Notificación y traslado de documentos (refundición)

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El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

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Notificación y traslado de documentos


*entrada obligatoria

Artículo 3, apartado 1: organismos transmisores

La oficina de notificación y traslado en materia de ejecución forzosa (ufficio notificazioni, esecuzioni e protesti o UNEP) del tribunal de apelación (corte d’appello) o del tribunal ordinario (tribunale ordinario) que conoce del proceso por el que se solicita la notificación o el traslado.

Artículo 3, apartado 2: organismos receptores

UNEP presso la Corte di appello di Roma (UNEP del Tribunal de Apelación de Roma)

V.le Giulio Cesare 52, 00192 Roma

Tel.: +39.06.328367058/7059

Correo electrónico: attiesteri.unep.ca.roma@giustizia.it

Correo electrónico certificado: attiesteri.unep.roma@giustiziacert.it

Artículo 3, apartado 4, letra c): medios de recepción de documentos

Correo postal o correo electrónico.

Artículo 3, apartado 4, letra d): lenguas que pueden utilizarse para cumplimentar el formulario que figura en el anexo I

Nota: la versión original de esta página italiano se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.
Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: alemáninglésfrancés.

Inglés y francés.

Artículo 4: órgano central

UNEP presso la Corte di appello di Roma (UNEP del Tribunal de Apelación de Roma)

V.le Giulio Cesare 52, 00192 Roma

Tel.: +39.06/328367058/7059

Correo electrónico: attiesteri.unep.ca.roma@giustizia.it

Correo electrónico certificado: attiesteri.unep.roma@giustiziacert.it

Artículo 7: asistencia en la determinación del domicilio

Nota: la versión original de esta página italiano se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.
Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: alemáninglésfrancés.

A efectos de la asistencia contemplada en el artículo 7, apartado 1, Italia ha designado a la UNEP del Tribunal de Apelación de Roma como autoridad a la que los organismos transmisores pueden dirigir solicitudes para determinar la dirección de las personas a las que debe notificarse o trasladarse un documento.

V.le Giulio Cesare 52, 00192 Roma

Tel.: +39.06.328367058/7059

Correo electrónico: attiesteri.unep.ca.roma@giustizia.it

Correo electrónico certificado: attiesteri.unep.roma@giustiziacert.it

La UNEP no presenta, de oficio, solicitudes de información sobre direcciones a los registros de domicilios u otro tipo de bases de datos cuando la dirección indicada en la solicitud de notificación o traslado no es correcta.

Artículo 8: transmisión de documentos

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Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: alemáninglésfrancés.

Inglés y francés.

Artículo 12: negativa a aceptar la notificación o el traslado de un documento

Italia no tiene nada que comunicar.

Artículo 13: fecha de notificación o traslado

Italia no tiene nada que comunicar.

Artículo 14: certificado y copia del documento notificado o trasladado

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Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: alemáninglésfrancés.

Inglés y francés.

Artículo 15: gastos de notificación o traslado

Por el momento, no se contemplan tasas para la notificación o el traslado de documentos procedentes del extranjero distintas de las aplicables a los documentos notificados o trasladados, a petición de una de las partes, en Italia.

Artículo 17: notificación o traslado de documentos por medio de agentes diplomáticos o funcionarios consulares

Italia se opone a la notificación o el traslado directos de documentos judiciales por medio de agentes diplomáticos o funcionarios consulares a las personas que residan en el territorio de otro Estado miembro, salvo si el documento debe notificarse o trasladarse a un nacional italiano que resida en otro Estado miembro.

Italia se opone a la notificación o el traslado de documentos judiciales por medio de agentes diplomáticos o funcionarios consulares de un Estado miembro a las personas que residan en Italia, salvo si el documento debe notificarse o trasladarse a un ciudadano de dicho Estado miembro.

Artículo 19: notificación y traslado electrónicos

Italia no tiene nada que comunicar.

Artículo 20: notificación o traslado directos

Funcionarios públicos.

Artículo 22: incomparecencia del demandado

Italia no tiene nada que comunicar a efectos del artículo 22.

Artículo 29: relación con los convenios o acuerdos entre Estados miembros

No hay convenios ni acuerdos que deban comunicarse a efectos del artículo 29.

Artículo 33, apartado 2: notificación sobre la pronta utilización del sistema informático descentralizado

Italia no tiene nada que comunicar a efectos del artículo 33.

Última actualización: 22/07/2024

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