Notificación y traslado de documentos (refundición)

Alemania

Contenido facilitado por
Alemania

BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES

El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

Alemania

Notificación y traslado de documentos


*entrada obligatoria

Artículo 3, apartado 1: organismos transmisores

El organismo transmisor de documentos judiciales es el órgano jurisdiccional que efectúa la notificación o el traslado [artículo 1069, apartado 1, punto 1, del Código Procesal Civil (Zivilprozessordnung o ZPO)].

El organismo transmisor de documentos extrajudiciales es el tribunal de lo civil y penal (Amtsgericht) en cuya demarcación tenga su domicilio o residencia habitual la persona que intime la notificación o el traslado; en el caso de los documentos notariales, el tribunal de lo civil y penal en cuya demarcación se encuentre la notaría en la que fueron autorizados; en el caso de las personas jurídicas, se considera domicilio o residencia habitual el lugar donde se encuentre su sede; los Gobiernos de los Estados federados pueden atribuir, mediante reglamento, las funciones de organismo transmisor respecto de un partido judicial a un tribunal de lo civil y penal concreto si hubiere varios (artículo 1069, apartado 1, punto 2, del Código Procesal Civil).

Pulse en el siguiente enlace para ver todas las autoridades competentes relacionadas con este artículo.
Listas de autoridades competentes

Artículo 3, apartado 2: organismos receptores

El organismo receptor a efectos del artículo 3, apartado 2, del Reglamento (UE) 2020/1784 es el tribunal de lo civil y penal en cuya demarcación deba notificarse o trasladarse el documento. Los Gobiernos de los Estados federados pueden atribuir, mediante reglamento, las funciones de organismo receptor respecto de un partido judicial a un tribunal de lo civil y penal concreto si hubiere varios.

Pulse en el siguiente enlace para ver todas las autoridades competentes relacionadas con este artículo.
Listas de autoridades competentes

Artículo 3, apartado 4, letra c): medios de recepción de documentos

De conformidad con el artículo 5, apartado 4, del Reglamento (UE) 2020/1784, se dispone de los siguientes medios de recepción de documentos: correo postal, servicio privado de mensajería o fax.

Las comunicaciones informales también pueden recibirse por teléfono o por correo electrónico.

Artículo 3, apartado 4, letra d): lenguas que pueden utilizarse para cumplimentar el formulario que figura en el anexo I

Los formularios que figuran en el anexo I del Reglamento (UE) 2020/1784 pueden cumplimentarse en alemán o inglés (artículo 1070 del Código Procesal Civil).

Artículo 4: órgano central

Las funciones de órgano central se llevan a cabo principalmente en el nivel de los Estados federados.

En cada Estado federado hay un órgano central con competencia en el territorio de dicho Estado federado. El Gobierno del Estado federado determina qué organismo desempeña esta función en su territorio (artículo 1069, apartado 3, del Código Procesal Civil). Por regla general, este órgano central suele ser la Administración de Justicia, un tribunal superior regional de lo civil y penal (Oberlandesgericht) o un tribunal de lo civil y penal del Estado federado.

Además de los dieciséis órganos centrales de los Estados federados, existe un órgano central a nivel federal en la Oficina Federal de Justicia (Bundesamt für Justiz). La Oficina Central Federal asiste, en caso necesario, a las autoridades competentes de los Estados federados (artículo 1069, apartado 4, del Código Procesal Civil) y recibe las solicitudes de notificación o traslado relativas a acciones judiciales contra la República Federal de Alemania.

Pulse en el siguiente enlace para ver todas las autoridades competentes relacionadas con este artículo.
Listas de autoridades competentes

Artículo 7: asistencia en la determinación del domicilio

De conformidad con el artículo 7, apartado 1, letra c), Alemania proporciona información detallada sobre cómo encontrar direcciones a través del Portal Europeo de e-Justicia. De conformidad con el artículo 44 de la Ley federal censal (Bundesmeldegesetz o BMG), los organismos públicos extranjeros y los particulares extranjeros pueden solicitar a las autoridades censales competentes en Alemania un certificado simple de empadronamiento sobre una persona concreta sin tener que motivar su solicitud.

Figuran en el certificado simple de empadronamiento:

  • apellido(s),
  • nombre y/o alias,
  • título,
  • direcciones actuales y
  • fallecimiento, de haberse producido.

La solicitud se dirige a la autoridad censal competente. Por regla general, se trata de la oficina del Registro Civil del municipio o ciudad en cuyo territorio se presume el domicilio de la persona. Un número cada vez mayor de municipios ofrece la posibilidad de obtener el certificado de empadronamiento por vía electrónica a través de internet.

Este certificado está sujeto al pago de una tasa cuya cuantía varía según el Estado federado.

Para la expedición del certificado de empadronamiento es preciso que la persona buscada sea identificable a partir de la información proporcionada por el organismo requirente; rige también esta regla cuando se solicite información de varias personas, opción que también es posible. Por lo tanto, no es posible enviar una lista genérica de sujetos. La persona u organismo que solicite la información debe además declarar que no utilizará los datos con fines publicitarios o comerciales.

No se expide el certificado de empadronamiento si al interesado se le ha impuesto una prohibición de acceso a la información con arreglo al artículo 51 de la Ley federal censal o si se ha presentado solicitud de bloqueo condicional de los datos con arreglo al artículo 52 de la Ley federal censal y no puede descartarse que se perjudique a intereses dignos de protección.

En el marco de actividades comprendidas total o parcialmente en el ámbito de aplicación del Derecho de la Unión y con arreglo al artículo 35 de la Ley federal censal, puede transferirse un fichero que exceda de dicho ámbito de aplicación a los organismos públicos de otros Estados miembros de la Unión Europea, a los organismos públicos de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, a las instituciones y los órganos de la Unión Europea o a las instituciones y los órganos de la Comunidad Europea de la Energía Atómica en la medida en que ello sea necesario para el cumplimiento de las funciones del organismo solicitante.

De conformidad con el artículo 7, apartado 2, letra c), los organismos receptores alemanes prestan la asistencia siguiente:

Si el destinatario no reside en la dirección indicada en la solicitud de notificación o traslado, el organismo receptor alemán suele intentar determinar la dirección actual del destinatario. Esto se aplica no solo cuando el destinatario se ha mudado, sino también cuando su dirección en la solicitud de notificación o traslado está incompleta o es incorrecta. Se trata de un servicio voluntario prestado por el organismo receptor; no está obligado a prestarlo.

Artículo 8: transmisión de documentos

Además de la lengua alemana, se acepta la lengua inglesa para cumplimentar el formulario A del anexo I (solicitud) (artículo 1070 del Código Procesal Civil).

Artículo 12: negativa a aceptar la notificación o el traslado de un documento

No se contempla.

Artículo 13: fecha de notificación o traslado

En relación con el requirente y a efectos del artículo 12, apartado 5, tercera frase, y del artículo 13, apartado 2, del Reglamento (UE) 2020/1784, la fecha exacta de notificación o traslado rara vez es pertinente en Derecho alemán para calcular el plazo, ya que, por regla general, la recepción del documento por el órgano jurisdiccional dentro del plazo es suficiente si la notificación o el traslado se producen en breve (artículo 167 del Código Procesal Civil). Si la fecha exacta de notificación o traslado es pertinente en casos concretos, se aplica el artículo 222 del Código Procesal Civil en relación con los artículos 187 y siguientes del Código Civil (Bürgerliches Gesetzbuch).

Artículo 14: certificado y copia del documento notificado o trasladado

Además de la lengua alemana, se acepta la lengua inglesa para cumplimentar el formulario K del anexo I (certificado de notificación o traslado).

Artículo 15: gastos de notificación o traslado

Los gastos de la notificación o el traslado de documentos por un agente judicial (Gerichtsvollzieher), con arreglo al artículo 15, apartado 2, del Reglamento (UE) 2020/1784, dependen de las circunstancias del caso concreto. En principio, pueden ascender hasta 37,25 EUR más los gastos de copias o de compulsa de estas. El detalle exacto de estos gastos caso por caso se establece en la Ley de tasas de los agentes judiciales (Gerichtsvollzieherkostengesetz), en su baremo de tasas (Kostenverzeichnis).

Artículo 17: notificación o traslado de documentos por medio de agentes diplomáticos o funcionarios consulares

En el territorio de la República Federal de Alemania, la notificación y el traslado por medio de agentes diplomáticos o funcionarios consulares a la que se refiere el artículo 17, apartado 1, del Reglamento (UE) 2020/1784 no está permitida a menos que la notificación o el traslado se dirijan a nacionales del Estado de origen (artículo 1067, apartado 2, del Código Procesal Civil).

Artículo 19: notificación y traslado electrónicos

Por determinar.

Artículo 20: notificación o traslado directos

Con arreglo al artículo 20 del Reglamento, los documentos judiciales pueden notificarse o trasladarse directamente en el territorio de la República Federal de Alemania siempre que el Derecho procesal civil alemán permita expresamente la notificación o el traslado directos.

Se consideran documentos judiciales, por ejemplo, las sentencias, no así los escritos de demanda. En este último caso, la notificación y el traslado se rigen por el artículo 21 del Reglamento. La notificación y el traslado directos se producen a instancia de parte (artículo 191 del Código Procesal Civil); las ejecuta un agente judicial (artículo 192 del Código Procesal Civil).

Así pues, se permite, por ejemplo, la notificación o el traslado por agente judicial de las sentencias a efectos de ejecución con arreglo al artículo 750, apartado 1, del Código Procesal Civil, de los demás títulos ejecutivos a que se refiere el artículo 794 del Código Procesal Civil, de los autos de embargo preventivo con arreglo al artículo 922, apartado 2, del Código Procesal Civil o de las medidas cautelares con arreglo a los artículos 936 y 922 del Código Procesal Civil.

Artículo 22: incomparecencia del demandado

Los órganos jurisdiccionales alemanes pueden dictar sentencia en las condiciones establecidas en el artículo 22, apartado 2, del Reglamento (UE) 2020/1784 si el escrito de incoación o documento equivalente ha sido notificado o trasladado en la República Federal de Alemania de conformidad con el artículo 185 del Código Procesal Civil.

La demanda tendente a la exención de la preclusión a que se refiere el artículo 22, apartado 4, del Reglamento (UE) 2020/1784 solo puede presentarse en un plazo de un año a contar desde el vencimiento del plazo precluido (artículo 234, apartado 3, del Código Procesal Civil).

Artículo 29: relación con los convenios o acuerdos entre Estados miembros

La República Federal de Alemania y la República de Austria siguen aplicando el acuerdo celebrado por sus Gobiernos el 6 de junio de 1959, sobre una mayor simplificación de las relaciones y negocios jurídicos en virtud del Convenio de La Haya de 1 de marzo de 1954 [publicado en el Boletín Oficial Federal austriaco n.º 27/1960 y en la página 1523 (parte II) del Boletín Oficial Federal alemán de 1959].

Artículo 33, apartado 2: notificación sobre la pronta utilización del sistema informático descentralizado

n/p

Última actualización: 02/08/2024

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.