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1 ¿Existe un procedimiento específico para las demandas de escasa cuantía?
La legislación eslovena contempla un procedimiento especial para las reclamaciones de pequeña cuantía, regulado en el capítulo 30 de la Ley de Procedimiento Civil (Zakon o pravdnem postopku, ZPP).
1.1 Ámbito del procedimiento, cuantía máxima
De acuerdo con esta Ley, se consideran de pequeña cuantía los litigios cuya pretensión no exceda de 2 000 EUR. En los litigios mercantiles, esta cuantía asciende a 4 000 EUR. Las reclamaciones de pequeña cuantía incluyen también las de naturaleza no dineraria en las que el demandante manifiesta su voluntad de aceptar una cantidad de dinero no superior a 2 000 EUR (4 000 EUR en los litigios mercantiles) como satisfacción de su reclamación y las que tienen por objeto la entrega de bienes muebles, si la cuantía declarada por el demandante no excede de las cantidades anteriormente citadas. Las reclamaciones de pequeña cuantía no incluyen las relativas a la propiedad, los derechos de autor, la protección o el uso de las invenciones, marcas y nombres comerciales, la protección de la competencia y la ocupación ilegal.
1.2 Inicio del procedimiento
La aplicación del procedimiento se expone en el punto 1.1. Los procedimientos de pequeña cuantía se celebran ante los órganos jurisdiccionales locales (okrajno sodišče), excepto los de naturaleza mercantil, que corresponden a los de distrito (okrožno sodišče).
1.3 Formularios
Se han preparado formularios únicamente para los procedimientos de pequeña cuantía iniciados por una parte sobre la base de un documento auténtico. El formulario cumplimentado puede presentarse por medios electrónicos en la siguiente dirección https://evlozisce.sodisce.si/esodstvo/index.html. Se trata de un procedimiento de ejecución basado en un documento auténtico que, tras la presentación de una reclamación debidamente formalizada, continúa como una oposición a una orden de pago. Salvo este caso, no hay formularios preparados para facilitar el inicio de un litigio.
Puede obtenerse más información sobre las posibilidades de presentación de demandas por medios electrónicos en el apartado de «Tramitación automática».
1.4 Asistencia
Las partes pueden solicitar asistencia jurídica gratuita si reúnen los requisitos establecidos en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita (Zakon o brezplačni pravni pomoči, ZBPP).
1.5 Reglas relativas a la obtención de pruebas
En los procedimientos de pequeña cuantía, el demandante debe exponer todos los hechos y aportar las pruebas en la demanda, y el demandado está obligado a hacer otro tanto en su respuesta a la misma. Cada parte puede presentar una alegación preparatoria. No se tendrán en cuentan los hechos y las pruebas presentados en alegaciones escritas en fecha posterior. El plazo para la presentación de la contestación a la demanda y las alegaciones preparatorias es de ocho días.
1.6 Procedimiento escrito
El procedimiento se realiza en forma escrita. El órgano jurisdiccional puede limitar el plazo y el ámbito del procedimiento de prueba y conducir el procedimiento a su discreción para equilibrar la adecuada protección de los derechos de las partes con el objetivo de acelerar el procedimiento y reducir sus costes.
1.7 Contenido de la decisión
La sentencia suele pronunciarse inmediatamente después de la vista principal. La sentencia escrita debe incluir una parte introductoria, un fallo, una exposición de los fundamentos de hecho y de derecho y una mención de las vías de recurso. El órgano jurisdiccional puede dictar sentencia (por escrito) con una explicación pormenorizada de los fundamentos de la misma o con una explicación resumida de dichos fundamentos.
1.8 Reembolso de gastos
Las costas del procedimiento se imponen a la parte perdedora, que debe abonar los costes soportados por la parte ganadora.
1.9 Posibilidades de recurso
Las partes pueden recurrir la sentencia de primera instancia o la resolución que ponga fin al procedimiento de pequeña cuantía en el plazo de ocho días. Las sentencias y resoluciones solo pueden impugnarse por infracción grave del procedimiento del párrafo segundo del artículo 339 de la ZPP y por infracción de la ley sustantiva. En los procedimientos mercantiles, solo puede recurrir la sentencia la parte que haya anunciado su propósito de hacerlo. No hay proceso de revisión y están tasados los motivos por los que puede ordenarse la repetición del procedimiento.
Enlaces relacionados
http://www.dz-rs.si/wps/portal/Home/deloDZ/zakonodaja/preciscenaBesedilaZakonov
http://www.sodisce.si/
https://www.uradni-list.si/glasilo-uradni-list-rs
http://www.pisrs.si/Pis.web/
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