Obtención de pruebas (refundición)

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BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES

El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

Hungría

Obtención de pruebas


*entrada obligatoria

Artículo 2, punto 1: autoridades que pueden considerarse órganos jurisdiccionales

Los notarios —en materia sucesoria y monitoria— y el Servicio de tutela de menores (gyámhatóság) —en materia de responsabilidad parental—.

Artículo 3, apartado 2: órganos jurisdiccionales requeridos

De las solicitudes de obtención de pruebas conoce el tribunal de distrito (járásbíróság) [en Budapest, el Tribunal del Distrito Central de Buda (Budai Központi Kerületi Bíróság)] en cuya demarcación:

a) se encuentre el domicilio o la residencia habitual de la persona que deba ser oída; o

b) se encuentre el objeto de la diligencia probatoria;

c) de lo contrario, la obtención de pruebas puede llevarse a cabo de la manera que sea más oportuna, especialmente cuando las personas que deban ser oídas tengan su domicilio o su residencia habitual en demarcaciones judiciales diferentes o cuando los objetos de las diligencias probatorias se encuentren en demarcaciones judiciales diferentes.

Artículo 4: órgano central

El órgano central a que se refiere el artículo 4, apartado 1, es el Ministerio de Justicia:

Igazságügyi Minisztérium (Ministerio de Justicia)

Nemzetközi Magánjogi Főosztály (Dirección de Derecho internacional privado)

Dirección: Nádor utca 22., 1051 Budapest

Dirección postal: Pf. 2., 1357 Budapest

Teléfono: +36 1 795 5397, 1 795 3188

Fax: +36 1 550 3946

Correo electrónico: nmfo@im.gov.hu.

Artículo 6: lenguas aceptadas para la cumplimentación de los formularios

Se aceptan el húngaro, el inglés y el alemán.

Artículo 7: medios aceptados para la transmisión de las solicitudes y de otras comunicaciones

Las solicitudes se pueden enviar por correo postal, por fax y por vía electrónica.

Artículo 19: órgano central o autoridad o autoridad(es) competente(s) responsable(s) de la toma de decisiones sobre las solicitudes de obtención directa de pruebas

El órgano central a que se refieren el artículo 4, apartado 3, y el artículo19 es el Ministerio de Justicia:

Igazságügyi Minisztérium

Nemzetközi Magánjogi Főosztály

Dirección: Nádor utca 22., 1051 Budapest

Dirección postal: Pf. 2., 1357 Budapest

Teléfono: +36 1 795 5397, 1 795 3188

Fax: +36 1 550 3946

Correo electrónico: nmfo@im.gov.hu.

Artículo 29: convenios o acuerdos en los que sean partes los Estados miembros y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 29, apartado 2

Hungría no ha celebrado ningún convenio o acuerdo de este tipo con otro Estado miembro.

Artículo 31, apartado 4: notificación sobre la pronta utilización del sistema informático descentralizado

n/p

Última actualización: 02/01/2024

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