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1 ¿Existe un procedimiento específico para las demandas de escasa cuantía?
No existe un proceso específico para litigios de escasa cuantía, que se rigen por las disposiciones generales sobre el proceso civil. No se celebran vistas para las demandas cuya cuantía no supere los 2 000 EUR y que requieran únicamente una evaluación simple.
1.1 Ámbito del procedimiento, cuantía máxima
El procedimiento se rige por las disposiciones generales sobre el proceso civil.
1.2 Inicio del procedimiento
El procedimiento se inicia mediante demanda, siguiéndose los trámites habituales para todo tipo de demanda por la que se incoa un proceso.
1.3 Formularios
No se exigen formularios específicos.
1.4 Asistencia
Las partes reciben asistencia con arreglo a la obligación general que incumbe a los órganos jurisdiccionales de informar a las partes sobre sus derechos y obligaciones procesales en todo momento, así como sobre la posibilidad de optar ya sea por designar abogado o por recurrir al Centro de Asistencia Jurídica Gratuita (Centrum právnej pomoci).
https://www.centrumpravnejpomoci.sk
1.5 Reglas relativas a la obtención de pruebas
El procedimiento se rige por las disposiciones generales sobre el proceso civil.
1.6 Procedimiento escrito
Suele coincidir con el de otros procesos civiles.
1.7 Contenido de la decisión
Suele coincidir con el de otros procesos civiles.
1.8 Reembolso de gastos
Suele coincidir con el de otros procesos civiles.
El órgano jurisdiccional ordenará el reembolso de las costas procesales a una de las partes, según se resuelva el litigio. Si la demanda de una de las partes solo fuere estimada parcialmente, el órgano jurisdiccional ordenará un reembolso a prorrata o determinará que ninguna de las partes tiene derecho al reembolso de las costas. Si una de las partes fuere responsable del archivo de las actuaciones, el órgano jurisdiccional ordenará el reembolso de las costas a la otra parte. Cuando una de las partes sea responsable de costas procesales en las que, de otro modo, no se hubiese incurrido, el órgano jurisdiccional ordenará el reembolso de dichas costas a la otra parte. En casos excepcionales, y por motivos que requieran una consideración especial, el órgano jurisdiccional podrá decidir que no se proceda al reembolso de costas procesales.
1.9 Posibilidades de recurso
Las partes tendrán la opción de interponer un recurso de apelación contra una sentencia según los trámites habituales para los procedimientos civiles. El recurso de apelación podrá presentarse ante el órgano jurisdiccional que haya dictado la resolución recurrida en un plazo de 15 días desde su notificación.
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