- BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES
- Artículo 2, punto 1: autoridades que pueden considerarse órganos jurisdiccionales
- Artículo 3, apartado 2: órganos jurisdiccionales requeridos
- Artículo 4: órgano central
- Artículo 6: lenguas aceptadas para la cumplimentación de los formularios
- Artículo 7: medios aceptados para la transmisión de las solicitudes y de otras comunicaciones
- Artículo 19: órgano central o autoridad o autoridad(es) competente(s) responsable(s) de la toma de decisiones sobre las solicitudes de obtención directa de pruebas
- Artículo 29: convenios o acuerdos en los que sean partes los Estados miembros y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 29, apartado 2
- Artículo 31, apartado 4: notificación sobre la pronta utilización del sistema informático descentralizado
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BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES
El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.
Artículo 2, punto 1: autoridades que pueden considerarse órganos jurisdiccionales
Ninguna.
Artículo 3, apartado 2: órganos jurisdiccionales requeridos
Los tribunales ordinarios (tribunali ordinari).
Artículo 4: órgano central
Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: .
Ministerio de Justicia (Ministero della Giustizia)
Departamento de Asuntos de Justicia (Dipartimento Affari di Giustizia)
Dirección General de Asuntos Internacionales y Cooperación Judicial (Direzione Generale degli Affari internazionali e della Cooperazione giudiziaria)
Oficina I: Cooperación Judicial Internacional (Ufficio I - Cooperazione giudiziaria internazionale)
Tel.: +39 06.6885.2633
Correo electrónico: cooperation.dginternazionale.dag@giustizia.it
Via Arenula, 70 - 00186 Roma
Artículo 6: lenguas aceptadas para la cumplimentación de los formularios
El italiano o la lengua del Estado requirente si el formulario va acompañado de una traducción al italiano certificada por una autoridad pública o un traductor.
Artículo 7: medios aceptados para la transmisión de las solicitudes y de otras comunicaciones
Correo ordinario.
Artículo 19: órgano central o autoridad o autoridad(es) competente(s) responsable(s) de la toma de decisiones sobre las solicitudes de obtención directa de pruebas
Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: .
Ministerio de Justicia
Departamento de Asuntos de Justicia
Dirección General de Asuntos Internacionales y Cooperación Judicial
Oficina I: Cooperación Judicial Internacional
Tel.: +39 06.6885.2633
Correo electrónico: cooperation.dginternazionale.dag@giustizia.it
Via Arenula, 70 - 00186 Roma
Artículo 29: convenios o acuerdos en los que sean partes los Estados miembros y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 29, apartado 2
Italia no pretende utilizar esta opción, ya que las disposiciones del Reglamento (UE) 2020/1783 le resultan adecuadas y suficientes.
Artículo 31, apartado 4: notificación sobre la pronta utilización del sistema informático descentralizado
Ninguna de momento.
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