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BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES
El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.
Artículo 67 (a)
Nombres, direcciones y medios técnicos para las comunicaciones de las autoridades centrales designadas de conformidad con el artículo 53:
Se ha designado a dos autoridades centrales.
1. Para todo el Reglamento con excepción del artículo 56 (acogimiento transfronterizo)
Ministère de la Justice (Ministerio de Justicia)
Direction des Affaires Civiles et du Sceau (Dirección de Asuntos Civiles y Judiciales)
Département de l’entraide, du droit international privé et européen (Departamento de auxilio judicial y de Derecho internacional privado y europeo)
13 place Vendôme
75042 Paris Cedex 01
Correo electrónico: entraide-civile-internationale@justice.gouv.fr
2. Para la aplicación del artículo 56 (acogimiento transfronterizo)
Ministère de la Justice (Ministerio de Justicia)
Direction de la Protection Judiciaire de la Jeunesse (Dirección de Protección Judicial de la Juventud)
Bureau de la législation et des affaires juridiques, K1 (Oficina de Legislación y Asuntos Jurídicos)
13 place Vendôme
75042 Paris Cedex 01
Dirección administrativa: Le Millénaire 35 rue de la gare Paris 19ème
Teléfono: +33 1 70 22 89 84 o +33 1 70 22 75 82
Correo electrónico:
pole-international.dpjj-k1@justice.gouv.fr
Artículo 67 (b)
Lenguas aceptadas en las comunicaciones dirigidas a las autoridades centrales de conformidad con el artículo 57, apartado 2: francés e inglés.
Artículo 67 (c)
Para el certificado relativo al derecho de visita y el certificado relativo a la restitución del menor (artículo 45, apartado 2): francés e inglés.
Artículos 21 y 29
Las solicitudes a que se refieren los artículos 21 y 29 se presentarán ante los órganos jurisdiccionales siguientes:
- en Francia, al presidente del tribunal de primera instancia o a su delegado.
Artículo 33
Los recursos a que se refiere el el artículo 33 se presentarán ante los órganos jurisdiccionales relacionados a continuación:
- en Francia, Cour d'appel.
Artículo 34
Según lo dispuesto en el artículo 34, la resolución que resuelva el recurso solo podrá impugnarse:
- en Francia, mediante un recurso de casación.
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