- Artículo 71.1.a) – Órganos jurisdiccionales a efectos de la tramitación de las solicitudes de otorgamiento de ejecución y los recursos contra las resoluciones dictadas sobre dichas solicitudes
- Artículo 71.1.b) – Procedimiento de recurso
- Artículo 71.1.c) – Procedimiento de reexamen
- Artículo 71.1.d) – Autoridades centrales
- Artículo 71.1.e) – Organismos públicos
- Artículo 71.1.f) – Autoridades competentes en materia de ejecución
- Artículo 71.1.g) – Lenguas aceptadas para las traducciones de documentos
- Artículo 71.1.h) – Lenguas aceptadas por las autoridades centrales para las comunicaciones con las demás autoridades centrales
Artículo 71.1.a) – Órganos jurisdiccionales a efectos de la tramitación de las solicitudes de otorgamiento de ejecución y los recursos contra las resoluciones dictadas sobre dichas solicitudes
Los órganos jurisdiccionales que conocen de las declaraciones de fuerza ejecutiva son los juzgados de paz (magistrates’ courts). Las solicitudes correspondientes pueden presentarse directamente al juzgado o enviarse al Ministerio de Justicia (Department of Justice) a la dirección siguiente para que este las remita al juzgado:
REMO Unit at Operational Policy Branch
Northern Ireland Courts and Tribunals Service
Department of Justice
4th Floor Laganside House
23-27 Oxford Street
Belfast BT1 3LA
Irlanda del Norte
Tel.: 0300 200 7812 (Reino Unido) y +44 28 9049 5884 (internacional)
Fax: +44 2890 728 945
Correo electrónico: reciprocalenforcement@courtsni.gov.uk
Los órganos jurisdiccionales que conocen de los recursos correspondientes son los juzgados de paz: las solicitudes de recurso pueden presentarse directamente al juzgado o enviarse al Ministerio de Justicia a la dirección siguiente para que este las remita al juzgado:
REMO Unit at Operational Policy Branch
Northern Ireland Courts and Tribunals Service
Department of Justice
4th Floor Laganside House
23-27 Oxford Street
Belfast BT1 3LA
Irlanda del Norte
Tel.: 0300 200 7812 (Reino Unido) y +44 28 9049 5884 (internacional)
Fax: +44 2890 728 945
Correo electrónico: reciprocalenforcement@courtsni.gov.uk
Artículo 71.1.b) – Procedimiento de recurso
El procedimiento para impugnar las resoluciones dictadas en recurso es:
Un único recurso sobre cuestiones de Derecho ante el Tribunal de Apelación de Irlanda del Norte (Court of Appeal in Northern Ireland).
Artículo 71.1.c) – Procedimiento de reexamen
El artículo 19 no se aplica al Reino Unido, pues este no está vinculado por el Protocolo de La Haya de 2007.
Artículo 71.1.d) – Autoridades centrales
REMO Unit at Operational Policy Branch
Northern Ireland Courts and Tribunals Service
Department of Justice
4th Floor Laganside House
23-27 Oxford Street
Belfast BT1 3LA
Irlanda del Norte
Tel.: 0300 200 7812 (Reino Unido) y +44 28 9049 5884 (internacional)
Fax: +44 2890 728 945
Correo electrónico: reciprocalenforcement@courtsni.gov.uk
Artículo 71.1.e) – Organismos públicos
El organismo público que puede desempeñar las funciones de las autoridades centrales es:
Legal Services Agency Northern Ireland (Department of Justice) [para el artículo 51, apartado 2, letra a), prestación de asistencia jurídica gratuita]
2nd Floor
Waterfront Plaza
8 Laganbank Road
Mays Meadow
Belfast
BT1 3BN
Tel.: +44 2890 408 888
Fax: +44 2890 408 990
Correo electrónico: enquiries@lsani.gov.uk
Artículo 71.1.f) – Autoridades competentes en materia de ejecución
Los juzgados de paz son las autoridades competentes. Las solicitudes correspondientes pueden presentarse directamente al juzgado o enviarse al Ministerio de Justicia a la dirección siguiente para que este las remita al juzgado:
REMO Unit at Operational Policy Branch
Northern Ireland Courts and Tribunals Service
Department of Justice
4th Floor Laganside House
23-27 Oxford Street
Belfast BT1 3LA
Irlanda del Norte
Tel.: 0300 200 7812 (Reino Unido) y +44 28 9049 5884 (internacional)
Fax: +44 2890 728 945
Correo electrónico: reciprocalenforcement@courtsni.gov.uk
Artículo 71.1.g) – Lenguas aceptadas para las traducciones de documentos
La lengua aceptada para la traducción de los documentos contemplados en los artículos 20, 28 y 40 en todos los órganos jurisdiccionales del Reino Unido es el inglés.
Artículo 71.1.h) – Lenguas aceptadas por las autoridades centrales para las comunicaciones con las demás autoridades centrales
La lengua aceptada para la comunicación con otras autoridades centrales en todo el Reino Unido es el inglés.
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