En el ámbito de la justicia civil, los procesos y procedimientos pendientes iniciados antes del final del período transitorio proseguirán con arreglo a la legislación de la UE. El Portal de e-Justicia mantendrá la información relativa al Reino Unido, sobre la base de un acuerdo mutuo con este país, hasta el final de 2024.

Título ejecutivo europeo

Inglaterra y Gales

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Inglaterra y Gales

1. Procedimientos de rectificación y anulación (párrafo 2 del artículo 10)

El Código Procesal Civil de 1997 (establecido por la Civil Procedure Act 1997 y conocido como Civil Procedure Rules o CPR) es la norma de rango legal que da efecto a lo dispuesto en el Reglamento.

El título 74.27 del Código Procesal Civil y sus correspondientes instrucciones de aplicación práctica (Practice Direction 74B) contienen disposiciones relativas a los títulos ejecutivos europeos en Inglaterra y Gales, incluidos los procedimientos de rectificación y revocación.

El artículo 10 se refiere al derecho a solicitar al órgano jurisdiccional la rectificación de un certificado (si no hay discrepancia con la resolución) o su revocación (si no se ajusta al Reglamento). El procedimiento que se ha establecido para tratar estas situaciones es el que figura en el título 23 del Código Procesal Civil, que contiene las reglas para presentar solicitudes y demandas a un órgano jurisdiccional. La solicitud contemplada en el artículo 10 debe presentarse al órgano jurisdiccional que expidió el título ejecutivo europeo mediante el procedimiento establecido en el título 23.

Para presentar la solicitud debe utilizarse un formulario de solicitud (application notice) conocido como formulario(*) N244. En el formulario de solicitud se debe indicar el objeto (es decir, una rectificación o una revocación) y la motivación (por ejemplo, porque existe una discrepancia en el certificado).

(*) El Reino Unido confirma que deben utilizarse los formularios normalizados del Reglamento. En los anexos I a V del Reglamento se incluyen los formularios que deben cumplimentar los órganos jurisdiccionales para expedir los certificados. Los acreedores utilizan los formularios pertinentes de los órganos jurisdiccionales del Reino Unido para presentar las solicitudes necesarias y el certificado se expide en la forma prevista en el Reglamento. La solicitud contemplada en el artículo 10, apartado 3, puede hacerse mediante el formulario de solicitud normalizado del Reino Unido o el formulario que figura en el anexo VI del Reglamento.

2. Procedimientos de revisión judicial (párrafo 1 del artículo 19)

El Código Procesal Civil de 1997 es la norma de rango legal que da efecto a lo dispuesto en el Reglamento.

En el artículo 19, apartado 1, se establece que el deudor puede solicitar la revisión de la resolución cuando el documento por el que se incoe el procedimiento no le haya sido notificado o trasladado o no haya podido impugnar el crédito por circunstancias ajenas a su responsabilidad.

En virtud del título 13 del Código Procesal Civil, se permite al deudor solicitar una revisión de la resolución en las circunstancias descritas en el artículo 19. Asimismo, se establece el procedimiento para presentar una solicitud de rescisión o modificación de una sentencia en rebeldía. Se puede dictar una sentencia en rebeldía cuando no hay acuse de recibo del deudor con respecto al escrito de demanda o cuando no formula escrito de contestación.

No existe un formulario normalizado para presentar una solicitud de rescisión o modificación de una sentencia en rebeldía. Es habitual que el solicitante presente la solicitud mediante el formulario N244 (http://www.hmcourts-service.gov.uk/courtfinder/forms/n244_eng.pdf). El solicitante debe indicar su petitum y por qué debe rescindirse o modificarse la sentencia, por ejemplo, porque no se le notificó el proceso con tiempo suficiente para preparar su defensa. La vista de esa solicitud implica una revisión de la resolución.

3. Idiomas aceptados (párrafo 2 c del artículo 20)

En Inglaterra y Gales se aceptan los certificados en inglés.

4. Autoridades nombradas a efectos de la acreditación de documentos públicos con fuerza ejecutiva (artículo 25)

Los documentos públicos con fuerza ejecutiva de otros Estados miembros son ejecutables directamente en Inglaterra y Gales; no es necesario nombrar a una autoridad a efectos de su certificación.

Última actualización: 22/07/2021

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