Notificación y traslado de documentos

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Nota: El Reglamento (CE) n.º 1393/2007 del Consejo fue sustituido por el Reglamento (UE) 2020/1784 del Parlamento Europeo y del Consejo con efectos a partir del 1 de julio de 2022.

Las notificaciones realizadas en virtud del nuevo Reglamento pueden consultarse aquí.


Artículo 2, apartado 1 - Organismos transmisores

Pulse en el siguiente enlace para ver todas las autoridades competentes relacionadas con este artículo.
Listas de autoridades competentes

Artículo 2, apartado 2 - Organismos receptores

Con arreglo a las enmiendas a la Ley de enjuiciamiento civil de la República de Letonia, que entró en vigor el 1 de enero de 2019, se introdujeron modificaciones relativas a la notificación y el traslado de documentos judiciales y extrajudiciales extranjeros en Letonia, de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 1393/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil (notificación y traslado de documentos) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1348/2000 del Consejo. Más concretamente, el organismo central que recibe y realiza las solicitudes de notificación y traslado de documentos extranjeros se ha convertido en el Zvērinātu tiesu izpildītāju padome (Consejo de Agentes Judiciales de Letonia). Además, se ha fijado una tasa de 113,97 EUR (IVA incluido) para cada solicitud de servicio. El pago debe hacerse por transferencia bancaria y cualquier comisión bancaria debe correr a cargo de la persona que paga la tasa única de notificación de documentos.

El organismo central competente es el siguiente:

Zvērinātu tiesu izpildītāju padome (Consejo de Agentes Judiciales de Letonia)

(Desde el 16 de diciembre de 2019) Dirección: Lāčplēša iela 27-32, Riga, LV-1011, Letonia

Teléfono: (+ 371) 67290005; Fax:(+ 371) 67290006

Correo electrónico: documents@lzti.lv

Datos de la cuenta bancaria:

Número de cuenta: 90001497619

Domicilio social: Lāčplēša iela 27-32, Riga, LV-1011, Letonia

Banco: Swedbank AS

CÓDIGO IBAN: LV93 HABA 0551 0380 9674 2

Código SWIFT: HABALV22

Objeto del pago: datos del destinatario

Artículo 2, apartado 4, letra c) - Medios de recepción de documentos

Las solicitudes procedentes de otros Estados miembros para la notificación y el traslado de documentos y los certificados de notificación y traslado de documentos se aceptarán en Letonia si se envían por correo postal.

También pueden enviarse notificaciones, utilizando el resto de formularios normalizados que se mencionan en el Reglamento (CE) n.º 1393/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, mediante otras vías de comunicación de que disponga el tribunal letón competente.

Artículo 2, apartado 4, letra d) - Lenguas que podrán utilizarse para cumplimentar el formulario normalizado establecido en el anexo I

Además de en letón, en Letonia también se aceptan los formularios normalizados cumplimentados en inglés.

Artículo 3 - Entidad central

La entidad central es el Zvērinātu tiesu izpildītāju padome (Consejo de Agentes Judiciales de Letonia).

(Desde el 16 de diciembre de 2019) Dirección: Lāčplēša iela 27-32, Riga, LV-1011, Letonia

Teléfono: (+ 371) 67290005; Fax:(+ 371) 67290006

Correo electrónico: documents@lzti.lv

Artículo 4 - Transmisión de documentos

En Letonia se aceptan las solicitudes de notificación y traslado de documentos que se hayan redactado utilizando el formulario normalizado que figura en el anexo I del Reglamento si se presentan en letón o en inglés.

Artículos 8, apartado 3, y 9, apartado 2 - Plazos determinados establecidos por el Derecho nacional para la notificación de documentos

Con arreglo al artículo 56 apartado 1, párrafo 1, de la Ley de enjuiciamiento civil, cuando los documentos judiciales se hayan entregado conforme al procedimiento establecido en el artículo 56, a excepción del caso mencionado en su apartado 9, se considerará que una persona ha recibido la notificación de la hora y el lugar de una audiencia judicial o de una acción procesal o del contenido del documento pertinente, y los documentos judiciales se considerarán notificados:

1) en la fecha en la que la persona los aceptó conforme al artículo 56, apartados 3, 7 u 8 de esta Ley;

2) en la fecha en la que la persona se negó a aceptarlos (artículo 57);

3) el séptimo día posterior al envío de los documentos, si se han enviado por correo postal;

4) el tercer día posterior al envío de los documentos, si se han enviado por correo electrónico;

5) el tercer día posterior al envío, cuando la notificación se realice en línea.

Con arreglo al apartado 2 del artículo mencionado anteriormente, que los documentos judiciales se entreguen en el lugar de residencia declarado de una persona física, en una dirección adicional declarada, en una dirección que la persona física haya indicado para las comunicaciones con el órgano jurisdiccional o en una sede social de una persona jurídica y que se reciba una notificación de entrega del correo o se hayan devuelto los documentos no afecta en sí al hecho de que los documentos se hayan notificado. El destinatario puede refutar la presunción de que los documentos se han notificado el séptimo día después del envío si se han enviado por correo postal, o el tercer día después del envío si se han enviado por correo electrónico o se han notificado en línea, alegando circunstancias objetivas ajenas a su control que le hayan impedido recibir los documentos en la dirección indicada.

Artículo 10 - Certificado y copia del documento notificado o trasladado

En Letonia se aceptan los certificados de notificación y traslado de documentos que se hayan redactado utilizando el formulario estándar que figura en el anexo I del Reglamento si se presentan en letón o en inglés.

Artículo 11 - Gastos de notificación o traslado

Nota: la versión original de esta página letón se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.

En Letonia, los documentos se notifican o trasladan de conformidad con el artículo 11, apartado 2, letra a), del Reglamento, y para ello se paga una tasa de 113,97 EUR (IVA incluido) por cada documento cuya notificación se solicite. El pago debe hacerse por transferencia bancaria y cualquier comisión bancaria debe correr a cargo de la persona que paga la tasa única de notificación de documentos.

Datos de la cuenta bancaria:

Número de cuenta: 90001497619

(Desde el 16 de diciembre de 2019) Domicilio social: Lāčplēša iela 27-32, Riga, LV-1011, Letonia

Banco: Swedbank AS

CÓDIGO IBAN: LV93 HABA 0551 0380 9674 2

Código SWIFT: HABALV22

Objeto del pago: datos del destinatario

Artículo 13 - Notificación o traslado de documentos por medio de agentes diplomáticos o consulares

Letonia se opone a la notificación y el traslado de documentos con arreglo al artículo 13, apartado 1, del Reglamento, excepto en los casos en los que los documentos se notifiquen a nacionales del Estado miembro en cuestión.

Artículo 15 - Solicitud directa de notificación o traslado

Con arreglo a la legislación letona, los documentos no pueden notificarse en virtud del artículo 15 del Reglamento.

Artículo 19 - Incomparecencia del demandado

Sin perjuicio de las disposiciones del artículo 19, apartado 1, del Reglamento, un órgano jurisdiccional o un juez de Letonia pueden dictar una resolución judicial incluso cuando no se haya recibido un certificado de notificación y traslado o notificación de entrega, siempre que se hayan cumplido las condiciones establecidas en el artículo 19, apartado 2, del Reglamento. En Letonia no se fija un plazo a cuyo término dejan de aceptarse solicitudes de revocación de los efectos del vencimiento del plazo de apelación, siempre que se hayan cumplido las condiciones establecidas en el artículo 19, apartado 4, del Reglamento.

Artículo 20 - Acuerdos o arreglos en los que sean Partes los Estados miembros y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 20, apartado 2

La República de Letonia mantiene dos acuerdos que ha celebrado:

1) Acuerdo entre la República de Letonia y la República de Polonia sobre asistencia judicial y relaciones jurídicas en materia civil, de familia y penal.

2) Acuerdo sobre asistencia judicial y relaciones jurídicas entre la República de Letonia, la República de Estonia y la República de Lituania.

Última actualización: 06/02/2024

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