Obtención de pruebas (refundición)

Eslovaquia

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BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES

El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

Eslovaquia

Obtención de pruebas


*entrada obligatoria

Artículo 2, punto 1: autoridades que pueden considerarse órganos jurisdiccionales

Otras autoridades a efectos del artículo 2, apartado 1, son los notarios (notári) (en procesos sucesorios y en procesos relativos a títulos-valores).

Artículo 3, apartado 2: órganos jurisdiccionales requeridos

Los tribunales comarcales (okresné súdy) o los tribunales de ciudad (mestské súdy) en cuya demarcación se deban obtener las pruebas solicitadas, con las precisiones siguientes:

- respecto de los asuntos de Derecho de familia y estado civil, el órgano jurisdiccional competente en todos los distritos de Bratislava es el Tribunal de Ciudad II de Bratislava (Mestský súd Bratislava II);

- respecto de los asuntos mercantiles, el órgano jurisdiccional competente en todos los distritos de Bratislava y en los distritos de Malacky y Pezinok es el Tribunal de Ciudad III de Bratislava (Mestský súd Bratislava III);

- respecto de los demás asuntos, el órgano jurisdiccional competente en todos los distritos de Bratislava es el Tribunal de Ciudad IV de Bratislava (Mestský súd Bratislava IV).

Artículo 4: órgano central

Ministerio de Justicia de la República Eslovaca (Ministerstvo spravodlivosti Slovenskej republiky)

División de Derecho Internacional Privado (Odbor medzinárodného práva súkromného)

Račianska ul. 71

813 11 Bratislava

Slovenská republika

Tel.: (421) 2 888 91 111

Fax: (421) 2 888 91 604

Correo electrónico: civil.inter.coop@justice.sk

Sitio web: https://www.justice.gov.sk/

Lenguas: eslovaco, checo e inglés.

Artículo 6: lenguas aceptadas para la cumplimentación de los formularios

A efectos de cumplimentar los formularios, Eslovaquia acepta el checo además del eslovaco.

Artículo 7: medios aceptados para la transmisión de las solicitudes y de otras comunicaciones

Las autoridades eslovacas aceptan las solicitudes presentadas por escrito en papel.

Artículo 19: órgano central o autoridad o autoridad(es) competente(s) responsable(s) de la toma de decisiones sobre las solicitudes de obtención directa de pruebas

Ministerio de Justicia de la República Eslovaca

División de Derecho Internacional Privado

Račianska ul. 71

813 11 Bratislava

Slovenská republika

Tel.: (421) 2 888 91 111

Fax: (421) 2 888 91 604

Correo electrónico: civil.inter.coop@justice.sk

Sitio web: https://www.justice.gov.sk/

Artículo 29: convenios o acuerdos en los que sean partes los Estados miembros y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 29, apartado 2

No aplicable.

Artículo 31, apartado 4: notificación sobre la pronta utilización del sistema informático descentralizado

No aplicable.

Última actualización: 11/01/2024

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