- Artículo 25, apartado 1, letra a) – Órganos jurisdiccionales competentes
- Artículo 25, apartado 1, letra b) – Medios de comunicación
- Artículo 25, apartado 1, letra c) – Autoridades u organizaciones competentes para prestar asistencia práctica
- Artículo 25, apartado 1, letra d) – Medios de notificación y comunicación electrónicas y medios para manifestar el consentimiento en cuanto a su uso
- Artículo 25, apartado 1, letra e) – Personas o profesiones sujetos a la obligación de aceptar la notificación de documentos u otras comunicaciones escritas por medios electrónicos
- Artículo 25, apartado 1, letra f) – Tasas judiciales y medios de pago
- Artículo 25, apartado 1, letra g) – Procedimiento de recurso y órganos jurisdiccionales competentes
- Artículo 25, apartado 1, letra h) – Procedimiento de revisión de la sentencia y órganos jurisdiccionales competentes para conocer de dicha revisión
- Artículo 25, apartado 1, letra i) – Lenguas aceptadas
- Artículo 25, apartado 1, letra j) – Autoridades competentes por lo que respecta a la ejecución
Artículo 25, apartado 1, letra a) – Órganos jurisdiccionales competentes
- Tribunal de distrito de Nicosia
Dirección: Charalambou Mouskou, 1405 Nicosia, Chipre
Teléfono: (+357) 22865518
Fax: (+357) 22304212/22805330
Dirección de correo electrónico: chief.reg@sc.judicial.gov.cy
- Tribunal de distrito de Limassol
Dirección: Leoforos Lordou Byronos 8, apartado de correos 54619, 3726, Limassol, Chipre
Teléfono: (+357) 25806100/25806128
Fax: (+357) 25305311
Dirección de correo electrónico: chief.reg@sc.judicial.gov.cy
- Tribunal de distrito de Larnaca
Dirección: Leoforos Artemidos, 6301, Larnaca, apartado de correos 40107, Chipre
Teléfono: (+357) 24802721
Fax: Fax: (+357) 24802800
Dirección de correo electrónico: chief.reg@sc.judicial.gov.cy
- Tribunal de distrito de Paphos
Dirección: Esquina de Neophytou y Nikou Nikolaidi, 8100, Paphos, apartado de correos 60007, Chipre
Teléfono: (+357) 26802601
Fax: (+357) 26306395
Dirección de correo electrónico: chief.reg@sc.judicial.gov.cy
- Tribunal de distrito de Famagusta
Dirección: Sotiras 2, Megaro Tzivani, 5286, Paralimni, Chipre
Teléfono: (+357) 23730950/23742075
Fax: (+357) 23741904
Dirección de correo electrónico: chief.reg@sc.judicial.gov.cy
Artículo 25, apartado 1, letra b) – Medios de comunicación
Los medios de comunicación disponibles aceptados para los fines del proceso europeo de escasa cuantía son: la presentación de una solicitud en el registro personalmente o su envío por correo postal o por cualquier otro medio de comunicación, como fax o correo electrónico.
Artículo 25, apartado 1, letra c) – Autoridades u organizaciones competentes para prestar asistencia práctica
Los «πρωτοκολλητεία» (registros) de los tribunales de distrito.
Artículo 25, apartado 1, letra d) – Medios de notificación y comunicación electrónicas y medios para manifestar el consentimiento en cuanto a su uso
Los documentos se notifican por correo postal o correo certificado con un acuse de recibo que debe incluir la fecha de recepción. Si no fuera posible esta modalidad de entrega, esta podrá realizarse mediante cualquiera de los métodos establecidos en los artículos 13 o 14 del Reglamento (CE) n.º 805/2004.
Artículo 25, apartado 1, letra e) – Personas o profesiones sujetos a la obligación de aceptar la notificación de documentos u otras comunicaciones escritas por medios electrónicos
No aplicado.
Artículo 25, apartado 1, letra f) – Tasas judiciales y medios de pago
No se cobra ninguna tasa judicial por cumplimentar el formulario.
Artículo 25, apartado 1, letra g) – Procedimiento de recurso y órganos jurisdiccionales competentes
Las resoluciones dictadas por el juzgado de primera instancia en litigios de escasa cuantía se pueden apelar ante el Tribunal Supremo. El recurso debe presentarse en un plazo de catorce días desde que se dicta la resolución en primera instancia.
Artículo 25, apartado 1, letra h) – Procedimiento de revisión de la sentencia y órganos jurisdiccionales competentes para conocer de dicha revisión
No aplicado.
Artículo 25, apartado 1, letra i) – Lenguas aceptadas
La solicitud, réplica, cualquier demanda de reconvención y réplicas a demandas de reconvención, así como cualquier descripción de documentos justificativos asociados, deben estar redactados en griego.
Artículo 25, apartado 1, letra j) – Autoridades competentes por lo que respecta a la ejecución
Tribunales de distrito.
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