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1 ¿Existe un procedimiento específico para las demandas de escasa cuantía?
La legislación polaca dispone de un procedimiento simplificado, que se rige por los artículos 505.1 a 505.14 del Código de Procedimiento Civil (kodeks postępowania cywilnego).
El procedimiento simplificado racionaliza y optimiza los procedimientos probatorios y de apelación mediante la agilización y la simplificación de los procedimientos judiciales y mediante la introducción de requisitos formales más exigentes para las partes, que están obligadas a actuar de forma disciplinada al emprender acciones.
El Código de Procedimiento Civil polaco incorpora el proceso europeo de escasa cuantía. Dicho proceso se establece en el Reglamento (CE) n.º 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, por el que se establece un proceso europeo de escasa cuantía, con el fin de racionalizar y simplificar los procesos civiles y mercantiles. El Reglamento se aplica en todos los Estados miembros de la UE excepto en Dinamarca y fue incorporado a la legislación polaca mediante los artículos 505.21 a 505.27a del Código de Procedimiento Civil.
1.1 Ámbito del procedimiento, cuantía máxima
El procedimiento simplificado se utiliza en los casos siguientes, competencia de los tribunales de distrito (sądy rejonowe):
- las demandas con base en contratos, cuando la cuantía de las mismas no supere los 20 000 PLN, y las demandas con base en garantías o garantías de calidad o las demandas derivadas de la falta de conformidad de los bienes de un contrato de compraventa de bienes de consumo, siempre que el valor del objeto del contrato no supere ese importe;
- las demandas de pago de alquileres de viviendas y de gastos pagaderos por el arrendatario, así como de la renta por el derecho uso de una vivienda de una cooperativa de viviendas, independientemente del valor de la demanda.
En virtud de la jurisprudencia del Tribunal Supremo (Sąd Najwyższy), las demandas por incumplimiento o cumplimiento parcial de una obligación deberán tramitarse con arreglo al procedimiento simplificado solo si el valor de la demanda no supera los 20 000 PLN. Si el demandante reclama un importe inferior a 20 000 PLN que constituye el importe pendiente de una demanda que ya se ha satisfecho por importe superior a 20 000 PLN, dicha reclamación también se tramitará con arreglo al procedimiento simplificado. La expresión «con base en contratos» excluye del procedimiento simplificado las demandas derivadas de actos ilícitos, de enriquecimiento injusto y de derechos de propiedad, comunidades de propietarios o comunidad de bienes, o de otros derechos de propiedad cuya adquisición o ejercicio da lugar a una obligación de pago. Las demandas derivadas de actos jurídicos distintos a los contratos tampoco pueden tramitarse con arreglo a este procedimiento: los actos jurídicos unilaterales, los actos que traspasan los límites de un mandato, las legítimas y las obligaciones resultantes de una decisión administrativa o directamente de disposiciones legales.
El procedimiento simplificado se puede aplicar a litigios que en los que participen personas físicas y personas jurídicas o empresas, trabajadores por cuenta ajena y empleadores. En principio, la aplicación de este procedimiento no está limitada por el tipo de sujeto. Esto significa que los asuntos relacionados con el personal o los asuntos económicos pueden tramitarse con arreglo al procedimiento simplificado.
El proceso europeo de escasa cuantía es competencia de los tribunales de distrito y de los tribunales provinciales (sądy okręgowe), así como de los funcionarios de justicia de acuerdo con la competencia territorial especificada en el Código de Procedimiento Civil (artículo 16 leído en relación con los artículos 17 y 505.22).
De acuerdo con el Reglamento mencionado anteriormente, el proceso europeo de escasa cuantía se aplica a asuntos civiles y mercantiles (incluidos los asuntos relativos a los consumidores), cuando el valor de la demanda, excluidos los intereses, gastos y costas, no rebase los 5 000 EUR en el momento en que el órgano jurisdiccional competente reciba el formulario de demanda.
1.2 Inicio del procedimiento
En virtud del artículo 505.3, los procesos que se tramiten con arreglo al procedimiento simplificado no pueden versar sobre más de una demanda. Cuando existen varias demandas, pueden combinarse en una sola si derivan de un mismo contrato o de contratos del mismo tipo. Si las demandas se combinan de forma ilícita en una única demanda, el magistrado presidente ordenará la devolución de la demanda en virtud del artículo 130.1 del Código de Procedimiento Civil. Si el demandante reivindica una parte de una reclamación, el asunto se tramitará con arreglo al procedimiento simplificado si este fuere apropiado para toda la demanda basándose en los hechos invocados por el demandante. Las demandas no se pueden cambiar con arreglo al procedimiento simplificado, si bien se admiten las reconvenciones y las compensaciones. La demanda de reconvención y la excepción de compensación son admisibles si las reclamaciones pueden ser examinadas por el procedimiento simplificado. No se permiten las tercerías, las notificaciones a terceras partes y las subrogaciones de las partes.
Los asuntos se tramitarán con arreglo al procedimiento simplificado independientemente de la voluntad de las partes, es decir, se trata de un procedimiento de carácter obligatorio.
1.3 Formularios
De acuerdo con el Código de Procedimiento Civil (artículo 505.2 leído en relación con el artículo 125, apartado 2), todos los escritos procesales de las partes, en particular, las demandas, los escritos de contestación, las solicitudes de anulación de sentencias en rebeldía o de escritos procesales que contengan elementos probatorios aportados durante el procedimiento simplificado, deberán presentarse conforme a los formularios oficiales.
Los formularios oficiales están disponibles en las oficinas municipales, las oficinas judiciales y en la página web del Ministerio de Justicia (http://bip.ms.gov.pl/pl/formularze). La no utilización del formulario exigido constituye una irregularidad formal.
De acuerdo con las disposiciones generales del Código de Procedimiento Civil (artículo 130), si se presenta un escrito procesal sin utilizar el formulario oficial correspondiente o no puede tramitarse porque no se han cumplido otros requisitos formales, el magistrado que presida devolverá dicho procesal a la parte para que subsane las irregularidades en el plazo de una semana. Esta solicitud de subsanación deberá especificar todas las irregularidades que se hayan encontrado en el escrito. Si la parte no acata la solicitud antes de que expire el plazo o si presenta de nuevo un escrito procesal irregular, el magistrado que presida ordenará la devolución del escrito procesal.
El proceso europeo de escasa cuantía incluye cuatro formularios normalizados, que se adjuntan como anexos del Reglamento antes mencionado. Estos formularios son: el formulario de demanda, el formulario para la solicitud del órgano jurisdiccional de que se complete o rectifique el formulario de demanda, el formulario de contestación y el certificado relativo a una sentencia dictada en el proceso europeo de escasa cuantía.
1.4 Asistencia
El principio de concentración se aplica a los medios de prueba en el procedimiento simplificado. El tribunal desestimará las alegaciones, declaraciones y peticiones de admisión de pruebas que las partes realicen después de presentar una demanda, una reconvención o una solicitud de anulación de sentencia en rebeldía o tras concluir la primera sesión de una vista (principio de preclusión), a menos que la parte demuestre que no pudieron o no era necesario realizarlas antes (a discreción del juez). Esto se debe a lo sumario del procedimiento simplificado. Si el tribunal concluye que es imposible o muy difícil probar de manera concluyente el importe de una demanda, podrá determinar discrecionalmente un importe adecuado en la sentencia, tras considerar todos los hechos del asunto. Si el tribunal concluye que el asunto es especialmente complejo o que se requieren unos conocimientos específicos para resolverla, dicho asunto se tramitará con arreglo al procedimiento ordinario. El tribunal podrá citar a testigos y a otras personas en la manera que considere más apropiada para minimizar los costes proceso. Con el final de agilizar el procedimiento simplificado, no se admiten los dictámenes periciales (artículo 505.6).
1.5 Reglas relativas a la obtención de pruebas
El principio de concentración se aplica a los medios de prueba en el procedimiento simplificado. El tribunal desestimará las alegaciones, declaraciones y peticiones de admisión de pruebas que las partes realicen después de presentar una demanda, una reconvención o una solicitud de anulación de sentencia en rebeldía o tras concluir la primera sesión de una vista (principio de preclusión), a menos que la parte demuestre que no pudieron o no era necesario realizarlas antes (a discreción del juez). Si el tribunal concluye que es imposible o muy difícil probar de manera concluyente el importe de una demanda, podrá determinar discrecionalmente un importe adecuado en la sentencia, tras considerar todos los hechos del asunto. Si el tribunal concluye que el asunto es especialmente complejo o que se requieren unos conocimientos específicos para resolverla, dicho asunto se tramitará con arreglo al procedimiento ordinario. El tribunal podrá citar a testigos y a otras personas en la manera que considere más apropiada para minimizar los costes proceso. Con el final de agilizar el procedimiento simplificado, no se admiten los dictámenes periciales (artículo 505.6).
1.6 Procedimiento escrito
Por regla general, el procedimiento simplificado es un procedimiento escrito. La mayor parte de las solicitudes formuladas por las partes deberán presentarse en formularios oficiales especiales. Sin embargo, el procedimiento simplificado también contempla la presentación de solicitudes de manera verbal. Una parte puede solicitar que, justo después de que se pronuncie la sentencia, se explique la motivación de la misma (artículo 505.8). Las partes que estén presentes cuando se dicte sentencia pueden renunciar a su derecho de recurso mediante la presentación de una declaración justo después de que se dicte la sentencia. Si todas las personas con legitimación procesal para recurrir renuncian a este derecho, la sentencia adquirirá carácter firme y vinculante.
El proceso europeo de escasa cuantía es un proceso escrito (artículo 125, apartado 2, leído en relación con el artículo 505.21 del Código de Procedimiento Civil).
1.7 Contenido de la decisión
Si el tribunal concluye que el asunto es especialmente complejo o que se requieren unos conocimientos específicos para resolverlo, entonces, en virtud del artículo 505.7 del Código de Procedimiento Civil, el tribunal tramitará el asunto con arreglo al procedimiento ordinario. En ese caso, no se cobrará ninguna tasa adicional. El asunto será tramitado por el tribunal que conoció de él en primer lugar, con arreglo a un procedimiento apropiado distinto al procedimiento simplificado. La decisión a la que alude el artículo 505.7 se formula por medio de un resolución judicial durante la vista y es inapelable.
1.8 Reembolso de gastos
Los demandantes deben pagar una tasa para presentar una demanda en el procedimiento simplificado, como ocurre en el procedimiento ordinario. Sin embargo, las tasas para las demandas presentadas en el procedimiento simplificado se rigen por reglas diferentes, en concreto, por el artículo 28 de la Ley de tasas judiciales, de 28 de julio de 2005 (asuntos civiles). Dicho artículo establece unas tasas fijas según el importe de la demanda o el objeto del contrato. Estas son las tasas que se imponen en función de los importes siguientes:
- hasta 2 000 PLN: una tasa de 30 PLN;
- entre 2 000 PLN y 5 000 PLN: una tasa de 100 PLN;
- entre 5 000 PLN y 7 500 PLN: una tasa de 250 PLN;
- más de 7 500 PLN: una tasa de 300 PLN.
En el procedimiento simplificado, las costas se reparten entre las partes de acuerdo con las normas generales establecidas en los artículos 98 a 110 del Código de Procedimiento Civil. Según el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, la parte perdedora debe reembolsar a la otra parte las costas asociadas con el ejercicio de los derechos de defensa. El tribunal impone el pago de las costas en sentencia para cada caso concreto.
1.9 Posibilidades de recurso
Las sentencias pronunciadas con arreglo al Reglamento pueden recurrirse ante los tribunales de apelación. Si la sentenció la ha dictado un tribunal de distrito, el recurso se presenta ante ese tribunal y lo resuelve el tribunal provincial, y si la sentencia la ha dictado un tribunal provincial, el recurso se presenta ante ese tribunal y lo resuelve un tribunal de apelación (sąd apelacyjny) (artículos 367 y 369 del Código de Procedimiento Civil, leídos en relación con los artículos 505.26 y 505.27).
Si se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento, el tribunal dicta una sentencia en rebeldía. El demandado puede recurrir una sentencia en rebeldía ante el tribunal que la ha dictado. Si el resultado de un litigio es desfavorable, el demandante puede recurrir con arreglo a las normas generales (artículo 339, apartado 1, artículo 342 y artículo 344, apartado 1, del Código de Procedimiento Civil).
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