Obtención de pruebas (refundición)

Países Bajos

Contenido facilitado por
Países Bajos

Artículo 2, punto 1: autoridades que pueden considerarse órganos jurisdiccionales

Haga clic en el enlace siguiente, en el que se enumeran los órganos jurisdiccionales competentes de los Países Bajos en relación con este artículo.

https://www.rechtspraak.nl/Organisatie-en-contact/Organisatie/Rechtbanken

Artículo 3, apartado 2: órganos jurisdiccionales requeridos

Nota: la versión original de esta página neerlandés se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.
Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: alemáninglésfrancés.

Nombre y dirección de la autoridad competente:

Rechtbank’s-Gravenhage (Tribunal de Primera Instancia de La Haya)

Prins Clauslaan 60, 2595 AJ ‘s-Gravenhage

Postbus 20302, 2500 EH ‘s-Gravenhage

Teléfono: 070 362 2200

Artículo 4: órgano central

Nota: la versión original de esta página neerlandés se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.
Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: alemáninglésfrancés.

Nombre y dirección del órgano central que desempeña las funciones contempladas en el Reglamento:

Raad voor de Rechtspraak (Consejo del Poder Judicial)

Kneuterdijk 1, 2514 EM Den Haag

Postbus 90613, 2509 LP 's-Gravenhage

Teléfono: 070 361 6161

Solo se ha designado al Consejo del Poder Judicial como órgano central y, por tanto, tiene competencia para desempeñar esas funciones en todos los supuestos.

Artículo 6: lenguas aceptadas para la cumplimentación de los formularios

Las lenguas aceptadas para el formulario a que se refiere el artículo 6 del Reglamento son el inglés y el neerlandés.

Artículo 7: medios aceptados para la transmisión de las solicitudes y de otras comunicaciones

El medio de transmisión aceptado por los Países Bajos es el correo postal. Por medio de normas reglamentarias pueden establecerse otras modalidades.

Artículo 19: órgano central o autoridad o autoridad(es) competente(s) responsable(s) de la toma de decisiones sobre las solicitudes de obtención directa de pruebas

Nota: la versión original de esta página neerlandés se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.
Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: alemáninglésfrancés.

Nombre y dirección del órgano central:

Raad voor de Rechtspraak (Consejo del Poder Judicial)

Kneuterdijk 1, 2514 EM Den Haag

Postbus 90613, 2509 LP 's-Gravenhage

Teléfono: 070 361 6161

Artículo 29: convenios o acuerdos en los que sean partes los Estados miembros y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 29, apartado 2

n/p

Artículo 31, apartado 4: notificación sobre la pronta utilización del sistema informático descentralizado

No está previsto.

Última actualización: 13/05/2024

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.