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Información general
El Reglamento (UE) nº 606/2013 relativo al reconocimiento mutuo de medidas de protección en materia civil establece un mecanismo que permite el reconocimiento directo de las órdenes de protección dictadas como medidas de Derecho civil entre los Estados miembros.
Por lo tanto, si es usted beneficiario de una orden de protección de Derecho civil dictada en el Estado miembro de su residencia, puede invocarla directamente en otros Estados miembros mediante la presentación a las autoridades competentes de un certificado que acredite sus derechos.
El Reglamento se aplica desde el 11 de enero de 2015.
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Puede encontrarse más información sobre el reconocimiento mutuo de las medidas de protección en la página correspondiente.
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