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La mediación es un modo alternativo de resolución de conflictos que, en algunos casos, puede evitar tener que acudir a los tribunales.
Los plazos de prescripción varían según los supuestos de que se trate.
Véase la ficha «¿Qué tribunal nacional es competente? - Luxemburgo».
Véase la ficha «¿Qué tribunal nacional es competente? - Luxemburgo».
Véase la ficha «¿Qué tribunal nacional es competente? - Luxemburgo».
La respuesta a esta pregunta depende de la cuantía y de la materia del litigio.
Se puede esquematizar del siguiente modo, salvo algunas excepciones concretas previstas por las leyes:
La respuesta a esta pregunta depende de las distinciones indicadas en el apartado anterior.
Si la cuantía en litigio es igual o inferior a 15 000 EUR, las partes pueden dirigirse directamente (mediante una demanda) o indirectamente (obrando previa citación por medio de un agente judicial) a los juzgados de paz que tengan competencia territorial. Concretamente, las solicitudes las reciben los secretarios jefes de estos órganos jurisdiccionales.
Si la cuantía en litigio es superior a 15 000 EUR, las partes deben dirigirse, en principio, a un abogado, que hará lo necesario para que se notifique la demanda a la parte contraria, en nombre de su cliente y por medio de un agente judicial. El abogado depositará los escritos de demanda ante los tribunales de distrito que tengan competencia territorial o ante el Tribunal Supremo de Justicia.
Puede hacerse uso del francés, del alemán o del luxemburgués, sin perjuicio de disposiciones específicas relativas a determinadas materias.
La demanda judicial se formula por comparecencia o citación, salvo en los casos en los que se pueda interponer una demanda simple ante el tribunal. Salvo algunas excepciones escasas ante los juzgados de paz para algunas materias concretas, las demandas judiciales deben presentarse por escrito. No se admiten los documentos que se envíen por fax o por correo electrónico.
Para algunos casos particulares (como, por ejemplo, las demandas de requerimiento de pago de cantidades adeudadas o de facturas pendientes de pago) existen formularios específicos. En principio, las citaciones ante los juzgados de paz, las demandas o las notificaciones ante los tribunales de distrito y los escritos de interposición de recursos ante los órganos jurisdiccionales superiores deben incluir, so pena de nulidad, ciertas menciones obligatorias y redactarse conforme a formas precisas. No existen formularios preestablecidos para ello.
Existen también formularios para las demandas que se basan en el Derecho de la Unión. Cabe citar, como ejemplo, las demandas de proceso monitorio europeo, que se basan en el Reglamento (CE) n.º 1896/2006, o las demandas de proceso europeo de escasa cuantía, que se basan en el Reglamento (CE) n.º 861/2007.
En principio, deberán pagarse las costas procesales al término del proceso. El órgano jurisdiccional también puede condenar en costas a la parte perdedora en favor de la ganadora, si considera que sería contrario a la equidad que la parte ganadora sufragase en solitario todos sus honorarios y gastos. El juez puede ordenar también que una o varias de las partes litigantes deposite una fianza o provisión (anticipo) (como, por ejemplo, en el caso de un peritaje efectuado a petición del órgano jurisdiccional).
La remuneración del abogado por su cliente forma parte del acuerdo entre estas dos personas. En la práctica, es habitual pagar una provisión (anticipo) al abogado.
Véase la ficha «Asistencia jurídica gratuita - Luxemburgo».
Véase también la respuesta a la pregunta anterior.
Por otra parte, el plazo de comparecencia en el juicio (en los procedimientos escritos) se establece, en principio, por ley, excepto los plazos de comparecencia que el juez puede fijar, en particular, para dar audiencia a una de las partes o a terceros. Los plazos fijados por ley varían en función del orden jurisdiccional y según si el demandado reside en Luxemburgo o en el extranjero. En los procedimientos orales, los demandantes deben, en principio, indicar al demandado una fecha precisa en la que deberá comparecer para celebrar la vista.
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