- BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES
- Artículo 17 - Información facilitada al público
- Artículo 18, letra a)(i) - las autoridades competentes para dictar medidas de protección y expedir certificados de conformidad con el artículo 5
- Artículo 18, letra a)(ii) - las autoridades ante las cuales debe invocarse una medida de protección dictada en otro Estado miembro, o competentes para ejecutarla
- Artículo 18, letra a)(iii) - las autoridades competentes para efectuar la adaptación de medidas de protección de conformidad con el artículo 11, apartado 1
- Artículo 18, letra a)(iv) - los órganos jurisdiccionales ante los cuales deba presentarse la solicitud de denegación de reconocimiento y, en su caso, de ejecución, de conformidad con el artículo 13
- Artículo 18, letra b) - la lengua o las lenguas aceptadas para la traducción mencionada en el artículo 16, apartado 1
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BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES
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Artículo 17 - Información facilitada al público
No aplicable.
En España no hay órdenes de protección como las descritas en el Reglamento 606/2013 y por lo tanto no hay autoridades judiciales competentes para la emisión de esta orden y sus certificados en los términos del art 5 del reglamento.
Artículo 18, letra a)(i) - las autoridades competentes para dictar medidas de protección y expedir certificados de conformidad con el artículo 5
No aplica
En España no hay órdenes de protección como las descritas en el Reglamento 606/2013 y por ello no hay autoridades competentes para la emisión de estas órdenes y sus certificados en los términos previstos en el Art 5.
Artículo 18, letra a)(ii) - las autoridades ante las cuales debe invocarse una medida de protección dictada en otro Estado miembro, o competentes para ejecutarla
Juzgado de 1º Instancia o en su caso de Familia del domicilio de la víctima.
Artículo 18, letra a)(iii) - las autoridades competentes para efectuar la adaptación de medidas de protección de conformidad con el artículo 11, apartado 1
Juzgado de Primera Instancia o en su caso de Familia del domicilio de la víctima.
Artículo 18, letra a)(iv) - los órganos jurisdiccionales ante los cuales deba presentarse la solicitud de denegación de reconocimiento y, en su caso, de ejecución, de conformidad con el artículo 13
Audiencia Provincial
Artículo 18, letra b) - la lengua o las lenguas aceptadas para la traducción mencionada en el artículo 16, apartado 1
Española.
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