- 1 ¿Se prevé el «interés legal» en el Estado miembro? En caso afirmativo, ¿cómo se define el «interés legal» en este Estado miembro?
- 2 En caso de que se prevean, ¿cuál es su importe/tipo y su base jurídica? En caso de que se prevean diferentes tipos de interés legal, ¿qué circunstancias y condiciones se aplican?
- 3 Si es necesario, ¿existe más información disponible sobre la manera de calcular los intereses legales?
- 4 ¿Se puede acceder gratuitamente en línea a la base jurídica mencionada?
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1 ¿Se prevé el «interés legal» en el Estado miembro? En caso afirmativo, ¿cómo se define el «interés legal» en este Estado miembro?
En Derecho finlandés, por «interés legal» (lakisääteisellä korolla) se entiende tanto el tipo de interés aplicable a una deuda viva antes de la fecha de vencimiento (interés remuneratorio) como el interés de penalización por mora en el pago (interés moratorio). Ambos tipos de interés legal están regulados por la Ley n.º 633/1982, de intereses (korkolaki). La obligación de pagar intereses remuneratorios o intereses moratorios la establece la Ley de intereses, a menos que indique lo contrario la obligación principal del deudor o una costumbre mercantil o a menos que otra ley establezca lo contrario (artículo 2, apartado 1, de la Ley de intereses).
2 En caso de que se prevean, ¿cuál es su importe/tipo y su base jurídica? En caso de que se prevean diferentes tipos de interés legal, ¿qué circunstancias y condiciones se aplican?
Intereses remuneratorios: el deudor no está obligado a pagar intereses por el período anterior al vencimiento de la deuda (artículo 3, apartado 1, de la Ley de intereses); no obstante, es posible acordar el pago de dichos intereses. Si la obligación de pagar intereses ha sido acordada sin fijar el tipo de interés, el deudor debe pagar un interés anual correspondiente al tipo de referencia mencionado en el artículo 12 de la Ley de intereses (artículo 3, apartado 2, de la Ley de intereses).
En el caso de deudores que sean consumidores, la Ley n.º 38/1978, de protección de los consumidores (kuluttajansuojalaki), contiene disposiciones pormenorizadas sobre los tipos de interés legal, en particular en lo que se refiere a las deudas financieras derivadas de créditos al consumo.
De conformidad con la modificación de la Ley de protección de los consumidores que entró en vigor el 1 de septiembre de 2019, no puede pactarse un tipo de interés superior al 20 % en los contratos de crédito al consumo (capítulo 7, artículo 17 bis, de la Ley de protección de los consumidores). Esta disposición se aplica a los contratos de crédito al consumo celebrados a partir del 1 de septiembre de 2019, sin perjuicio de determinadas excepciones. Antes de la entrada en vigor de la susodicha modificación en septiembre de 2019, regía un tipo de interés máximo vinculado al tipo de interés anual para préstamos (artículo 12 de la Ley de intereses: tipo de referencia más 50 puntos porcentuales), con exclusión de los créditos de al menos 2 000 EUR.
Además, debido a la situación derivada del coronavirus, se realizó una nueva modificación de la Ley de protección de los consumidores por la que se redujo temporalmente el tipo de interés máximo al 10 % en algunos créditos al consumo (capítulo 7, artículo 17 quater, de la Ley de protección de los consumidores). El período de vigencia de esta modificación va desde el 1 de julio de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021.
Los tipos de interés antes mencionados pueden aplicarse paralelamente, en función de aspectos como el tipo de crédito (puntual o línea de crédito) o el momento en que se concedió el crédito puntual o la fecha en que se formalizó la línea de crédito.
Intereses moratorios: por lo que se refiere a los acuerdos que entren dentro del ámbito de aplicación de la Ley n.º 30/2013, de condiciones de pago de los contratos mercantiles (laki kaupallisten sopimusten maksuehdoista), el interés legal de mora es ocho puntos porcentuales superior al tipo de referencia en vigor en el momento en cuestión (artículo 4 bis, apartado 1, de la Ley de intereses), es decir, el tipo actual es del 8 % (dato del otoño de 2020). En relación con otro tipo de acuerdos, el interés legal de mora es siete puntos porcentuales superior al tipo de referencia en vigor en el momento en cuestión (artículo 4 de la Ley de intereses), es decir, actualmente es del 7 % (dato del otoño de 2020).
En cuanto a las deudas de los consumidores, las disposiciones de la Ley de intereses relativas a los intereses moratorios son imperativas; no es posible acordar un tipo moratorio mayor (artículo 2, apartado 2, de la Ley de intereses). Sin embargo, si el interés moratorio resulta ser inferior que el interés remuneratorio, debe pagarse en concepto de interés moratorio la cuantía del interés remuneratorio. No obstante, cuando la deuda corresponda a un contrato de crédito al consumo, solo se puede pagar en concepto de interés moratorio la cuantía del interés remuneratorio por un período máximo de 180 días a contar desde la fecha en que la deuda sea plenamente exigible. Si la resolución judicial sobre la deuda se dicta antes de que venza dicho plazo, se paga en concepto de interés moratorio la cuantía del interés remuneratorio antes de la fecha de la sentencia (artículo 4, apartado 2, de la Ley de intereses).
Si no se trata de deudas de consumo, es posible acordar el tipo de interés de mora. No obstante, en los contratos que entren dentro del ámbito de aplicación de la Ley de condiciones de pago de los contratos mercantiles, no es posible acordar que el acreedor no tenga derecho a cobrar intereses moratorios; si el deudor es una entidad contratante, no es posible acordar un tipo de interés de mora inferior al fijado con arreglo al artículo 4 bis, apartado 1, de la Ley de intereses (artículo 8 de la Ley de condiciones de pago de los contratos mercantiles). En el caso de los pagos que entren dentro del ámbito de aplicación de la Ley de condiciones de pago de los contratos mercantiles, si el interés moratorio resulta ser inferior que el interés remuneratorio, debe pagarse en concepto de interés moratorio la cuantía del interés remuneratorio (artículo 4 bis, apartado 2, de la Ley de intereses).
3 Si es necesario, ¿existe más información disponible sobre la manera de calcular los intereses legales?
El tipo de referencia mencionado en la Ley de intereses es el tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su operación principal de financiación más reciente realizada antes del primer día natural de cada semestre, redondeado al medio punto porcentual más cercano (artículo 12 de la Ley de intereses).
4 ¿Se puede acceder gratuitamente en línea a la base jurídica mencionada?
Puede consultarse una traducción no oficial al inglés de la Ley de intereses aquí.
Las versiones finesa y sueca de la Ley pueden consultarse aquí.
La Ley de condiciones de pago de los contratos mercantiles puede consultarse en finés y sueco aquí.
La Ley de protección de los consumidores puede consultarse en finés y sueco aquí.
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