Acogimiento transfronterizo de un menor, incluido en familias de acogida

Austria
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Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Cuál es la autoridad a la que debe consultarse y que debe aprobar con carácter previo el acogimiento transfronterizo de un menor en su territorio?

En virtud del Derecho nacional, son posibles varios supuestos:

a) Reubicación en el extranjero: Si dos personas son titulares de la custodia de un menor, en principio también deben determinar de común acuerdo el lugar de residencia. Este principio de mutuo acuerdo se aplica sin restricciones, es decir, también en el caso del traslado del menor dentro de Austria, especialmente si el traslado implica un cambio de vida significativo. Asimismo, y en particular en caso de traslado de la residencia al extranjero, el progenitor que desea trasladarse necesita el consentimiento del otro progenitor o la aprobación del tribunal, que debe tener en cuenta tanto el interés superior del menor como el interés de los padres a la hora de tomar su decisión.

De conformidad con el artículo 162, apartado 2, del Código Civil austriaco (Allgemeines bürgerliches Gesetzbuch, ABGB), si a un progenitor se le ha encomendado la custodia principal mediante resolución o acuerdo judiciales, tiene el derecho exclusivo de determinar el lugar de residencia y, por lo tanto, no sería necesario el consentimiento para el traslado dentro de Austria.

Sin embargo, según la jurisprudencia, en estos casos, en particular si el traslado del menor es una cuestión importante, dicho progenitor debe informar al otro progenitor y tener en cuenta el interés superior del menor. Además, el traslado de residencia no debe perjudicar significativamente el ejercicio de la custodia por parte del otro progenitor. Esta restricción se aplica con mayor razón a un traslado al extranjero.

Lo mismo ocurre con los padres de acogida que tienen la custodia, aunque este no suele ser el caso en la práctica, ya que, por lo general, la custodia recae sobre la autoridad de protección de menores (Kinder- und Jugendhilfeträger).

b) Acogimiento en centros o familias de acogida: Un acogimiento con el consentimiento del titular o titulares de la custodia (normalmente los padres) solo debe ajustarse a las disposiciones de la legislación nacional aplicable sobre protección de los niños y los adolescentes y no requiere una resolución judicial. Por el contrario, el acogimiento sin el consentimiento del titular o titulares de la custodia está sujeto a un control judicial ex post como medida de urgencia de conformidad con el artículo 211 del ABGB.

c) Acogimiento en otro Estado miembro: Cuando un órgano jurisdiccional o una autoridad competente (en el sentido del artículo 2, apartado 2, del Reglamento Bruselas II ter) considere el acogimiento de un menor (es decir, una persona menor de 18 años, con arreglo al artículo 2, apartado 2, sexta frase, del Reglamento Bruselas II ter) en otro Estado, debe obtener previamente el consentimiento de la autoridad competente de dicho Estado miembro según el artículo 82, apartado 1 del citado Reglamento. El acogimiento solo se podrá ordenar o concertar una vez que la autoridad competente del Estado miembro requerido lo haya aprobado (artículo 5 del Reglamento Bruselas II ter). El requisito del consentimiento previo es una consecuencia natural de las mencionadas disposiciones del Derecho de la Unión.

Por lo tanto, la solicitud de aprobación debe transmitirse, por lo general, a través de la autoridad central del Estado miembro requirente a la autoridad central del Estado miembro requerido en el que el menor deba ser acogido (artículo 82, apartado 1, del Reglamento Bruselas II ter). El procedimiento para recabar la aprobación se rige, en cada caso, por el Derecho nacional del Estado miembro en cuestión.

Siempre que no se requiera el consentimiento (véase el punto 3) o cuando no se hayan adoptado otras disposiciones administrativas (véase el punto 4), las solicitudes de consentimiento deben transmitirse a través de la autoridad central a la autoridad de protección de menores (véase el punto 2).

Austria cuenta con nueve provincias que actúan como autoridades de protección de menores a través de diversos organismos, por ejemplo, la Oficina del Gobierno Provincial (Amt der Landesregierung), la Autoridad municipal (Magistrat) o la autoridad de distrito (Bezirkshauptmannschaft). Las autoridades de protección de menores de la zona en la que tendrá lugar el acogimiento conceden la aprobación para el acogimiento transfronterizo.

Provincia

Dirección

Persona de contacto:

Burgenland

Amt der Burgenländischen Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Burgenland)

Abteilung 6 - Soziales und Gesundheit (Departamento 6 - Asuntos Sociales y Sanidad)

Kinder- und Jugendhilfe (Protección de menores)

Europaplatz 1

7000 Eisenstadt

post.a6@bgld.gv.at

Daniel Novak

daniel.novak@bgld.gv.at

Carintia

Amt der Salzburger Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Carintia)

Abteilung 4 – Soziale Sicherheit (Departamento 4 - Seguridad social)

Mießtaler Straße 1

9021 Klagenfurt, Austria

abt4.kjh@ktn.gv.at

Baja Austria

Amt der Niederösterreichischen Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Baja Austria)

Gruppe Gesundheit und Soziales (Sanidad y Asuntos Sociales)

Abteilung Jugendwohlfahrt (Departamento de protección de menores)

Landhausplatz 1

3109 St. Pölten

post.gs6@noel.gv.at

Dr. Peter Rozsa

peter.rozsa@noel.gv.at

Alta Austria

Amt der Oberösterreichischen Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Alta Austria)

Gobierno Regional

Direktion Gesellschaft, Soziales und Gesundheit (Departamento de Asuntos Sociales y Sanidad)

Abteilung Kinder- und Jugendhilfe (Departamento de protección de menores)

Bahnhofplatz 1

4021 Linz, Austria

kjh.post@ooe.gv.at

Astrid Mitter-Stöhr

astrid.mitter-stoehr@ooe.gv.at

Salzburgo

Amt der Salzburger Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Salzburgo)

Kinder- und Jugendhilfe (Protección de menores)

Fischer-von-Erlach-Straße 47

Postfach 527

5010 Salzburgo, Austria

soziales@salzburg.gv.at

Renate Heil renate.heil@salzburg.gv.at

Estiria

Amt der Steiermärkischen Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Estiria)

Kinder- und Jugendhilfe (Protección de menores)

Hofgasse 12,

8010 Graz

kinderundjugendhilfe@stmk.gv.at

Andrea Rotmajer

andrea.rotmajer@stmk.gv.at

Tirol

Amt der Tiroler Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Tirol)

Abteilung Kinder- und Jugendhilfe (Departamento de protección de menores)

Leopoldstraße 3

6020 Innsbruck

kiju@tirol.gv.at

Reinhard Stocker-Waldhuber

reinhard.stocker@tirol.gv.at

Vorarlberg

Amt der Vorarlberger Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Voralberg)

Fachbereich Jugend und Familie (Asuntos de la Juventud y la Familia)

Landhaus

Römerstraße 15

6901 Bregenz, Austria

jugend.familie@vorarlberg.at

Viena

MA 11 Amt für Jugend und Familie (Asuntos de la Juventud y la Familia)

Rüdengasse 11

1030 Viena

gr@ma11.wien.gv.at

Mag. Josef Hiebl

josef.hiebl@wien.gv.at

2 Describa brevemente el procedimiento de consulta y aprobación (incluidos la documentación necesaria, los plazos, las modalidades de este procedimiento y otros datos pertinentes) para el acogimiento transfronterizo de menores en su territorio.

El proceso de consulta debe dirigirse a la autoridad de protección de menores competente a través de la autoridad central, el Ministerio Federal de Justicia. La autoridad central transmite la solicitud a la autoridad de protección de menores de la provincia en la que está previsto el acogimiento (véase el punto 1). Toda la información y los documentos justificativos deben traducirse al alemán.

En virtud del artículo 82 del Reglamento Bruselas II ter, la solicitud debe incluir un informe sobre el menor y los motivos de su propuesta de acogimiento o asistencia, información sobre cualquier dotación financiera prevista, así como cualquier otra información que se considere pertinente.

Todas las autoridades de protección de menores consideran pertinente la siguiente información:

  • información sobre el menor, los miembros de la familia (padres, hermanos, etc.) y los titulares de la custodia;
  • motivos por los que el acogimiento responde al interés superior de menor, por ejemplo, el menor tiene un vínculo especial con Austria;
  • fecha de la acogida y duración prevista;
  • información sobre el establecimiento o la familia de acogida del menor (dirección, información de contacto);
  • consentimiento de la institución o del padre o padres de acogida;
  • datos completos de la autoridad competente del Estado miembro requirente, incluidos datos de contacto;
  • un acuerdo vinculante de la autoridad requirente para sufragar los gastos;
  • justificante del seguro de enfermedad o cobertura de seguridad social.

Las autoridades competentes de protección de menores consideran que los siguientes requisitos son también pertinentes a la hora de conceder la aprobación, pero se reservan el derecho a solicitar más información o documentos en casos concretos.

Requisitos

Documentos necesarios

Amt der Burgenländischen Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Burgenland)

  • Descripción del problema (objetivos, diagnósticos, dictámenes de expertos, certificados, resoluciones judiciales)
  • Declaración de consentimiento del titular o titulares de la custodia

Amt der Kärntner Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Carintia)

  • Idoneidad de la familia de acogida
  • Aprobación exigida por la legislación sobre inmigración
  • Consentimiento del menor y del titular o titulares de la custodia
  • Resumen de la ayuda a la crianza prestada hasta la fecha
  • Resultados, diagnósticos, dictámenes de expertos
  • Derechos de contacto existentes
  • Resoluciones judiciales
  • Decisión sobre la custodia, con la indicación: Con el acogimiento de... en..., el cuidado y la crianza se transfieren al establecimiento o familia de acogida.
  • Copia de la tarjeta electrónica (E-Card)

Amt der Niederösterreichischen Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Baja Austria)

  • Necesario para el interés superior del menor o existe una persona de referencia en Baja Austria que promueve el interés superior del menor
  • Plaza adecuada en el establecimiento de acogida
  • Reconocimiento de las normas profesionales del Land de Baja Austria
  • Revisión periódica del plan de asistencia y del objetivo educativo por parte de la autoridad remitente
  • Designación de una persona de contacto en caso de que sea necesario poner fin a la medida
  • Informes recientes sobre el desarrollo físico, emocional, social, educativo/profesional
  • Informes médicos recientes
  • Copia de los documentos necesarios del menor, E-Card
  • Información sobre tratamientos farmacológicos
  • Plan de asistencia, incluidas las ayudas prestadas hasta la fecha
  • Descripción del problema, diagnóstico psicosocial, objetivos, duración y pronóstico de la medida
  • Acta de la audiencia del menor relativa a la medida prevista
  • Consentimiento por escrito del titular o titulares de la custodia
  • Acuerdo sobre los derechos de visita

Amt der Oberösterreichischen Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Alta Austria)

  • Aclaración previa de la situación de residencia
  • División clara de responsabilidades entre el Estado miembro requirente (tipo, alcance y pago) y el Estado miembro requerido (supervisión del establecimiento)
  • Reconocimiento de las normas profesionales de Alta Austria por parte de la autoridad solicitante
  • Resumen de la ayuda a la crianza prestada hasta la fecha
  • Resultados, diagnósticos, informes, dictámenes de expertos
  • Acta de la audiencia del menor
  • Indicación de los derechos de contacto de los padres biológicos
  • Declaración de consentimiento del titular o titulares de la custodia
  • Decisiones judiciales
  • Copia de los documentos necesarios del menor

Amt der Salzburger Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Salzburgo)

  • Consentimiento de la autoridad de protección de menores competente en caso de acogida
  • Resumen de la ayuda a la crianza prestada hasta la fecha
  • Resultados médicos/psiquiátricos, diagnósticos e informes de expertos
  • Acta de la audiencia del menor
  • Indicación de los derechos de contacto de los padres biológicos
  • Declaración de consentimiento del titular o titulares de la custodia
  • Decisiones judiciales
  • Copia de la tarjeta electrónica del menor

Amt der Steiermärkischen Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Estiria)

  • Aclaración previa de la situación de residencia
  • Declaración de consentimiento de los tutores legales
  • Decisiones judiciales
  • Diagnósticos médicos
  • Informe de entrega por parte de la autoridad solicitante competente (historia del caso, situación social y familiar actual, descripción del problema y recursos, diagnóstico y pronóstico por parte de los trabajadores sociales, consecución de los objetivos, evaluación resumida)

Amt der Tiroler Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Tirol)

  • Plan de asistencia, historial del caso y medidas aplicadas hasta la fecha
  • Informes de expertos, opiniones psicológicas, etc.
  • Consentimiento por escrito del titular o titulares de la custodia
  • Consentimiento demostrable del menor para el acogimiento –a menos que una audiencia parezca inadecuada debido a la edad o al grado de madurez del menor (diagnóstico)
  • Copia de la tarjeta de identidad del menor
  • Perspectivas del menor tras el regreso

Amt der Vorarlberger Landesregierung (Oficina del Gobierno Provincial de Vorarlberg)

  • Decisión sobre la custodia, con la indicación: Con el acogimiento de... en..., el cuidado y la crianza se transfieren al establecimiento o familia de acogida.
  • Ayudas a la crianza prestadas hasta la fecha
  • Acuerdo sobre el plan de asistencia; perspectivas
  • Resultados/diagnósticos psiquiátricos o psicológicos del menor
  • Audiencia del menor
  • Declaración de consentimiento del titular o titulares de la custodia

Magistrat der Stadt Wien (Autoridad municipal de la ciudad de Viena)

  • Resultados, diagnósticos, informes, dictámenes de expertos
  • Acta de la audiencia del menor
  • Aprobación exigida por la legislación sobre inmigración

3 ¿Ha decidido su Estado miembro que no es precisa la aprobación de los acogimientos transfronterizos de menores en su territorio cuando quienes acojan sean determinadas categorías de parientes? En caso afirmativo, ¿cuáles son estas categorías de parientes?

Al igual que ocurre con un acogimiento por un progenitor (artículo 82, apartado 1, del Reglamento Bruselas II ter), no se requiere consentimiento para un acogimiento en Austria por los siguientes parientes cercanos:

  • abuelos;
  • hermanos de los padres;
  • hermanos adultos del menor.

4 ¿Cuenta su Estado miembro con acuerdos o disposiciones en vigor que simplifiquen el procedimiento de consulta previa para la aprobación del acogimiento transfronterizo de menores?

La autoridad central no tiene conocimiento de ningún acuerdo de este tipo.

Última actualización: 10/05/2023

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