Obtención de pruebas (refundición)

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BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES

El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

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Obtención de pruebas


*entrada obligatoria

Artículo 2, punto 1: autoridades que pueden considerarse órganos jurisdiccionales

En Chequia no existen autoridades de este tipo.

Artículo 3, apartado 2: órganos jurisdiccionales requeridos

Los tribunales comarcales (okresní soudy), inclusive los tribunales de los distritos de Praga (Praze obvodní soudy) y el Tribunal Municipal de Brno (Brně Městský soud).

Artículo 4: órgano central

Ministerio de Justicia (Ministerstvo spravedlnosti)

Dirección de Cooperación Judicial Internacional Civil (mezinárodní odbor civilní)

Vyšehradská 16

128 10 Praha 2

Teléfono: +420-221-997-111

Fax: +420-224-919-927

Correo electrónico: posta@msp.justice.cz

Artículo 6: lenguas aceptadas para la cumplimentación de los formularios

Nota: la versión original de esta página checo se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.

Idiomas aceptados: inglés y checo.

Artículo 7: medios aceptados para la transmisión de las solicitudes y de otras comunicaciones

Los medios técnicos para la recepción de las solicitudes son el correo postal, el fax y el correo electrónico.

Artículo 19: órgano central o autoridad o autoridad(es) competente(s) responsable(s) de la toma de decisiones sobre las solicitudes de obtención directa de pruebas

Ministerio de Justicia

Dirección de Cooperación Judicial Internacional Civil

Vyšehradská 16

128 10 Praha 2

Teléfono: +420-221-997-111

Fax: +420-224-919-927

Correo electrónico: posta@msp.justice.cz

Artículo 29: convenios o acuerdos en los que sean partes los Estados miembros y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 29, apartado 2

No aplicable.

Artículo 31, apartado 4: notificación sobre la pronta utilización del sistema informático descentralizado

No aplicable.

Última actualización: 22/05/2023

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