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Cómo llevar un asunto al tribunal

Italia
Contenido facilitado por
European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Debo acudir a un tribunal o existe otra alternativa?

El ordenamiento jurídico italiano garantiza que pueda recurrir a los tribunales como vía general para proteger sus derechos.

Sin embargo, algunos asuntos deben tratar de resolverse primero a través de la mediación con la asistencia de su abogado. Solo si la mediación resulta infructuosa, puede entonces emprender una acción legal: estas áreas comprenden los conflictos relativos al condominio, a los derechos de propiedad, a la división de activos, a las herencias, a los protocolos familiares, a los alquileres o arrendamientos, a los comodatos, a los arrendamientos comerciales, a las demandas por daños y perjuicios derivadas de negligencias médicas, a la difamación en la prensa o en otros medios, y a conflictos relativos a contratos de seguro, bancarios o financieros.

Otra opción es someterse al arbitraje, donde el conflicto lo resuelve un árbitro privado designado por las partes litigantes. El recurso al arbitraje como alternativa a la acción legal debe acordarse entre las partes interesadas.

2 ¿Existe un plazo para emprender una acción judicial?

Se aplican diferentes plazos en función del tipo de demanda. El plazo estándar son 10 años. Sin embargo, algunos tipos de demanda tienen plazos más cortos (artículos 2934–2961 del Código Civil).

3 ¿Debo dirigirme a un tribunal de este Estado miembro?

Para obtener una sentencia firme que resuelva un litigio, es preciso acudir a los tribunales. Para poder determinar el órgano jurisdiccional que corresponde, deben tenerse en cuenta el tipo de litigio y las normas nacionales y europeas que rigen sobre competencia judicial.

4 En caso de que así sea, ¿a qué tribunal de este Estado miembro debo dirigirme en función de mi domicilio y del de la otra parte o de otros elementos de mi demanda?

La norma básica es que el órgano jurisdiccional competente sea el órgano jurisdiccional del lugar de residencia del demandado. Esta es la norma de la competencia territorial que determina lo que se describe como el foro general de las personas físicas (foro generale delle persone fisiche). En función del valor del litigio o de la cuestión litigiosa en particular, deberá dirigirse ante un órgano jurisdiccional específico del área competente (un juez de paz [giudice di pace] o un órgano jurisdiccional general [tribunale], compuesto por uno o más jueces), o ante un órgano jurisdiccional que no pertenezca al foro general de las personas físicas (en cuyo caso existe competencia territorial obligatoria [competenza per territorio inderogabile]).

Véase la ficha sobre «Jurisdicción».

5 ¿A qué tribunal debo dirigirme en este Estado miembro en función de la naturaleza de mi demanda y del importe del litigio?

Las acciones legales relativas a los bienes muebles por valor de hasta 5 000 EUR deben presentarse ante un juez de paz (giudice di pace). El juez de paz también tiene competencia para resolver acciones legales por un valor de hasta 20 000 EUR si estas están relacionadas con la indemnización por daños ocasionados por el movimiento de vehículos y barcos. Las acciones legales en las que la cantidad en cuestión sea mayor las resuelve un órgano jurisdiccional general (tribunale) compuesto de un juez. Hay determinados asuntos que se asignan, con independencia de su cuantía, a un juez de paz (artículo 7, párrafo tercero, del Código de Enjuiciamiento Civil), a un órgano jurisdiccional general compuesto de un juez (artículo 409 del Código de Enjuiciamiento Civil) o a un órgano jurisdiccional general compuesto por varios jueces (artículo 50-bis del Código de Procedimiento Civil).

Véase la ficha sobre «Jurisdicción».

6 ¿Puedo acudir por mi cuenta a un tribunal o debo pasar por un intermediario como, por ejemplo, un abogado?

Por norma general, debe estar representado por un abogado: la representación profesional es obligatoria (obbligo di difesa tecnica). Esta norma no es aplicable a aquellas demandas de escasa cuantía (demandas por un valor de 1 100 EUR o menos ante un juez de paz) o en caso de que usted sea un abogado acreditado (artículo 86 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

7 Para incoar el asunto, ¿a quién debo dirigirme concretamente?: ¿a la recepción o a la secretaría del tribunal, o bien a cualquier otra administración?

La solicitud debe dirigirse a la otra parte y debe registrarse ante la oficina del secretario judicial que corresponda.

8 ¿En qué lengua debo formular mi solicitud? ¿Puedo hacerlo oralmente o debe ser necesariamente por escrito? ¿Puedo hacerlo por fax o por correo electrónico?

La solicitud puede realizarse oralmente solo para aquellas demandas presentadas ante un juez de paz (artículo 316 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). En el resto de casos, debe presentarse por escrito en italiano. La solicitud no puede enviarse por fax o correo electrónico.

9 ¿Existen formularios para presentar la demanda? Y en caso de que no los hubiera, ¿cómo debe estar constituido el expediente? ¿Existen elementos que deban incluirse obligatoriamente en el expediente?

No existen formularios establecidos, la solicitud debe indicar cuáles son las partes, el órgano jurisdiccional al que se dirige, el asunto en cuestión y el encabezamiento.

10 ¿Se deben pagar tasas al tribunal? En caso afirmativo, ¿cuándo hay que hacerlo? ¿Hay que pagar los honorarios del abogado desde el principio?

Hay que abonar una tasa estatal, que varía en función de la cantidad que se reclama, en el momento de presentar la demanda (tasa única en virtud del Derecho consolidado sobre costas judiciales, Decreto Presidencial nº 115/2002).

La cantidad y la fecha de pago de los honorarios del abogado dependerán del acuerdo alcanzado directamente entre usted y su abogado.

11 ¿Puedo acceder a la asistencia jurídica gratuita?

Tanto los ciudadanos italianos como los ciudadanos extranjeros pueden solicitar la asistencia jurídica gratuita si cumplen con los requisitos legales relativos a la renta personal (Derecho consolidado sobre costas judiciales, Decreto Presidencial nº 115/2002).

12 ¿En qué momento mi demanda se considera efectivamente interpuesta? ¿Recibiré una confirmación de que la demanda ha sido admitida a trámite?

Se considera que la acción legal ha sido presentada:

  • cuando se le notifica al demandado, en el caso de una citación judicial dirigida a la otra parte (atto di citazione),
  • cuando se presenta ante la oficina del secretario judicial, en el caso de una solicitud dirigida al órgano jurisdiccional (ricorso).

El órgano jurisdiccional no tendrá en cuenta si la demanda ha sido presentado debidamente hasta que llegue a juicio, donde puedan declarar ambas partes.

13 ¿Tendré información precisa del calendario de tramitación de esta demanda (por ejemplo, el plazo para la comparecencia)?

El plazo permitido para comparecer, así como los plazos relativos a otros pasos que han de llevar a cabo las partes o el órgano jurisdiccional, están establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil. El órgano jurisdiccional aplica estas normas de una fase del procedimiento a otra, o establece un calendario general para el proceso (artículo 81-bis del Decreto de aplicación del Código de Procedimiento Civil).

Anexos relacionados

Presentar una demanda ante los tribunales, artículos del Código de Procedimiento Civil PDF (84 Kb) it

Última actualización: 21/07/2022

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