Notificación y traslado de documentos (refundición)

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BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES

El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

Suecia

Notificación y traslado de documentos


*entrada obligatoria

Artículo 3, apartado 1: organismos transmisores

Los órganos jurisdiccionales, la Autoridad de Ejecución Forzosa (Kronofogdemyndigheten) y las demás autoridades suecas con competencia para la notificación y el traslado de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil.

Artículo 3, apartado 2: organismos receptores

La Delegación del Gobierno (länsstyrelsen) en la provincia de Estocolmo.

Artículo 3, apartado 4, letra c): medios de recepción de documentos

Ninguno.

Artículo 3, apartado 4, letra d): lenguas que pueden utilizarse para cumplimentar el formulario que figura en el anexo I

Los formularios normalizados pueden cumplimentarse en sueco o en inglés.

Artículo 4: órgano central

La Delegación del Gobierno en la provincia de Estocolmo.

Artículo 7: asistencia en la determinación del domicilio

Artículo 7, apartado 1, letra c)

Cuando se desconoce la dirección de la persona a la que debe notificarse o trasladarse un documento judicial o de otro tipo, la Agencia Sueca de Administración Tributaria (Skatteverket) ayuda a determinar la dirección de las personas físicas y el Registro Mercantil (Bolagsverket) con la dirección de las sociedades. No existe un procedimiento formal específico para obtener esta información.

Para solicitar información a la Agencia Sueca de Administración Tributaria, se puede llamar por teléfono al +46 (0)771-567567 o hacer clic en el enlace de preguntas y respuestas de la Agencia, que lleva a un formulario en el que cumplimentar los datos de la solicitud de información sobre la dirección desconocida. También se puede enviar la pregunta por correo ordinario a la dirección postal de la Agencia Sueca de Administración Tributaria (205 30 Malmö, Suecia). Si se envía la solicitud por correo ordinario, se puede utilizar el formulario B.

Para solicitar información al Registro Mercantil, se puede llamar por teléfono al +46 771 670 670 o enviar la solicitud por correo electrónico a bolagsverket@bolagsverket.se. También se puede enviar la solicitud por correo ordinario a la dirección postal del Registro Mercantil (851 81 Sundsvall, Suecia). Si se envía la solicitud por correo ordinario o electrónico, se puede utilizar el formulario B.

Artículo 7, apartado 2, letra c)

La autoridad requerida busca por sí misma la nueva dirección del destinatario si este ha cambiado de dirección y, por tanto, esta no coincide con la que figura a efectos de la notificación o el traslado.

Dirección de las personas físicas:

Agencia Sueca de Administración Tributaria

http://www.skatteverket.se/

Teléfono: +46 (0)771-567567

Correo electrónico: preguntas y respuestas, Agencia Sueca de Administración Tributaria

Dirección postal: Agencia Sueca de Administración Tributaria, 205 30 Malmö

Dirección de las sociedades:

Registro Mercantil

Teléfono: +46 771 670 670

Correo electrónico: bolagsverket@bolagsverket.se

Dirección postal: Registro Mercantil 851 81 Sundsvall.

Sitio web: Página de inicio: Búsqueda de información societaria (bolagsverket.se) [disponible en inglés y en sueco]

Artículo 8: transmisión de documentos

Tanto el sueco como el inglés se aceptan para cumplimentar el formulario normalizado.

Artículo 12: negativa a aceptar la notificación o el traslado de un documento

n/p

Artículo 13: fecha de notificación o traslado

n/p

Artículo 14: certificado y copia del documento notificado o trasladado

Además del sueco, se acepta el inglés en el certificado de cumplimiento de la notificación o el traslado.

Artículo 15: gastos de notificación o traslado

n/p

Artículo 17: notificación o traslado de documentos por medio de agentes diplomáticos o funcionarios consulares

n/p

Artículo 19: notificación y traslado electrónicos

n/p

Artículo 20: notificación o traslado directos

Las autoridades policiales y el prestador de servicios autorizado.

Artículo 22: incomparecencia del demandado

n/p

Artículo 29: relación con los convenios o acuerdos entre Estados miembros

n/p

Artículo 33, apartado 2: notificación sobre la pronta utilización del sistema informático descentralizado

n/p

Última actualización: 12/12/2022

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