Las mejores prácticas de los Estados miembros en relación con la Carta

Grecia

Políticas gubernamentales que promueven el uso y el conocimiento de la Carta en el poder legislativo, la Administración, las fuerzas y cuerpos de seguridad y el poder judicial.

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Grecia

La Carta de los Derechos Fundamentales forma parte del ordenamiento jurídico griego, que los jueces y magistrados griegos tienen en cuenta de oficio, y los casos relativos a la infracción de sus disposiciones pueden incoarse ante el Consejo de Estado (Symvoúlio tis Epikrateías) o el Tribunal Supremo (Áreios Págos). Asimismo, todos los funcionarios públicos, y en particular los agentes de la policía como responsables de hacer cumplir la ley, están obligados a cumplir fielmente las disposiciones constitucionales, penales y procesales que garantizan los derechos humanos.

Grecia coopera estrechamente con los órganos de control de las organizaciones internacionales y hace todo lo posible por salvaguardar los derechos humanos. En este contexto, adopta regularmente iniciativas institucionales para poner claramente de manifiesto que se respetan los criterios y compromisos derivados de los convenios internacionales para la protección de estos derechos, incluida la Carta de los Derechos Fundamentales. Un ejemplo característico es la Ley n.º 4443/2016, sobre la garantía de la igualdad de trato con independencia del origen racial o étnico de las personas, que remite directamente a los requisitos de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, en particular a su artículo 21.

Instrumentos que ayudan a comprender mejor la Carta y cuándo se aplica

La Fiscalía del Tribunal Supremo (Eisangelía Areíou Págou), en el marco de su colaboración con la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA, por sus siglas en inglés), envía a todas las fiscalías de los órganos jurisdiccionales de apelación y de primera instancia de Grecia manuales impresos de la Agencia, cuando se dispone de ellos, y, tras la notificación correspondiente del experto nacional griego en la Agencia, transmite mediante correo electrónico los enlaces de la Agencia a través de los cuales se puede acceder a sus manuales de reciente publicación sobre las penas privativas de libertad y las medidas alternativas, las víctimas de delitos violentos, los menores, la protección de los colectivos vulnerables y de las minorías, etc. Además, se envía por correo electrónico el informe anual de la Agencia a todas las fiscalías de los órganos jurisdiccionales de apelación y de primera instancia del país.

Por otra parte, como continuación de la cooperación de la Fiscalía del Tribunal Supremo en su calidad de asociada a la Red Europea de Formación Judicial (REFJ), los fiscales griegos pueden participar en visitas de estudio a instituciones de la UE, como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, etc.

Por último, en el sitio web de la Fiscalía del Tribunal Supremo se publican, entre otras cosas, las circulares de este órgano, basadas en las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y dirigidas a los fiscales de los órganos jurisdiccionales de apelación y de primera instancia de Grecia, con el fin de proporcionar instrucciones generales para evitar infracciones conexas de los artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La policía griega publica ocasionalmente órdenes, manuales y directrices más específicos dirigidos a su personal relativos a la protección y el respeto de los derechos humanos.

En particular, la Circular n.º 7100/25/14-δ, de 8.11.2014, del jefe de la Policía Helénica, titulada «Abordar el racismo, la xenofobia y la discriminación en la actuación policial», impone al Estado, y en particular a sus diferentes órganos, la obligación general de no menoscabar, en el ejercicio de la autoridad estatal, la dignidad de los seres humanos en general, con independencia de sus características distintivas, y de adoptar medidas positivas para evitar su vulneración.

Al mismo tiempo, el Decreto Presidencial n.º 254/2004, sobre el «código deontológico de la policía», establece la obligación general de respetar la dignidad del ser humano y proteger sus derechos e incluye disposiciones especiales sobre el comportamiento de los agentes de la policía en el ejercicio de sus funciones, siempre desde la perspectiva de los derechos humanos.

En distintas ocasiones, se han distribuido manuales al personal de la policía griega, tales como: «Guía de conducta de la policía griega ante grupos sociales religiosos y vulnerables»; «Discurso de odio: las vías del racismo en el discurso público», patrocinado por el Ministerio de Justicia con el apoyo del Consejo de Europa; «Control policial de los delitos de odio contra las personas LGBTI», del Consejo de Europa; «La Administración pública frente al delito racista», del Consejo Nacional contra el Racismo y la Intolerancia; y el «Manual de formación intercultural», del Centro de Estudios sobre Seguridad.

Asimismo, cabe mencionar la labor de departamentos y oficinas de lucha contra la violencia racista, cuyo fin es combatir sustancial y eficazmente la violencia contra personas o grupos de personas aislados en la que se presumen motivos y antecedentes racistas, así como crear en todo el país de servicios de lucha contra la violencia doméstica para hacer frente con eficacia a los casos de este tipo de violencia y proteger a las víctimas.

Por lo que se refiere a la formación del personal policial en materia de protección de los derechos humanos, cabe señalar que, en la formación de base, el programa de las escuelas de funcionarios y agentes de la policía griega incluye un módulo sobre «derechos humanos» como tema independiente (por ejemplo, el plan de estudios incluye: protección internacional de los derechos fundamentales; protección de los derechos en la UE; organismos y beneficiarios de los derechos fundamentales; racismo y xenofobia; libertad y seguridad personales; protección de los menores, de las mujeres y de las relaciones laborales; prohibición de la tortura; minorías; etc.).

En la formación continua, el personal de la policía griega participa periódicamente, tanto a nivel nacional como en el extranjero, en actividades de formación y seminarios específicos sobre el marco legislativo de protección de los derechos humanos (por ejemplo, sobre el reconocimiento de las motivaciones de la violencia racista; los derechos humanos y la deontología policial; los derechos fundamentales y la ética policial; el acercamiento a los grupos sociales vulnerables y su tratamiento; la lucha contra la violencia doméstica y la protección de las víctimas, etc.).

Además de lo anterior, la policía griega coopera con otros organismos y autoridades que velan por el respeto y la protección de los derechos humanos en la actuación policial (en particular, el Comité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Inhumanos o Degradantes del Consejo de Europa; el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Detención Arbitraria; la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea; el Defensor del Pueblo para la investigación de casos de abuso de poder; la Secretaría General de Política Familiar e Igualdad de Género; la Comisión Nacional de Derechos Humanos; la ONG «La sonrisa de un niño»; y la Red Europea contra la Violencia, en el marco de la actuación contra incidentes de violencia doméstica, etc.).

En el contexto de la nueva estrategia en relación con la Carta, la Comisión pidió a los Estados miembros que designaran un punto de contacto para la Carta a fin de facilitar la coordinación y la cooperación. En respuesta a esta petición, el Ministerio de Justicia designó, dentro del Ministerio, un punto de contacto para reforzar su participación y su colaboración en la aplicación de la Carta por parte de los organismos nacionales. El punto de contacto designado es la Dirección de Derechos Humanos e Indultos del Ministerio de Justicia. La iniciativa se basa en la cooperación entre los Ministerios de Justicia y Asuntos Exteriores (Departamento de Derecho de la Unión Europea del Ministerio de Asuntos Exteriores) y el objetivo del punto de contacto es facilitar el intercambio de información y buenas prácticas en relación con la Carta y coordinar los esfuerzos para el desarrollo de iniciativas encaminadas a la aplicación efectiva de la Carta en el país. Grecia fue elogiada por esta iniciativa durante una videoconferencia del Grupo «Derechos Fundamentales, Derechos de los Ciudadanos y Libre Circulación de Personas» (FREMP, por sus siglas en inglés), y se animó al resto de los Estados miembros a que adoptaran una práctica semejante.

Además, se envió una carta al director de la Escuela Nacional de Funcionarios Judiciales solicitando la inclusión de un curso sobre la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y de seminarios sobre su aplicación práctica en el plan de estudios para el curso 2021-22. En su respuesta, el director, tras reconocer que la aplicación efectiva de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea con vistas a reforzar la credibilidad del país y su papel internacional constituye una excelente iniciativa del Ministerio de Justicia, subrayó el apoyo de la Escuela Nacional de Funcionarios Judiciales a esta iniciativa. Según información recibida, se ha incorporado ya en los planes de estudios de los cursos introductorios de todas las ramas de la Escuela una asignatura dedicada al CEDH y la Carta. Además, están programados para 2021-2022, con la colaboración de la Comisión Europea, seminarios dirigidos a jueces, magistrados y fiscales en activo sobre el tema «Refuerzo de la aplicación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea».

Por último, se formó un grupo de trabajo sobre la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea integrado por representantes del gabinete del / de la ministro/a de Justicia, del gabinete del viceministro G. Kotsiras, de la Secretaría General del Ministerio de Justicia, de la Secretario General de Asuntos Legislativos y Parlamentarios y del Departamento de Derecho de la Unión Europea del Servicio Jurídico Especial del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Dado que la aplicación efectiva de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE sobre la base de las recomendaciones de la Comisión reflejadas en su nueva estrategia es una prioridad absoluta para Grecia, se están estudiando nuevas iniciativas para lograr este objetivo. Por ejemplo: la creación de un mecanismo de apoyo para el punto de contacto con la participación de representantes de varios ministerios; la sensibilización y la información de las profesiones jurídicas sobre cuestiones relacionadas con la aplicación de la Carta, a través de seminarios y conferencias de abogados especializados griegos y extranjeros, así como de magistrados del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE); el seguimiento continuo de la evolución de la jurisprudencia del TJUE y del TEDH y su difusión nacional; la cooperación continua con otros organismos nacionales que se ocupan de los derechos humanos; un mayor hincapié en el análisis de las repercusiones de las propuestas normativas por lo que respecta a disposiciones concretas de la Carta de los Derechos Fundamentales, previo acuerdo del ministerio que promueva su adopción.

Uso y promoción de herramientas de la Carta elaboradas por otros países u otras partes interesadas de la UE

Cooperación con las partes interesadas para promover el uso y el conocimiento de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE

Ejemplos de cooperación entre los defensores de los derechos humanos y las autoridades nacionales que contribuyen a un mayor conocimiento y uso de la Carta

Ministerio de Justicia

Secretaría General de Política Familiar e Igualdad de Género

Centros de asesoramiento para mujeres víctimas de violencia

Defensor del Pueblo

Centro de Investigación para la Igualdad de Género (ΚΕΘΙ)

Centro Nacional de Solidaridad Social (EKKA)

Consejo Griego para los Refugiados (Ελληνικό Συμβούλιο για τους Πρόσφυγες)

Observatorio griego del Acuerdo de Helsinki

Sección griega de Amnistía Internacional

Ejemplos de cooperación entre las autoridades nacionales y el mundo académico que contribuyen a un mayor conocimiento y uso de la Carta

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Ejemplos de iniciativas no gubernamentales que promueven el uso y el conocimiento de la Carta en su país

La Autoridad Helena de Protección de Datos (Archí Prostasías Dedoménon Prosopikoú Charaktira) actúa en el marco legislativo específico de la protección de datos. En este contexto, y en particular al emitir dictámenes y examinar casos, la Autoridad invoca, específicamente, el derecho a la protección de los datos de carácter personal consagrado en el artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y hace referencia a él, pero también al derecho conexo del artículo 7 al respeto de la vida privada y familiar.

Además, la Autoridad mantiene una larga cooperación con la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que es el organismo de la UE responsable en primer lugar de la defensa de los derechos fundamentales. Esta cooperación implica, por una parte, la traducción del manual sobre protección de datos personales publicado por la Agencia y la formulación de observaciones al respecto y, por otra, una contribución periódica al contenido y al control de los informes trimestrales/mensuales elaborados por la Agencia a través de la Asociación Nacional de Grecia (Dirección de Trabajos Legislativos, Relaciones Jurídicas Internacionales y Cooperación Judicial Internacional del Ministerio de Justicia).

Por último, la Autoridad utiliza constantemente las herramientas desarrolladas por la citada Agencia, como un folleto informativo (resultado de la cooperación entre la Agencia y el equipo de supervisión coordinada de Eurodac, con la participación de la Autoridad Helena de Protección de Datos) para las autoridades nacionales competentes en materia de asilo, que la autoridad griega traducirá y publicará en su sitio web y enviará a las autoridades antes mencionadas.

Última actualización: 25/04/2023

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