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BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES
El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.
Artículo 29(1)(a) - Órganos jurisdiccionales competentes
Sala Primera del Tribunal Civil – a partir de 15,000 EUR
Tribunal de Magistrados (Malta) – de 5,000 EUR a 15,000 EUR
Tribunal de Menor Cuantía – hasta 5,000 EUR
Tribunal de Magistrados (Gozo) en su formación superior (a partir de 15,000 EUR) e inferior (de 5,000 EUR a 15,000 EUR) – es competente para tener en cuenta todas las demandas contra personas con domicilio o residencia habitual en la isla de Gozo o en Comino
Toda la correspondencia debe dirigirse a:
El Secretario
(Nombre del órgano jurisdiccional competente)
Tribunales de Justicia
Republic Street
Valletta VLT 2000
MALTA
La correspondencia relativa a los Tribunales de Gozo debe dirigirse a:
El Secretario
(Nombre del órgano jurisdiccional competente)
Tribunales de Justicia
Cathedral Square
Victoria
Gozo
MALTA
Artículo 29(1)(b) - Procedimiento de revisión
Sala Primera del Tribunal Civil
Tribunal de Magistrados (Malta)
Tribunal de Menor Cuantía
Tribunal de Magistrados (Gozo) en su formación superior e inferior
Toda la correspondencia debe dirigirse a:
El Secretario
(Nombre del órgano jurisdiccional competente)
Tribunales de Justicia
Republic Street
Valletta VLT 2000
MALTA
La correspondencia relativa a los Tribunales de Gozo debe dirigirse a:
El Secretario
(Nombre del órgano jurisdiccional competente)
Tribunales de Justicia
Cathedral Square
Victoria
Gozo
MALTA
El procedimiento de revisión según está regulado en el artículo 20 del Reglamento (CE) nº 1896/2006
Artículo 29(1)(c) - Medios de comunicación
Rellenar la petición y el resto de formularios mencionados en el Reglamento (CE) nº 1896/2006 y entregarlos en el registro del órgano jurisdiccional competente o enviarlos por correo a dicho registro
Respecto a la solicitud de revisión por parte del demandado, debe rellenarse en maltés por el propio demandado en el registro del órgano jurisdiccional competente
Artículo 29(1)(d) - Idiomas aceptados
Maltés e inglés
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