Obtención de pruebas (refundición)

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BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES

El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

Bélgica

Obtención de pruebas


*entrada obligatoria

Artículo 2, punto 1: autoridades que pueden considerarse órganos jurisdiccionales

n/p

Artículo 3, apartado 2: órganos jurisdiccionales requeridos

Los tribunales de primera instancia (tribunaux de première instance / rechtbanken van eerste aanleg / Gerichte Erster Instanz).

Artículo 4: órgano central

Servicio Público Federal de Justicia (Service Public Fédéral Justice / Federale Overheidsdienst Justitie / Föderale Öffentliche Dienst Justiz)
Servicio de Cooperación Judicial Internacional en Materia Civil (Service de Coopération internationale civile / Dienst Internationale rechtshulp in burgerlijke zaken)
Waterloolaan 115 / Boulevard de Waterloo 115
1000 Brussel / Bruxelles
Bélgica

Teléfono: +32(2)542.65.11
Fax: +32(2)542.70.06 / +32(2)542.70.38
Correo electrónico: eu1206ue@just.fgov.be
Competencia territorial: Bélgica (todo el país).
Lenguas: francés, neerlandés e inglés.

Artículo 6: lenguas aceptadas para la cumplimentación de los formularios

Los formularios normalizados que figuran en el anexo I del Reglamento, así como los documentos adjuntos a estos formularios, deben redactarse o traducirse en alguna de las lenguas del distrito judicial del tribunal de primera instancia al que se presente la solicitud. No se acepta ninguna otra lengua.

Artículo 7: medios aceptados para la transmisión de las solicitudes y de otras comunicaciones

Por correo postal o fax.

Artículo 19: órgano central o autoridad o autoridad(es) competente(s) responsable(s) de la toma de decisiones sobre las solicitudes de obtención directa de pruebas

Servicio Público Federal de Justicia
Servicio de Cooperación Judicial Internacional en Materia Civil
Waterloolaan 115 / Boulevard de Waterloo 115
1000 Brussel / Bruxelles
Bélgica

Teléfono: +32(2)542.65.11
Fax: +32(2)542.70.06 / +32(2)542.70.38
Correo electrónico: eu1206ue@just.fgov.be
Competencia territorial: Bélgica (todo el país).
Lenguas: francés, neerlandés e inglés.

Artículo 29: convenios o acuerdos en los que sean partes los Estados miembros y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 29, apartado 2

Bélgica declara que, en sus relaciones con los demás Estados miembros, el Reglamento prevalece, en las materias incluidas en su ámbito de aplicación, sobre los instrumentos normativos siguientes:

  • Convenio de 21 de junio de 1922 entre Bélgica y Gran Bretaña, sobre la transmisión de documentos judiciales y extrajudiciales y la obtención de pruebas;
  • Convenio de La Haya, de 1 de marzo de 1954, relativo al procedimiento civil;
  • Convenio de 1 de marzo de 1956 entre Bélgica y Francia, relativo a la asistencia judicial en materia civil y mercantil;
  • Convenio de Nueva York, de 20 de junio de 1956, sobre la obtención de alimentos en el extranjero;
  • Acuerdo de 25 de abril de 1959 entre el Gobierno belga y el Gobierno de la República Federal de Alemania, para facilitar la aplicación del Convenio de La Haya, de 1 de marzo de 1954, relativo al procedimiento civil;
  • Convenio de 23 de octubre de 1989 entre Bélgica y Austria, relativo a la asistencia judicial y a la cooperación judicial, añadido al Convenio de La Haya, de 1 de marzo de 1954, relativo al procedimiento civil.

Artículo 31, apartado 4: notificación sobre la pronta utilización del sistema informático descentralizado

n/p

Última actualización: 15/02/2023

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