- Marco normativo por el que se rigen las retribuciones de las profesiones jurídicas
- Tasas judiciales
- Información previa que deben aportar los representantes procesales
- Fuente jurídica de las costas
- Impuesto sobre el valor añadido
- Asistencia jurídica gratuita
- ¿Cuándo tiene que pagar la parte perdedora las costas de la parte ganadora?
- Derechos de los peritos
- Honorarios de traductores e intérpretes
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Derecho de familia: custodia de los hijos
Derecho de familia: pensión alimenticia
Derecho mercantil: responsabilidad
Marco normativo por el que se rigen las retribuciones de las profesiones jurídicas
Abogados
En Polonia, los honorarios de los abogados (adwokat) vienen determinados, a título individual, por el acuerdo alcanzado con el cliente, con sujeción a la ley. En ellos pueden tomarse en cuenta los siguientes factores:
- La complejidad y alcance de la cuestión jurídica
- El tiempo necesario para la correcta ejecución de la tarea encomendada
- La experiencia y capacidad profesional del abogado
- Los plazos
- El nivel de urgencia
- Otros factores.
De acuerdo con la Orden del Ministro de Justicia sobre retribución de los servicios prestados por abogados de 28 de septiembre de 2002 (rozporządzenie w sprawie opłat za czynności adwokackie), los honorarios deben tener en cuenta:
- La complejidad y el tipo de caso;
- El trabajo necesario para llevarlo a su conclusión.
En casos especiales, dependiendo de la situación material y familiar del cliente, el abogado puede fijar sus honorarios a un nivel inferior al que exige la Ley de costas procesales en juicios civiles Cases (ustawa o kosztach sądowych w sprawach cywilnych).
En principio, las costas son por cuenta de la parte perdedora. En todo caso, la cantidad establecida por el juez en la tasación de los honorarios de abogado debe respetar los límites establecidos en la citada Orden del Ministro de Justicia sobre retribución de los servicios prestados por abogados de 28 de septiembre de 2002. Por lo tanto (con arreglo al apartado 2), esa cantidad no puede superar el porcentaje mínimo multiplicado por seis o la cuantía del asunto. El importe de los honorarios depende asimismo de la naturaleza y de los objetivos del asunto y de la fase del proceso. Los capítulos 2 a 5 de la Orden definen los honorarios mínimos en los distintos casos.
Asesores jurídicos
Los asesores jurídicos (radcy prawni )se rigen en Polonia por una normativa similar a la de los abogados.
Oficiales de justicia
Los honorarios de los oficiales de justicia (komornicy) stán establecidos en la Ley reguladora de los oficiales de justicia y los procedimientos de ejecución judicial (ustawa o komornikach sądowych i egzekucji).
Las normas generales son las siguientes:
En asuntos de índole financiera, los honorarios se calculan en forma de porcentaje de la cuantía de la demanda. En concreto, en la ejecución de una demanda pecuniaria, el acreedor debe abonar unos honorarios que no pueden exceder del 2 % de la cuantía de la demanda, ni ser inferiores al 3 % de una remuneración mensual media ni superiores a esa cantidad multiplicada por 5.
Por su parte, el deudor debe pagar el 15 % de la cuantía de la demanda. Además, la cantidad resultante no puede ser inferior al 10 % de una remuneración mensual media, ni superior a esa cantidad multiplicada por 30.
En asuntos de índole no financiera, la remuneración del oficial de justicia es fija.
Tasas judiciales
Tasas judiciales para los litigantes en los procesos civiles
La Ley de costas procesales en juicios civiles regula las tasas y las costas.
Se entienden por tasas las cantidades que hay que pagar por cada presentación de documentos al tribunal, cuando la ley obligue a ello. Existen tres tipos de tasas: variables, fijas y básicas.
El importe de las tasas varía según se trate de un asunto civil, de familia, mercantil u otro. También influye el tipo de actuación judicial.
Se entienden por costas los gastos del proceso vinculado a la participación de las partes, los testigos y los peritos. Dependen del tiempo y del esfuerzo exigidos. Las costas pueden incluir asimismo los honorarios de intérpretes y traductores, los gastos de viaje y alojamiento y la indemnización por el lucro cesante de los testigos. Otras costas que cabe tener en cuenta son la remuneración de otras instituciones y personas, el examen de las pruebas, el transporte y custodia de animales y objetos, el tiempo que dura la detención y la publicación de anuncios.
Hay que considerar, además, otras costas. Son principalmente las tasas judiciales no contempladas en los párrafos precedentes y los gastos por preparación del juicio y por actuaciones del abogado o el asesor jurídico en representación del cliente (incluidos los honorarios de representación y asesoramiento).
Como norma general, la parte perdedora debe reembolsar a la ganadora los gastos que ésta haya asumido, razonablemente, en defensa de los propios intereses, a menos que se disponga lo contrario. Sin embargo, la parte ganadora debe aguardar a que se dicte sentencia antes de que se le reembolsen tales gastos. La cuestión de las costas se resuelve en la última etapa del proceso judicial, inmediatamente antes de que se dicte la sentencia definitiva.
Fase de los procesos civiles en la que deben pagarse tasas judiciales
La tasa debe pagarse en el momento de presentar un documento ante el tribunal (artículo 10 de la Ley de costas procesales en juicios civiles).
Tasas judiciales en los procesos penales
Tasas judiciales para los litigantes en los procesos penales
En general, las costas no son fijas, sino que se calculan una vez dictada la sentencia. El importe dependerá de la duración del procedimiento, de la sentencia y de la cuantía de los derechos de los peritos. Sólo es posible prever las tasas judiciales iniciales que hay que pagar en los procesos iniciados a instancia de parte.
Fase de los procesos penales en la que deben pagarse tasas judiciales
Las tasas judiciales de los litigantes en los procesos penales deben abonarse una vez dictada la sentencia (siendo ésta válida y vinculante para las partes).
Tasas judiciales básicas en los procesos constitucionales
El Código de procedimiento civil reconoce (en su artículo 424) la posibilidad de presentar recurso de revisión tras una sentencia firme en segunda instancia cuando ésta causa perjuicio a una parte y no ha sido posible la modificación o revocación de la misma (recurso por incompatibilidad de la sentencia con la ley).
El mismo recurso se admite cuando esa incompatibilidad con la ley implica la vulneración de las normas fundamentales del ordenamiento jurídico o de los derechos constitucionales fundamentales o los derechos humanos y de los ciudadanos, y la sentencia se ha dictado en primera instancia. En tales casos, la Ley de costas procesales en juicios civiles exige el pago de una tasa. Ésta es una tasa básica de 30 PLN, en tanto la Ley no disponga lo contrario (artículo 14).
Existen excepciones a esa norma. En concreto, la tasa asciende a:
- 40 PLN si el recurso se refiere a un proceso sin juicio oral iniciado de oficio.
- 1 000 PLN si el recurso se refiere a una resolución del Presidente de la Oficina de Competencia y Protección del Consumidor.
- 3 000 PLN si el recurso se refiere a una resolución del Presidente del Consejo Nacional de Radiodifusión.
Fase de los procesos constitucionales en las que deben pagarse tasas judiciales
Las tasas judiciales básicas en los procedimientos constitucionales deben abonarse en el momento en que se presente al tribunal el documento sujeto a pago (artículo 10 de la Ley de costas procesales en juicios civiles).
Información previa que deben aportar los representantes procesales
Derechos y obligaciones de las partes
Con arreglo a la Ley, los representantes procesales no son responsables del resultado final de un proceso. Sólo están obligados a mantener un nivel adecuado de diligencia y a emprender todas las medidas necesarias para gestionar el asunto adecuadamente. Esto significa que tienen facultad discrecional para seleccionar la información que pueda ser útil para sus clientes.
Los códigos deontológicos les imponen ciertas obligaciones. Sin embargo, no debe olvidarse que estos códigos son elaborados por los colegios profesionales y tienen carácter puramente declarativo. De vulnerarse, sólo acarrean la adopción de medidas disciplinarias.
Costas incluidas
- A cargo de la parte ganadora
- A cargo de la parte perdedora.
Fuente jurídica de las costas
¿Dónde puedo obtener información sobre las costas en Polonia?
Puede hallarse información (incluida la relativa a las costas) en el sitio web oficial del Ministerio de Justicia. La Ley de costas procesales en juicios civiles es de aplicación general. Esto significa que cualquier persona incursa en un proceso judicial o que busque información sobre las costas podrá encontrar fácilmente las normas pertinentes.
Las personas que tengan dificultades para entender la Ley pueden solicitar la asistencia de su representante legal (abogado o asesor jurídico). Los profesionales de la abogacía pueden prestar información y asistencia sobre los diversos procedimientos en otra u otras lenguas.
¿En qué lenguas puedo obtener información sobre las costas en Polonia?
La información sólo está disponible en polaco.
¿Dónde puedo obtener información sobre la mediación?
El Código de procedimiento civil regula la mediación en sus artículos 183, apartado 1, a 183, apartado 5. Los honorarios de los mediadores y los gastos reembolsables se establecen en la Orden del Ministro de Justicia de 30 de noviembre de 2003. Sin embargo, los gastos de mediación no suelen considerarse costas a los efectos procesales, a menos que la mediación haya sido ordenada por el tribunal.
¿Dónde puedo encontrar información adicional sobre las costas?
Sitio web disponible con información sobre las costas
La página web del Ministro de Justicia es una sección del sitio web oficial del Gobierno polaco. Describe el sistema judicial y otros asuntos relacionados, incluidas las costas procesales. Desde el sitio web se remite a una explicación de las costas en los juicios civiles (solo en polaco).
¿Dónde puedo encontrar información sobre la duración media de los diferentes procesos?
Es sumamente complicado predecir la duración media de un proceso judicial, ya que ésta depende de la complejidad jurídica y fáctica del asunto.
¿Dónde puedo encontrar información sobre los gastos totales medios de un determinado proceso?
Pese a lo indicado anteriormente, es posible evaluar los gastos medios de un proceso. Los gastos de la representación procesal se definen al comienzo del juicio. Dependen del acuerdo alcanzado entre el cliente y su representante. En cuanto a la representación procesal de oficio, los gastos están previstos en la normativa.
También es posible estimar las tasas judiciales. Éstas se determinan en la Ley de costas procesales en juicios civiles y dependen de la cuantía del litigio y de su naturaleza (por ejemplo, procesos mercantiles o de divorcio). Las partes pueden tener en cuenta asimismo los gastos vinculados a la intervención de peritos.
Impuesto sobre el valor añadido
¿Cómo se da la información?
Las tasas y costas definidas en la Ley de costas procesales en juicios civiles están exentas de impuestos y, por consiguiente, también del IVA. La asistencia jurídica está sujeta a un tipo único de IVA (23 %).
¿Qué tipos tributarios se aplican?
El tipo del IVA aplicable es el 23 %. Los servicios prestados por los asesores jurídicos y abogados tributan como otros servicios. La tributación se establece en la Ley del impuesto sobre el valor añadido.
Asistencia jurídica gratuita
Umbral de ingresos aplicable en los procesos civiles
Las personas que pretendan obtener la exención de las costas judiciales deben presentar una solicitud oficial. Podrá concedérseles la exención si demuestran que son incapaces de sufragar las costas sin que ello les acarree dificultades a ellas mismas o sus familias.
Además, los solicitantes deben presentar una declaración por escrito en la que faciliten los datos siguientes: estado civil, ingresos, fuente de ingresos y recursos. De cumplirse las condiciones expuestas, el tribunal reconocerá la exención y, además, concederá asistencia jurídica gratuita profesional (un representante legal pagado por la Hacienda al comienzo del juicio; al final del proceso, la parte perdedora está obligada, a instancia de la ganadora, a reembolsar los gastos).
Umbral de ingresos aplicable en los asuntos penales para los acusados
No hay fijado ningún umbral de ingresos. Como norma general, el solicitante debe demostrar debidamente que, dada la situación económica suya o de su familia, la asunción de las costas le resultaría gravosa.
Umbral de ingresos aplicable en los asuntos penales para las víctimas
No hay fijado ningún umbral de ingresos. La asistencia jurídica gratuita se concede si la víctima —como parte del proceso— es incapaz de sufragar los gastos sin perjuicio para la situación económica suya y de su familia.
Otras condiciones aplicables al reconocimiento de la asistencia jurídica gratuita a las víctimas
Como se ha mencionado anteriormente, la víctima debe ser parte del proceso. Durante la instrucción, la víctima es parte de oficio. En la fase del juicio oral, la víctima ha de intervenir como «acusador particular».
Otras condiciones aplicables al reconocimiento de la asistencia jurídica gratuita a los demandados
No existen otras condiciones para el reconocimiento de la asistencia jurídica gratuita a los demandados. Sí hay, sin embargo, motivos adicionales para la concesión de asistencia jurídica gratuita a los mismos. En concreto, se concede en los casos en que:
- Sea menor
- Sea sordo, mudo o ciego
- Exista una razón fundada para dudar de su cordura
- El tribunal lo considere necesario para agilizar el procedimiento
- El tribunal lo considere necesario debido a circunstancias que dificulten la defensa
- El proceso se desarrolle en primera instancia y ataña a una persona acusada de cometer un delito grave o que esté privada de su libertad
- El proceso se desarrolle ante el Tribunal Supremo.
Gratuidad de las tasas judiciales
En los asuntos penales iniciados de oficio, el Estado asume las costas.
Los asuntos relativos a menores son asimismo gratuitos.
Los demandantes en ciertos asuntos (por ejemplo, obligaciones de alimentos, cláusulas Ley de costas procesales en juicios civiles).
¿Cuándo tiene que pagar la parte perdedora las costas de la parte ganadora?
Como norma general, la parte perdedora está obligada a pagar las costas esenciales del proceso y a reembolsar los gastos de representación procesal de la parte ganadora. Los gastos reembolsables se especifican en el Código de procedimiento civil (artículos 98 a 110). En concreto, se incluyen entre ellos las tasas, los gastos de transporte, el lucro cesante y los honorarios de abogado.
Derechos de los peritos
El tribunal resuelve sobre la remuneración de los peritos en función de los objetivos del asunto, sus cualificaciones, la duración y la carga de trabajo.
Honorarios de traductores e intérpretes
Los honorarios dependen de que la traducción/interpretación haya sido encargada por el Estado o no.
La Orden sobre remuneración de los traductores jurados (adoptada por el Ministro de Justicia el 25 de enero de 2005 – Diario Oficial de 2007, número 41, entrada 265) establece los honorarios que deben abonar las instituciones públicas. Según la misma, se determinan en función de la lengua de origen y la de destino (sobre la base de la idea general de que, normalmente, es más fácil y más barato traducir de una lengua extranjera a la lengua materna). Otros factores son la terminología y el nivel de especialización.
En el sector privado, los gastos están regulados por el contrato celebrado entre el traductor/intérprete y su cliente.
Fuentes:
- Orden de retribución de los servicios prestados por abogados, adoptada por el Ministro de Justicia, de 28 de septiembre de 2002, Diario Oficial de 2002, número 163, entrada 1348
- Ley de costas procesales en juicios civiles, Diario Oficial de 2005, número 167, entrada 1398.
- Orden sobre remuneración de los traductores jurados adoptada por el Ministro de Justicia el 25 de enero de 2005 – Diario Oficial de 2007, número 41, entrada 265
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Informe de Polonia para el estudio relativoa la transparencia de las costas (396 Kb)
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