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    Obtención y práctica de pruebas

    Polonia

    Contenido facilitado por
    Polonia

    Nota: El Reglamento (CE) n.º 1206/2001 del Consejo fue sustituido por el Reglamento (UE) 2020/1783 del Parlamento Europeo y del Consejo con efectos a partir del 1 de julio de 2022.

    Las notificaciones realizadas en virtud del nuevo Reglamento pueden consultarse aquí.


    Artículo 2 – Órgano jurisdiccional requerido

    Pulse en el siguiente enlace para ver todas las autoridades competentes relacionadas con este artículo.
    Listas de autoridades competentes

    Artículo 3 – Órgano central

    El organismo central al que hace referencia el artículo 3 es el Ministerio de Justicia (Ministerstwo Sprawiedliwości), Departamento de Cooperación Internacional y Derechos Humanos (Departament Współpracy Międzynarodowej i Praw Człowieka).

    Ministerio de Justicia (Ministerstwo Sprawiedliwości),
    Departamento de Cooperación Internacional y Derechos Humanos (Departament Współpracy Międzynarodowej i Praw Człowieka)
    Al. Ujazdowskie 11
    00-950 Varsovia
    Tel./Fax: +48 22 23-90-870 +48 22 628 09 49
    Correo electrónico: dwmpc@ms.gov.pl

    Lenguas: polaco, inglés, alemán y francés.

    Artículo 5 – Lenguas aceptadas para la cumplimentación de los formularios

    De conformidad con el artículo 5, la lengua en la que se admiten las solicitudes es el polaco.

    Artículo 6 – Medios aceptados para la transmisión de las solicitudes y de otras comunicaciones

    Los documentos solo se pueden enviar por correo postal.

    Artículo 17 – Organismo central o autoridad o autoridades competentes responsables de las decisiones sobre las solicitudes de obtención directa de pruebas

    Ministerio de Justicia (Ministerstwo Sprawiedliwości)

    Departamento de Cooperación Internacional y Derechos Humanos (Departament Współpracy Międzynarodowej i Praw Człowieka)

    Al. Ujazdowskie 11

    00-950 Varsovia

    Tel./Fax: +48 22 23-90-870 +48 22 628 09 49

    Artículo 21 – Acuerdos o arreglos en los que sean Partes los Estados miembros y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 21, apartado 2

    No aplicable.

    Última actualización: 21/12/2023

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