Notificación de documentos: transmisión oficial de documentos jurídicos

Eslovaquia
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European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Qué quiere decir en la práctica «notificación y traslado de documentos»? ¿Por qué hay normas específicas para la notificación y el traslado de documentos»?

Notificación y traslado de documentos

Según la interpretación realizada en la práctica judicial, se entiende por «notificación y traslado de documentos» el acto procesal mediante el cual un tribunal informa del desarrollo del proceso judicial a una parte involucrada en un proceso o a un tercero cuya participación sea necesaria en el marco del proceso. La comunicación exhaustiva y eficaz a las partes de la información sobre el desarrollo del proceso es condición sine qua non de la buena gestión y del buen cierre del proceso judicial. El órgano judicial puede actuar y pronunciarse solamente a condición de que las partes hayan recibido todos los documentos cuya recepción y conocimiento sean necesarios para la continuación del proceso, la interposición de un recurso, el uso de medios de defensa y de protección procesales y otros actos que solo puedan efectuarse en los plazos fijados por ley o por los órganos jurisdiccionales. Concretamente, la notificación y el traslado de las resoluciones judiciales sobre el fondo es imprescindible para cerrar un caso definitivamente o hacer que se ejecute una resolución judicial. Cabe destacar que la Ley n.º 160/2015, el Código Procesal Civil (Civilný sporový poriadok o CSP), en sus artículos 105 y siguientes, solamente define la dimensión procesal de la notificación o traslado de documentos (judiciales); la notificación o traslado de un documento de derecho sustantivo, como por ejemplo la manifestación de una voluntad en forma de documento, se rige por el artículo 45 de la Ley n.º 40/1964, el Código Civil (Občiansky zákonník). Existe una diferencia sustancial entre la notificación o traslado según las disposiciones del derecho sustantivo y la notificación o traslado según las disposiciones del derecho procesal, especialmente en lo referente a la eficacia de la notificación, la conclusión del procedimiento de notificación y traslado y la producción de efectos jurídicos.

Existencia de procedimientos específicos para la notificación y el traslado de documentos

En el Código Procesal Civil existen procedimientos específicos sobre notificación y traslado de documentos debido a que el legislador busca que se respeten los principios de igualdad de armas y de contradicción en los procesos judiciales. En el marco de un proceso judicial, nadie debe estar en desventaja y todas las partes deben ser informadas sobre el desarrollo de la misma manera. Las partes deben tener la posibilidad de prestar la ayuda necesaria en el proceso y conocer las declaraciones y las pruebas de la otra parte, los actos procesales del tribunal relacionados con el proceso y el fondo del asunto en cuestión. Los principios de igualdad de armas y de contradicción del proceso son elementos esenciales que establecen el derecho a un juicio justo, que en Eslovaquia es un derecho constitucional (artículos 46 a 48 de la Constitución, Ústava Slovenskej republiky) basado en el artículo 6 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.

2 ¿Qué documentos deben ser notificados y trasladados de forma oficial?

En el sentido más amplio, se puede considerar como notificación o traslado oficial cualquier notificación o traslado efectuado de acuerdo con el Código Procesal Civil, como, por ejemplo:

  • la notificación o traslado a un buzón electrónico (opción prioritaria);
  • la notificación o traslado a una dirección electrónica (correo electrónico) (únicamente a petición de una de las partes);
  • la notificación o traslado por medio de una autoridad de notificación (empresa de servicio postal, agente judicial), sea en mano o por otro método;
  • la notificación o traslado en forma de anuncio público;
  • de una forma concreta por medio de otras autoridades de notificación [servicio de la policía, policía municipal, agente judicial, Servicio de funcionarios de prisiones y de tribunales (Zbor väzenskej a justičnej stráže), centros de atención institucional y de educación protegida, Ministerio de Asuntos Extranjeros y Europeos, Ministerio de Defensa].

En sentido estricto, las únicas notificaciones de documentos judiciales formales u oficiales son las notificaciones en mano. Un órgano jurisdiccional puede aplicar el procedimiento definido para las notificaciones ordinarias cuando se trate de documentos para los que la ley no exija notificación o traslado en mano.

Los documentos que deben notificarse o trasladarse en mano se especifican en las disposiciones del Código Procesal Civil. Asimismo, la notificación también se hace en mano cuando el tribunal ordena esa forma de notificación tras observar circunstancias específicas del caso (por ejemplo, los órganos jurisdiccionales suelen notificar en mano las citaciones para comparecer en una vista, para así garantizar la seguridad procesal). La elección de la forma de notificación y traslado para los distintos tipos de documentos demuestra su importancia y la necesidad de que la parte conozca su contenido y se respete el derecho a un juicio justo.

La Ley n.º 160/2015, Código Procesal Civil (CSP), exige que se notifiquen o trasladen en persona los documentos siguientes:

  • las resoluciones por las que el órgano jurisdiccional haya admitido una modificación de la demanda si las partes no estaban presentes en la vista durante la cual se hizo la modificación (artículo 142, apartado 2, del CSP);
  • las demandas con anexos, siempre que el órgano jurisdiccional no las haya inadmitido a trámite ni haya decidido terminar el proceso (artículo 167, apartado 1, del CSP);
  • los escritos de contestación si la parte demandada no reconoce la totalidad de las pretensiones (artículo 167, apartado 3, del CSP);
  • las contestaciones a la reconvención del demandado con arreglo al artículo 167, apartado 3 (artículo 167, apartado 4, del CSP);
  • las citaciones a una audiencia previa (artículo 169, apartado 2 del CSP);
  • las sentencias (artículo 223, apartado 1, del CSP);
  • los requerimientos de pago con demanda (artículo 266, apartado 1, del CSP);
  • los escritos de oposición a los requerimientos de pago, que se trasladan al demandante (artículo 267, apartado 5, del CSP);
  • las resoluciones contempladas en el artículo 273, letra c), del CSP, que requieren a la parte demandada responder a la demanda por escrito en el plazo señalado y exponer en dicho escrito los elementos esenciales de su defensa, aportar las pruebas documentales en las que se basa y proponer la práctica de pruebas para fundamentar sus pretensiones, tal como se establece en el artículo 273, letra a), del CSP.

La Ley n.º 161/2015 [Ley de jurisdicción civil voluntaria (Civilný mimosporový poriadok o CMP)] exige que se notifiquen o trasladen en persona los documentos siguientes:

  • las resoluciones de incoación, que se notifican o trasladan a las partes si el expediente se ha incoado de oficio (artículo 27 de la CMP);
  • las resoluciones de incoación modificadas si las partes no estuvieron presentes en la audiencia en la que se realizó dicha modificación (artículo 28 de la CMP);
  • las resoluciones en las que se resuelva sobre el fondo del asunto (artículo 45 de la CMP);
  • las resoluciones en expedientes de restitución de un menor en caso de sustracción o retención no autorizada, en los que se exija a la persona incumplidora según el demandante que presente una declaración escrita al respecto (artículo 131, apartado 2, de la CMP);
  • las notificaciones e instrucciones en expedientes sucesorios dirigidas a las personas a las que quepa presumir razonablemente que son los herederos en relación con sus derechos sucesorios y la posibilidad de repudiar la herencia, siempre que el órgano jurisdiccional no haya realizado la notificación e impartido las instrucciones verbalmente y estén consignadas, por tanto, en autos (artículo 189, apartado 2, de la CMP);
  • las notificaciones relativas a una solicitud de entrega de un bien en un procedimiento de oposición a la entrega de un bien depositado ante notario a efectos del cumplimiento de una obligación en los supuestos contemplados en el artículo 335, letras a) o b), o si el depositante ha solicitado que se entregue el bien depositado a él o a otra persona distinta (artículo 340 de la CMP);
  • las notificaciones para formular oposición en el procedimiento de confirmación de la usucapión, enviadas a la persona que, en el momento en que se inicie el expediente de jurisdicción voluntaria, aparezca en la escritura como titular del derecho de propiedad o de otros derechos reales sobre el bien objeto del expediente (artículo 359g de la CMP).

3 ¿Quién es competente para la notificación y el traslado de un documento?

El órgano jurisdiccional es el encargado de la notificación y el traslado de documentos judiciales. La interpretación sistemática del CSP permite establecer el siguiente orden de prioridad en la notificación y traslado de documentos:

  1. por el órgano jurisdiccional en la vista o en el marco de otro acto;
  2. a un buzón electrónico en virtud de la Ley n.º 305/2013, sobre el ejercicio, por vía electrónica, de las competencias de las autoridades públicas y que modifica y completa determinadas leyes [Ley de administración electrónica (zákon o e-Governmente)] (es obligatorio que todas las personas jurídicas dispongan de un buzón electrónico habilitado, mientras que para las personas físicas es opcional activarlo);
  3. a una dirección electrónica a petición de una de las partes, si el documento no requiere la notificación o el traslado en mano;
  4. la notificación o traslado por medio de una autoridad de notificación:
    • normalmente un servicio postal o un agente judicial;
    • si el órgano jurisdiccional lo considera oportuno, también puede ordenar que la notificación o el traslado se realice por medio de un servicio de la policía, de un agente judicial o de la policía municipal;
    • en casos concretos, el órgano jurisdiccional notifica el documento por medio: del Servicio de funcionarios de prisiones y de los tribunales de la República Eslovaca (notificación a las personas físicas que cumplen una pena privativa de libertad o están pendientes de juicio), de un centro de atención institucional y de educación protegida (notificación a las personas físicas ubicadas en esos centros), del Ministerio de Asuntos Exteriores y Europeos de la República Eslovaca (notificación a las personas físicas que gozan de privilegios e inmunidad diplomática o a las personas que se encuentren en la residencia de una persona que disfrute de privilegios e inmunidad diplomática, o a las personas a las que haya que notificarles un documento en un edificio o sala protegida por inmunidad diplomática), del Ministerio de Defensa de la República Eslovaca (notificaciones a los militares de carrera a los que no se les puedan notificar documentos de otra manera);
    • una manera específica de notificación o traslado es la notificación en forma de anuncio público si es lo que contempla el CSP (por ejemplo, si se desconoce la dirección de la persona) o una ley especial (por ejemplo, la Ley de jurisdicción civil voluntaria en su artículo 199).

4 Determinación de la dirección

4.1 ¿Trata la autoridad requerida de este Estado miembro, por iniciativa propia, de determinar el paradero del destinatario de los documentos que deban notificarse o trasladarse si la dirección indicada no es correcta? Véase también la notificación efectuada con arreglo al artículo 7, apartado 2, letra c), del Reglamento sobre notificación y traslado de documentos.

En ese caso, los órganos jurisdiccionales eslovacos siempre buscan activamente la dirección actual del destinatario, en particular consultando el censo de población de la República Eslovaca (Register obyvateľov Slovenskej republiky) que está conectado electrónicamente al sistema de información de los órganos jurisdiccionales. El órgano jurisdiccional puede obtener inmediatamente el lugar de residencia permanente o temporal inscrito en ese registro (siempre y cuando exista). Del mismo modo, actualmente la Agencia de Seguridad Social eslovaca (Sociálna poisťovňa) ofrece colaboración electrónica a los órganos jurisdiccionales eslovacos a través del registro judicial, y estos pueden obtener inmediatamente algunos datos de la Agencia de Seguridad Social, como la dirección de la parte del proceso registrada en dicha Agencia y el nombre (la denominación) del empleador actual o pasado (a través del cual puede establecerse en algunos casos el paradero actual del destinatario). El órgano jurisdiccional también está autorizado por ley a solicitar la cooperación de la oficina tributaria, el municipio, un centro penitenciario, etc.

La notificación y el traslado de documentos en Eslovaquia en virtud del artículo 7, apartado 2, letra c), está disponible en la sección «Atlas Judicial Europeo en Materia civil» del Portal Europeo de e-Justicia.

4.2 ¿Tienen las autoridades judiciales extranjeras y/o las partes de un proceso judicial acceso a los registros o servicios de este Estado miembro que permitan averiguar la dirección actual de una persona? En caso afirmativo, ¿qué registros o servicios existen y qué procedimiento se debe seguir? ¿Es necesario abonar una tasa para utilizarlos? Si es así, ¿a cuánto asciende dicha tasa?

Tal y como figura más arriba, el registro judicial facilita a los órganos jurisdiccionales eslovacos acceso directo a los datos inscritos en el censo de población de la República Eslovaca. Las partes implicadas en un proceso judicial pueden solicitar información del censo de población de la República Eslovaca (expedición de un certificado o de una declaración escrita sobre el paradero de una persona) mediante un pago de una tasa administrativa de 5 EUR.

4.3 ¿Qué tipo de asistencia, con respecto a las solicitudes de ayuda de otros Estados miembros para determinar una dirección, proporcionan las autoridades de este Estado miembro con arreglo al artículo 7, apartado 1, del Reglamento sobre notificación y traslado de documentos? Véase también la notificación efectuada con arreglo al artículo 7, apartado 1, del Reglamento sobre notificación y traslado de documentos.

Eslovaquia presta la asistencia a que se refiere el artículo 7, apartado 1, letra a). La solicitud para determinar la dirección de la persona debe enviarse a un tribunal comarcal, ya que, en virtud del artículo 56, apartado 3, de la Ley n.º 97/1963 sobre el Derecho internacional privado y las normas de procedimiento, la tramitación de dichas solicitudes corresponde al tribunal comarcal con competencia territorial. En tales casos, el tribunal que recibe la solicitud procede de un modo similar al descrito en el punto 4.1.

La notificación y el traslado de documentos en Eslovaquia con arreglo al artículo 7, apartado 2, letra a), según el cual Eslovaquia optó por la posibilidad de prestar asistencia en la determinación del domicilio en virtud del artículo 7, apartado 1, letra a), está disponible en la sección «Atlas Judicial Europeo en Materia Civil» del Portal Europeo e-Justicia.

5 ¿Cómo se realiza la notificación y el traslado de un documento en la práctica? ¿Se pueden utilizar métodos alternativos (aparte de la notificación y el traslado sustitutivos a los que se hace referencia a continuación en el apartado 7)?

Como se indica en el punto 3, el órgano jurisdiccional notifica los documentos preferiblemente por sí mismo en la vista o en el marco de otro documento. También puede realizar notificaciones o traslados:

  • a un buzón electrónico de conformidad con la Ley de administración electrónica;
  • a una dirección electrónica (dirección de correo electrónico) a petición de una de las partes, si el documento no requiere la notificación o el traslado en mano;
  • por medio de una autoridad de notificación (servicio postal, agente judicial); si es necesario, el departamento competente de la policía, un agente judicial o la policía municipal; en casos especiales, el Servicio de funcionarios de prisiones y de tribunales, centros de atención institucional y de educación protegida, el Ministerio de Asuntos Extranjeros y Europeos, el Ministerio de Defensa);
  • la legislación también establece los casos en los que la notificación o traslado debe realizarse en forma de anuncio público (para notificar una resolución a un grupo indeterminado de personas).

Con carácter prioritario, el órgano jurisdiccional entrega documentos a un buzón electrónico con arreglo a la Ley de administración electrónica, si el destinatario ha activado dicho buzón y si el documento que debe notificarse o trasladarse es un documento electrónico con una firma electrónica cualificada u otros requisitos necesarios.

En los casos en los que no es posible la entrega por vía electrónica con arreglo a la Ley de administración electrónica, el órgano jurisdiccional notifica o traslada los documentos por medio de una autoridad de notificación. En esos casos, el órgano jurisdiccional efectúa la notificación o el traslado de los documentos a la dirección comunicada por la autoridad solicitante. Si la notificación no puede efectuarse con éxito, el órgano jurisdiccional notificará entonces los documentos a:

  1. una persona física, en la dirección que figura en el censo de población de la República Eslovaca o a la dirección donde se encuentre un extranjero en el territorio de la República Eslovaca, dependiendo de su situación de residencia;
  2. una persona jurídica, en la dirección del domicilio social que figura en el registro mercantil (Obchodný register), disponible en el sitio web https://www.orsr.sk/, o en algún otro registro público (por ejemplo, el registro de profesionales independientes, Živnostenský register).

Formas alternativas diferentes a la notificación o el traslado sustitutivos

Al decretar la responsabilidad objetiva de las partes con respecto a los datos inscritos en los registros públicos, el Código Procesal Civil no prevé ningún método alternativo que no sea la notificación sustitutiva mencionada en el punto 7.

6 ¿Están permitidos en los procedimientos civiles la notificación y el traslado electrónicos de documentos (notificación y traslado de documentos judiciales o extrajudiciales a través de medios electrónicos de telecomunicación como el correo electrónico, aplicaciones seguras a través de internet, fax, SMS, etc.)? Si es así, ¿en qué procedimientos está contemplado este método? ¿Está restringido este método de notificación y traslado de documentos en función del destinatario (profesional del Derecho, persona jurídica, sociedad u otro tipo de sujeto del ámbito mercantil, etc.)?

Salvo en el caso de notificación o traslado de documentos en mano (véase el punto 2), el órgano jurisdiccional también puede notificar o trasladar documentos por vía electrónica (dirección de correo electrónico) si la parte del proceso lo solicita por escrito y facilita una dirección de correo electrónico. Un documento se considera como notificado y trasladado tres días después de haberse enviado, aunque el destinatario no lo haya leído.

6.1 ¿Qué tipo de notificación y traslado electrónicos, en el sentido del artículo 19, apartado 1, del Reglamento sobre notificación y traslado de documentos, se puede usar en este Estado miembro cuando la notificación o el traslado deban efectuarse directamente a una persona que tenga dirección conocida en otro Estado miembro?

La notificación o el traslado a un buzón electrónico de conformidad con la Ley de administración electrónica (es obligatorio que todas las personas jurídicas dispongan de un buzón electrónico habilitado, mientras que para las personas físicas es opcional activarlo).

6.2 ¿Ha especificado este Estado miembro, de conformidad con el artículo 19, apartado 2, del Reglamento sobre notificación y traslado de documentos, las condiciones adicionales en las que acepta la notificación o el traslado electrónicos por correo electrónico a que se refiere el artículo 19, apartado 1, letra b), de dicho Reglamento? Véase también la notificación efectuada con arreglo al artículo 19, apartado 2, del Reglamento sobre notificación y traslado de documentos.

La notificación y traslado de documentos en Eslovaquia en virtud del artículo 19, apartado 2, según el cual Eslovaquia no permite el uso del correo electrónico para la notificación y traslado de documentos que deben entregarse en persona, está disponible en la sección «Atlas Judicial Europeo en Materia Civil» del Portal Europeo de e-Justicia.

7 Notificación y traslado sustitutivos

7.1 ¿Permite el Derecho de este Estado miembro otros métodos de notificación y traslado en aquellos casos en los que no haya sido posible notificar y trasladar los documentos al destinatario (por ejemplo, notificación o traslado en su domicilio, al agente judicial, por correo postal o por medio de edictos)?

El Código Procesal Civil cubre la notificación y el traslado sustitutivos para documentos físicos, mientras que la Ley de administración electrónica cubre la notificación y el traslado a buzones electrónicos.

En el caso de la Ley de administración electrónica, no se trata de una notificación sustitutiva como tal, ya que la propia activación de un buzón electrónico (activación automática para las personas jurídicas o activación facultativa para las personas físicas) excluye la posibilidad de que la dirección del destinatario sea «desconocida» o de que «el documento no pueda ser notificado». El mero depósito de un mensaje electrónico oficial (mensaje de correo electrónico del órgano jurisdiccional) en el buzón electrónico lo pone a disposición del destinatario. El depósito de un mensaje electrónico oficial (correspondencia del órgano jurisdiccional) en el buzón electrónico implica que el mensaje ha llegado a su destinatario. Los mensajes electrónicos oficiales se consideran notificados o trasladados el día inmediatamente posterior al del depósito en el buzón electrónico. Si, no obstante, se trata de un documento que, en aplicación del Código Procesal Civil debe ser notificado o trasladado en mano y su destinatario no sabe que está en su buzón electrónico (y por lo tanto tampoco lo lee), se considera notificado o trasladado cuando transcurren quince días desde el día siguiente al del depósito del mensaje oficial electrónico. Esta forma de notificación no puede utilizarse para requerimientos de pago, pues la notificación y traslado sustitutivos (ficticios) no están autorizados para esos casos. No obstante, con arreglo al artículo 82l, apartado 1, de la Ley n.º 757/2004 sobre los órganos jurisdiccionales, cuando se inicie una sesión en un buzón electrónico, la falta de confirmación de la recepción mediante el acuse de recibo electrónico una vez transcurrido el plazo de depósito para la notificación o traslado de un documento oficial electrónico que se entregue en persona y cuando se prohíba la notificación o el traslado alternativos, se considerará una negativa injustificada a aceptar el documento electrónico oficial notificado. En tales casos, el documento oficial electrónico se considerará notificado o trasladado el día siguiente a la expiración del plazo de depósito.

Si un documento se notifica o traslada de la manera tradicional según el Código Procesal Civil, la notificación o traslado sustitutivos (ficticios) son similares, independientemente de la forma de notificación, es decir, ya se trate de una notificación ordinaria o en mano. En caso de que la dirección del destinatario esté inscrita en un registro público (en el censo de población para las personas físicas y en el registro mercantil para las personas jurídicas), y se devuelva la carta al órgano jurisdiccional como no notificada, se considerará notificada el día de su reenvío al tribunal. Si una persona física no tiene ninguna dirección registrada en el censo de población, la notificación o el traslado se realizará con un aviso en el tablón de anuncios del órgano jurisdiccional, así como en su página web y la carta se considerará notificada quince días después de su publicación. Esta forma de notificación o traslado sustitutivo no puede utilizarse para notificar o trasladar requerimientos de pago.

7.2 En caso de que se apliquen otros métodos, ¿cuándo se considera que los documentos han sido notificados y trasladados?

Véase el punto 7.1.

7.3 Si uno de estos métodos de notificación y traslado es la consignación de los documentos en un lugar específico (por ejemplo, en una oficina de correos), ¿cómo se informa al destinatario acerca de esa consignación?

No se trata de otro método, sino de una notificación o traslado ordinario a través de una empresa de servicios postales. Si el servicio postal no consigue dar con el destinatario en la dirección facilitada, deja un aviso escrito en el buzón del destinatario informándole de que la carta (certificada o para notificación en mano) se ha depositado en la oficina de correos. El destinatario o la persona autorizada para recibir los documentos puede recogerlos durante un determinado plazo que normalmente es de dieciocho días naturales. El plazo de recogida puede ampliarse a petición del destinatario. Si la carta no se recoge en el tiempo establecido, se considera como no entregable. El servicio postal devuelve las cartas no entregables al remitente.

7.4 ¿Qué ocurre si el destinatario se niega a aceptar la notificación o el traslado de los documentos? ¿Se considera que los documentos han sido notificados y trasladados correctamente si la negativa es ilegítima?

Si el destinatario rechaza recibir un documento sin motivo, se considerará como notificado el día del rechazo. El agente judicial deberá informar al destinatario de ello. Si la notificación o el traslado no se realizan de forma legítima, no producen efectos jurídicos.

8 Notificación o traslado por servicios postales desde el extranjero (artículo 18 del Reglamento sobre notificación y traslado de documentos)

8.1 En caso de que el servicio postal entregue un documento enviado desde otro país a un destinatario en este Estado miembro y sea necesario un acuse de recibo (artículo 18 del Reglamento sobre notificación y traslado de documentos), ¿debe entregar el servicio postal el documento exclusivamente al destinatario de forma personal o puede, de conformidad con la normativa nacional de envíos postales, entregar el documento también a otra persona en la misma dirección?

Si la notificación o traslado ordinario requiere acuse de recibo, el servicio de correos eslovaco (Slovenská pošta, a.s., en calidad de prestador tradicional de servicios postales), solo entregará los documentos si el destinatario o la persona autorizada para recibirlos (en caso de que sea imposible entregárselos al destinatario) presenta un documento de identidad en el momento de la entrega, permite la comprobación del número de su documento de identidad y confirma la recepción del envío. Las personas autorizadas para recibir los envíos dirigidos a una persona física son el/la cónyuge del destinatario y las personas mayores de 15 años que vivan con el destinatario en el mismo domicilio.

Sin embargo, estas personas no pueden recibir los envíos que deban entregarse en mano.

8.2 Según la normativa de envíos postales de este Estado miembro, ¿cómo se puede llevar a cabo la notificación y el traslado de documentos procedentes del extranjero, con arreglo al artículo 18 del Reglamento sobre notificación y traslado de documentos, cuando no se haya localizado en la dirección de la entrega ni al destinatario ni a ninguna otra persona autorizada para recibir el envío (si esto es posible de acuerdo con la normativa nacional de envíos postales; véase más arriba)?

Véase el punto 7.3.

8.3 ¿Fija la oficina de correos un plazo específico para la recogida de los documentos antes de devolverlos al remite como no entregados? En caso afirmativo, ¿cómo se informa al destinatario de que hay correo que debe recoger en la oficina de correos?

Véase el punto 7.3.

9 ¿Queda prueba escrita de que se ha notificado o trasladado el documento?

De conformidad con el Código Procesal Civil, se trata del acuse de recibo que, como justificante de la notificación o el traslado de un documento judicial, tiene la categoría de documento oficial. Los datos que figuran en el acuse de recibo se considerarán verdaderos salvo que se demuestre lo contrario. La parte del proceso que ponga en duda la veracidad de los datos que figuran en el acuse de recibo (que alegue que no se haya respetado el procedimiento legal de notificación o traslado) deberá presentar al órgano jurisdiccional las pruebas de apoyo de sus alegaciones. Si el órgano jurisdiccional notifica un documento directamente o en el marco de un acto de procedimiento, la notificación constará en acta.

La Ley de administración electrónica regula los acuses de recibo electrónicos, que son la confirmación de notificación o traslado en mano de documentos (mensajes oficiales). El destinatario debe confirmar la notificación del mensaje oficial electrónico en forma de acuse de recibo electrónico; la confirmación de la notificación es obligatoria para que el destinatario pueda acceder al contenido del mensaje en su buzón electrónico. El acuse de recibo electrónico indica el día, la hora, el minuto y el segundo de la notificación o traslado del mensaje oficial. Al igual que en los acuses de recibo en papel, los datos que contiene se considerarán verdaderos salvo que se demuestre lo contrario, y también será posible impugnar sus efectos.

10 ¿Qué sucede si algo falla y el destinatario no recibe el documento o la notificación y el traslado se efectúan de forma contraria a la ley (por ejemplo, el documento se notifica o traslada a un tercero)? ¿Se pueden considerar válidos el traslado o la notificación a pesar de ello, es decir, es posible subsanar la irregularidad o se debe volver a intentar la notificación o el traslado?

Véanse los puntos 7.1 y 7.4 para aquellos casos en los que el destinatario del documento no lo reciba.

Si la notificación o traslado se ha efectuado contraviniendo la ley, deberá procederse a una nueva notificación o traslado del documento. La legislación eslovaca no recoge el principio de validación de una notificación inválida. La notificación o traslado de documentos judiciales realizado de alguna manera distinta al procedimiento legal no es jurídicamente válido y no tiene los efectos jurídicos recogidos en la ley.

11 Si el destinatario se niega a aceptar un documento por motivo de la lengua utilizada (artículo 12 del Reglamento de notificación o traslado de documentos) y el órgano jurisdiccional o la autoridad que conocen del asunto resuelven, previo examen, que la negativa no estaba justificada, ¿existe un recurso específico para impugnar dicha decisión?

Ello depende siempre de la ley del órgano jurisdiccional que conoce del asunto. Si el procedimiento tiene lugar ante un órgano jurisdiccional eslovaco y este decide, tras un examen, que la negativa del destinatario a aceptar los documentos no estaba justificada, se considerará que los documentos han sido notificados o trasladados en la fecha en la que fueron rechazados (véase el punto 7.4). Estas decisiones no son susceptibles de recurso.

12 ¿Hay que pagar por la notificación o el traslado de un documento? En caso afirmativo, ¿cuánto? ¿Existe alguna diferencia según si el documento debe notificarse o trasladarse en virtud del Derecho nacional o si la solicitud de notificación o traslado procede de otro Estado miembro? Véase también la notificación efectuada con arreglo al artículo 15 del Reglamento sobre notificación y traslado de documentos, sobre la notificación o el traslado de un documento procedente de otro Estado miembro.

La notificación y traslado de documentos en Eslovaquia con arreglo al artículo 15 está disponible en la sección «Atlas Judicial Europeo en Materia Civil» del Portal Europeo de e-Justicia.

Última actualización: 06/05/2024

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