Mediación familiar

Grecia
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Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

Mediación familiar

La expresión «mediación familiar» se refiere a una forma de resolución extrajudicial de conflictos familiares (como desacuerdos económicos y relativos a derechos patrimoniales entre los cónyuges, diferencias similares derivadas de la convivencia o las relaciones entre padres e hijos y otros conflictos familiares), en la que se ayuda a las partes a alcanzar conjuntamente una solución mutuamente aceptable.

Ι. La institución de la mediación (διαμεσολάβηση) fue introducida en el sistema judicial griego por la Ley 3898/2010 sobre mediación en asuntos civiles y mercantiles (boletín oficial, Serie I, n.º 211/16-10-2010), por la que se transpone la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008.

Según el artículo 2 de la Ley 3898/2010, «los litigios de Derecho privado podrán remitirse a la mediación por acuerdo entre las partes, siempre y cuando las partes puedan disponer en el asunto litigioso», mientras que el artículo 8 de la misma ley establece que: «1. Las partes o sus representantes legales, o, en el caso de las personas jurídicas, sus agentes, acudirán a la mediación con sus abogados. 2. El mediador será designado por las partes o por un tercero de su elección. 3. El mediador determinará el procedimiento de mediación con el acuerdo de las partes, quienes podrán poner fin al mismo cuando lo deseen. El proceso de mediación será confidencial y no se levantarán actas. En el transcurso de la mediación, el mediador podrá comunicarse y reunirse con cada una de las partes». Al finalizar el proceso, el mediador elaborará un acta de la mediación (artículo 9 de la Ley 3898/2010), que incluirá el acuerdo alcanzado, firmado por el mediador, las partes y los abogados de las partes. Si así lo solicita al menos una de las partes, el mediador presentará el acta ante la secretaría del tribunal de primera instancia de la correspondiente jurisdicción, de modo que adquiera carácter ejecutivo.

El mediador será remunerado en función de una tarifa horaria, con un máximo de 24 horas, que incluirá el tiempo dedicado a la preparación de la mediación. Las partes y el mediador podrán convenir un método de remuneración distinto. Las partes se harán cargo de la remuneración del mediador por mitad, a menos que acuerden otra cosa. Cada parte asumirá el coste de la remuneración de su propio abogado. El importe de la tarifa horaria se establece y revisa por decisión del Ministerio de Justicia, Transparencia y Derechos Humanos.

(Véase http://www.diamesolavisi.gov.gr/)

ΙΙ. Por otra parte, el artículo 214B, apartado 1, de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que fue introducido por el artículo 7 de la Ley 4055/2012, introdujo la figura de la mediación judicial (δικαστική μεσολάβηση); según dicho artículo, «los litigios de Derecho privado podrán resolverse también mediante el recurso a la mediación judicial. El recurso a la mediación judicial será opcional y podrá tener lugar antes de interponer una acción o mientras esta esté en curso». El último párrafo del apartado 3 del mismo artículo establece que «cualquier parte interesada podrá, a través de un abogado que actúe en su nombre, presentar una solicitud por escrito para que se remita el caso al mediador judicial». El artículo prosigue: «4. El órgano jurisdiccional que juzgue el caso podrá, en cualquier momento, en función del caso en cuestión y teniendo en cuenta todas las circunstancias, instar a las partes a recurrir a la mediación judicial para resolver sus diferencias y, al mismo tiempo, si las partes acceden, podrá aplazar la vista del caso durante un breve periodo de tiempo, que no será superior en ningún caso los seis meses. 5. Si las partes llegan a un acuerdo, se levantará acta de la mediación. Dicha acta será firmada por el mediador, las partes y los abogados de las partes, y se presentará el original ante la secretaría del tribunal de primera instancia competente donde tuviera lugar la mediación. Una vez que se haya presentado el acta ante la secretaría del tribunal de primera instancia, en la medida en que demuestra que las partes han acordado la existencia de una pretensión jurídica, constituirá un título ejecutivo con arreglo al artículo 904, apartado 2, letra c), de la Ley de Enjuiciamiento Civil».

Los costes de la mediación judicial recaen plenamente dentro del ámbito de aplicación de la Ley sobre la prestación de asistencia jurídica gratuita a los ciudadanos con bajos ingresos (Ley 3226/2004).

Dos disposiciones importantes son el nuevo artículo 116A de la Ley de Enjuiciamiento Civil, introducido por el artículo 1, apartado 2, de la Ley 4335/2015, que establece que «en cualquier momento durante un juicio y en todas las actuaciones, el tribunal promoverá la elección de la mediación como medio para resolver el conflicto extrajudicialmente», y el artículo 214C del Código de Procedimiento Civil, que establece que «el órgano jurisdiccional sugerirá a las partes que recurran a la mediación si resulta apropiado en las circunstancias del caso. Si se acepta la propuesta del órgano jurisdiccional, podrá aplazarse la vista del caso durante un periodo de tres meses. Se procederá del mismo modo si las propias partes deciden recurrir a la mediación mientras estén en curso las actuaciones».

En Grecia no existe una legislación específica que regule en concreto la mediación familiar, por lo que son de aplicación las normas generales en materia de mediación y mediación judicial anteriormente descritas.

Las parejas de distintas nacionalidades –casadas o que conviven en unión no marital– dan lugar a familias biculturales y, en caso de divorcio o disolución de la relación, además de los problemas ordinarios asociados a los conflictos familiares (p. ej., de patria potestad, custodia, contacto con los menores, alimentos o desacuerdos en cuestiones económicas entre los cónyuges), pueden plantear, en los casos transfronterizos, dificultades aún más graves, como la sustracción de menores. Las normas anteriormente descritas en materia de mediación y mediación judicial son directamente aplicables a tales casos; son conformes con las disposiciones ya aplicables del artículo 7, apartado 2, letra c), del Convenio de La Haya de 1980 y del artículo 55, apartado 2, letra e), del Reglamento (CE) n.º 2201/2003 (Reglamento «Bruselas II bis»).

Última actualización: 17/01/2017

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