Derechos de los menores en los procedimientos judiciales

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En el ordenamiento jurídico maltés existen varias definiciones de lo que la ley considera un «menor» (capacidad de obrar del menor).

1. Capacidad de obrar de los menores

En Malta, se ha fijado la edad mínima de responsabilidad penal en catorce años. En todos los asuntos, se ha fijado la edad mínima para que un demandante pueda llevar un asunto ante un órgano jurisdiccional por sí mismo en dieciocho años.

2. Procedimientos judiciales adaptados

Por lo que respecta a los delincuentes juveniles, el órgano jurisdiccional especializado que se ocupa de los menores en el ámbito penal es el Tribunal de Menores (Juvenile Court). Por lo que respecta a las víctimas menores, la audiencia se lleva a cabo a través de videoconferencias. Procedimientos civiles: los menores de dieciocho años no pueden demandar ni ser demandados salvo a través de su progenitor, tutor o curador. No obstante, en los asuntos judiciales relacionados con la separación o el divorcio, el órgano jurisdiccional debe tener siempre en cuenta, durante el procedimiento, el interés superior del menor. Los siguientes son procedimientos contencioso-administrativos que afectan a menores: protección de menores, adopciones, acogida, solicitud de asilo de solicitantes no acompañados y menores en procedimientos de asilo.

3. Medidas jurídicas y políticas para evitar demoras injustificadas en la tramitación de asuntos que afecten a menores

Las medidas jurídicas y políticas en vigor para evitar demoras injustificadas en la tramitación de asuntos que afectan a menores varían en función de las circunstancias: asuntos penales: el menor como víctima y el menor como delincuente; asuntos civiles: en los asuntos de familia se tiene en cuenta el interés superior del menor. Por lo que respecta a los asuntos contencioso-administrativos que afectan a los menores y en los que se dictan decisiones de tutela, los sustancia el Tribunal de Menores, un órgano jurisdiccional especializado.

4. Mecanismos y procedimientos específicos de apoyo al menor e interés superior del menor

En el Derecho maltés no existe una norma global que especifique las condiciones en las que debe darse audiencia a un menor vulnerable en los distintos procedimientos penales o administrativos que existen. Existen normas en distintos actos normativos y procedimientos aplicadas por los organismos judiciales o cuasi judiciales que adaptan los respectivos procedimientos administrativos y penales al artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. En Malta, cualquier menor puede declarar como testigo; no obstante, es esencial que el órgano jurisdiccional tenga la certeza de que el menor testigo entiende que no debe prestar falso testimonio.

5. Control de la ejecución de las resoluciones dictadas en los procedimientos que afectan a los menores

El control y la ejecución de las resoluciones en los procedimientos que afectan a los menores depende del tipo de asunto; en el Derecho maltés encontramos las siguientes resoluciones de Derecho penal: sentencias y autos de tutela, libertad vigilada y libertad condicional. Por lo que respecta a los procedimientos civiles, las resoluciones que afectan a los menores como demandantes o demandados se ejecutan de la misma manera que las resoluciones que afectan a los adultos como demandantes o demandados. En lo que respecta a los procedimientos contencioso-administrativos en el Derecho maltés, los menores no pueden demandar o ser demandados, salvo mediante la representación del progenitor que ejerza la patria potestad o, en su ausencia, de un tutor o curador. Los asuntos de protección de menores puede incoarlos el servicio jurídico de la Agenzija Appogg o un abogado privado.

6. Reparación

Según el Derecho maltés, en los procedimientos penales no existe un derecho específico de las víctimas menores de edad, este derecho emana de la propia ley y se aplica a todas las víctimas, ya sean menores o adultos. Por lo que respecta a los procedimientos civiles o contencioso-administrativos, un menor puede hacer uso de los mecanismos jurídicos de reclamación, recurso y control judicial a través de su progenitor, tutor o curador. En los procedimientos contenciosos entre los titulares de los derechos parentales que se sustancian ante las salas de familia, puede nombrarse a un defensor del menor que represente los intereses de este.

7. Adopción

El procedimiento de adopción en Malta consta de varias fases.

Justicia adaptada a los menores en Malta  PDF (366 Kb) en

Última actualización: 31/07/2020

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