en este caso la petición de requerimiento europeo de pago. El resto de fases del procedimiento en primera instancia no dan origen a ninguna tasa adicional.

De conformidad con el artículo 2, apartado 1, letra a), de la Ley de tasas judiciales, la obligación de abonar tasas nace con la presentación ante el tribunal de la petición de requerimiento europeo de pago. La tasa debe abonarse en ese momento. Las solicitudes de exención del pago de las tasas judiciales también deben presentarse en el marco de la asistencia jurídica gratuita (Verfahrenshilfe en Austria) en ese momento a más tardar, siempre que se cumplan las condiciones.

La solicitud de revisión con arreglo al artículo 20 del Reglamento no está sujeta al pago de tasas [independientemente de que se trate de un recurso similar a la restitutio in integrum (apartado 1) o del examen del contenido (apartado 2)].

¿Cuánto tendré que pagar?

La determinación del importe de las tasas judiciales en primera instancia depende del valor del objeto litigioso (valor de la demanda, es decir, cuantía de la petición interpuesta) y del número de partes. A título ilustrativo, véase a continuación el cuadro completo de los importes correspondientes al TP 1 de la Ley de tasas judiciales (a 1 de mayo de 2021; haga clic aquí para ver la redacción actual de la Ley de tasas):

TP 1

Valor del objeto litigioso

Cuantía de las tasas

hasta

150 EUR

25 EUR

más de

150 EUR hasta

300 EUR

48 EUR

más de

300 EUR hasta

700 EUR

68 EUR

más de

700 EUR hasta

2 000 EUR

114 EUR

más de

2 000 EUR hasta

3 500 EUR

182 EUR

más de

3 500 EUR hasta

7 000 EUR

335 EUR

más de

7 000 EUR hasta

35 000 EUR

792 EUR

más de

35 000 EUR hasta

70 000 EUR

1 556 EUR

más de

70 000 EUR hasta

140 000 EUR

3 112 EUR

más de

140 000 EUR hasta

210 000 EUR

4 670 EUR

más de

210 000 EUR hasta

280 000 EUR

6 227 EUR

más de

280 000 EUR hasta

350 000 EUR

7 783 EUR

más de

350 000 EUR

1,2 % del valor del objeto litigioso más 4 203 EUR

Si concurren más de dos partes puede aplicarse un recargo de entre el 10 y el 50 % por partes múltiples en virtud del artículo 19 bis de la Ley de tasas judiciales.

¿Qué ocurre si no pago las tasas judiciales a tiempo?

En caso de retraso en el pago se aplicará, con arreglo al artículo 31 de la Ley de tasas judiciales, un recargo fijo que actualmente asciende a 23 EUR (desde el 1 de mayo de 2021). No obstante, el retraso no influye de ningún modo en la sustanciación del propio procedimiento. Las actividades del tribunal en el marco del procedimiento no dependen del pago efectivo de las tasas y se desarrollan con independencia de dicho pago.

El cobro de las tasas por la autoridad judicial se regula en la Ley de cobros judiciales (Gerichtliches Einbringungsgesetz o GEG). En caso de que se produzca un impago y sea necesario que la autoridad judicial emita una orden de pago (título ejecutivo para el cobro de las tasas judiciales) con arreglo al artículo 6 bis de la Ley de cobros judiciales, se aplicará una tasa de recargo que actualmente asciende a 8 EUR (desde el 1 de enero de 2014).

¿Cómo puedo efectuar el pago?

El método de pago de las tasas se regula en el artículo 4 de la Ley de tasas judiciales. Dicho artículo establece que las tasas pueden pagarse mediante tarjeta bancaria con la función Bankomat o tarjeta de crédito, mediante ingreso o transferencia en la cuenta bancaria del tribunal competente o mediante pago en metálico en dicho tribunal. El número de cuenta del tribunal puede consultarse en el sitio web del Ministerio de Justicia [http://www.justiz.gv.at/, en la pestaña «Gerichte» (Tribunales)].

Además, el cobro de todas las tasas puede efectuarse mediante adeudo directo, cuando el tribunal (o, en general, el poder judicial austríaco) haya sido autorizado a realizar cargos en la cuenta cuyos datos le haya facilitado la parte obligada al pago y a consignar el importe en una cuenta judicial. En ese caso, el escrito de demanda (petición de requerimiento europeo de pago) debe indicar el número de la cuenta bancaria de la que deben deducirse las tasas y la autorización del cobro de su importe [por ejemplo, mediante la indicación «Gebühreneinzug!» (cobro de tasas) o la abreviatura «AEV!» (orden de adeudo directo)]. Asimismo, si la parte lo desea puede limitar la autorización estableciendo una cantidad máxima que puede ser objeto del adeudo domiciliado [artículos 5 y 6 del Reglamento de adeudos directos (Abbuchungs- und Einziehungs-Verordnung)].

Si la petición de requerimiento europeo de pago se interpone haciendo uso del sistema austríaco de justicia electrónica (Elektronisches Rechtsverkehr o ERV), las tasas deben abonarse obligatoriamente mediante adeudo directo. En ese caso, no es posible fijar un límite máximo a la autorización.

¿Qué debo hacer tras el pago?

Cuando las autoridades federales puedan reclamar el pago de las tasas al presentarse la demanda (en este caso la petición de requerimiento europeo de pago) y no se realice la correspondiente autorización de adeudo, deberá adjuntarse a la demanda el justificante de pago de las tasas (artículo 4 de la Ley de tasas judiciales). Si el pago se efectúa mediante el uso de tarjeta bancaria, tarjeta de crédito, ingreso o transferencia en la cuenta del tribunal competente, o adeudo directo en la cuenta de la parte de que se trate, la Agencia de Contabilidad federal (Buchhaltungsagentur des Bundes) no informa a la autoridad judicial hasta un momento posterior. Con la justificación del pago (completo) finaliza el procedimiento de cobro de las tasas judiciales.

En caso de que la cuantía pagada sea mayor de la debida, puede reclamarse la devolución de la cantidad abonada en exceso (artículo 6 quater, apartado 1, párrafo primero, de la Ley de cobros judiciales) en el plazo de cinco años.

Enlaces relacionados

Ley de tasas judiciales

Última actualización: 17/10/2023

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.