Insolvencia y quiebra

Grecia
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European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Contra quién puede incoarse un procedimiento de insolvencia?

Se puede iniciar un procedimiento concursal contra comerciantes y asociaciones de personas con personalidad jurídica que persigan un objetivo económico.

2 ¿Cuáles son las condiciones para la apertura de un procedimiento de insolvencia?

Para incoar un procedimiento, el propio deudor, un acreedor con interés legítimo o el fiscal del tribunal de primera instancia deberán presentar la solicitud (eisangeléas protodikón) si hay consideraciones de interés público. Requisitos para incoar un procedimiento: a) cuando la solicitud se haya presentado por parte de un acreedor, el deudor deberá estar en situación de suspensión de pagos; b) cuando la solicitud se haya presentado por parte del deudor, bastará con la probabilidad de que sea incapaz de pagar sus deudas. El tribunal establecerá la fecha de suspensión de pagos, que no podrá ser superior a dos años antes de la fecha de publicación de la resolución. El presidente del tribunal, a petición de cualquier persona que tenga interés legítimo, podrá ordenar cualquier medida que se estime necesaria para prevenir cambios en los bienes del deudor que puedan ser perjudiciales para los acreedores. Tales medidas dejarán de aplicarse automáticamente cuando se dicte la resolución que declare el concurso.

3 ¿Qué bienes forman parte de la masa del deudor? ¿Cómo se tratan los activos que son adquiridos por el deudor o que se le transfieren tras la apertura del procedimiento de insolvencia?

La masa concursal (ptocheutikí periousía) incluye todos los bienes que sean propiedad del deudor, independientemente de dónde se encuentren en la fecha en que se efectúa la declaración de concurso. Ello no incluye a) los bienes inembargables, tales como los bienes que son absolutamente necesarios para la subsistencia básica del deudor y su familia, ni bienes que el deudor necesite para poder trabajar con el fin de subsistir, o b) cualquier bien excluido en virtud de disposiciones legislativas específicas. No incluye tampoco ningún bien adquirido por el deudor después de la declaración de concurso.

4 ¿Qué competencias tienen el deudor y el administrador concursal, respectivamente?

Con efectos a partir de la declaración de concurso, el insolvente pierde la capacidad de gestionar sus bienes, es decir, de administrarlos y disponer de ellos. Cualquier acto de gestión por parte del deudor sin que medie consentimiento del administrador concursal (sýndikos) será inejecutable. El administrador será quien gestione los bienes. Solo en los casos excepcionales que establezca la ley, el deudor podrá ocuparse de la gestión de sus propios bienes. El administrador designado deberá ser un abogado con al menos cinco años de experiencia. El juez ponente del tribunal (eisigitís dikastís) supervisará el trabajo del administrador. Algunos de los actos del administrador requieren la autorización del tribunal que conoce del procedimiento concursal (el «tribunal concursal», ptocheutikó dikastírio). La responsabilidad última en la dirección del procedimiento concursal corresponde al tribunal concursal.

5 ¿En qué condiciones pueden reclamarse las compensaciones?

Una declaración de concurso no afecta al derecho del acreedor a alegar una compensación contra una demanda de reconvención del deudor, siempre que se reúnan las condiciones de compensación antes de la declaración de concurso. Cualquier prohibición de compensación también será aplicable al concurso.

6 ¿Qué efectos tienen los procedimientos de insolvencia sobre los contratos en curso de los que el deudor es parte?

Cualquier contrato bilateral que esté pendiente de cumplimiento en la fecha de la declaración de concurso, y del que el deudor sea parte permanecerá en vigor, salvo que el Código concursal disponga lo contrario. Tras obtener la autorización del juez ponente, el administrador tiene derecho a cumplir cualquier contrato pendiente y exigir a las contrapartes el cumplimiento. Cualquier contrato de carácter duradero permanecerá en vigor, salvo que la ley especifique lo contrario. Los contratos financieros quedan excluidos. Las disposiciones del régimen concursal no afectan al derecho de resolución de conformidad con la ley o el contrato. La declaración de concurso permite justificar la terminación de los contratos de carácter personal de los que el deudor es parte. El administrador podrá transferir una relación contractual en la que el deudor es la contraparte de un tercero. Las relaciones laborales terminan tras una declaración de concurso.

7 ¿Qué efectos tiene un procedimiento de insolvencia sobre los procedimientos incoados por acreedores individuales (con excepción de los procesos en curso)?

Tras una declaración de concurso, se suspenden automáticamente todos los procedimientos a instancia de acreedores individuales contra el deudor para satisfacer sus pretensiones o cobrar sus créditos en el ámbito de aplicación de la insolvencia, sin perjuicio de las disposiciones de los acreedores garantizados, para los cuales la suspensión no se aplicará a las garantías que formen parte de la masa concursal. No obstante, se podrá aplicar una suspensión de algunos meses a aquellos acreedores sujetos a determinadas condiciones. En concreto, tras la declaración de concurso, están prohibidos los siguientes actos: proseguir las acciones, interponer demandas declarativas o de condena, continuar con dichas demandas, interponer o conocer de apelaciones, y dictar decretos de carácter administrativo o fiscal, o ejecutarlos sobre los bienes de la masa concursal.

8 ¿Qué efectos tiene un procedimiento de insolvencia sobre la continuación de los procesos en curso en el momento de la apertura de dicho procedimiento de insolvencia?

El administrador proseguirá con todos los procesos judiciales pendientes que pueda haber en la fecha de la declaración de concurso en los que el deudor sea el acreedor. Si él es el deudor, los procesos judiciales se suspenderán y se seguirá con el procedimiento de presentación y verificación.

9 ¿Cuáles son los principales elementos de la participación de los acreedores en el procedimiento de insolvencia?

Los acreedores deberán presentar sus demandas contra el deudor en el Registro de Resoluciones Concursales (grammatéas ton ptocheúseon). Todos los acreedores, independientemente de los privilegios o garantías, incluyendo aquellos cuyas reclamaciones son condicionales, forman la junta de acreedores (synéleusi ton pistotón). La primera reunión se convoca en la sentencia que declare el concurso. La junta podrá elegir a un comité de acreedores de tres miembros (epitropí pistotón), que podrá, a su vez, designar a un representante común para todos los miembros. El comité de acreedores de tres miembros supervisará el desarrollo de los procedimientos concursales.

10 ¿De qué forma puede el administrador concursal utilizar o enajenar bienes de la masa?

Al concluir el inventario de los bienes muebles e inmuebles del deudor, el administrador podrá consultar al juez ponente y pedir permiso para vender bienes o bienes muebles incluidos en la masa, pero solo para satisfacer las necesidades actuales. Solamente tras concluir la verificación de los acreedores, y siempre que no se acepte o ratifique un plan de reorganización de la empresa, o si dicha aceptación o ratificación se cancela, el administrador podrá liquidar los bienes del deudor y distribuir los ingresos a los acreedores disponiendo de la empresa como un todo o de sus bienes de forma individual. Se puede disponer de los bienes inmuebles del deudor únicamente con la autorización del tribunal concursal, concedida a una petición del administrador y a partir de un informe del juez ponente.

11 ¿Qué créditos deben reconocerse en la masa del deudor y qué tratamiento tienen los créditos nacidos después de la apertura del procedimiento de insolvencia?

Todos los acreedores del deudor podrán presentar sus reclamaciones y entregar sus documentos en el Registro de Resoluciones Concursales sin importar si sus créditos son privilegiados o si están o no garantizados mediante garantías reales. Los acreedores incluidos en los procedimientos de insolvencia son aquellos que, en la fecha de la declaración de concurso, tienen un derecho pecuniario contractual frente al deudor que se ha generado previamente y que se puede reclamar ante un órgano jurisdiccional. No se puede presentar ningún crédito generado después de la apertura del procedimiento de insolvencia. Las costas procesales del administrador, las incurridas para la gestión de la masa, la remuneración del administrador y cualquier crédito sobre la masa (omadiká pistómata) se deducirán previamente, después de la decisión de liquidar la masa concursal, y se satisfarán antes de proceder al pago de los acreedores del deudor según el orden de prelación.

12 ¿Qué normas rigen el reconocimiento, verificación y admisión de los créditos?

Los créditos se deben presentar por escrito en el Registro de Resoluciones Concursales, especificando su tipo, causa, fecha de generación, etc., dentro del plazo de un mes desde la fecha de publicación de la sentencia que declare la insolvencia en el Boletín de Noticias Jurídicas de la Caja de Abogados (Deltío Dikastikón Dimosieúseon tou Tameíou Nomikón). Aun cuando haya vencido el plazo de presentación anteriormente mencionado, el acreedor podrá presentar un escrito de oposición (anakopí) y una petición para que el tribunal de insolvencia verifique su crédito. Lo siguiente se aplica para la verificación: a) se lleva a cabo por el administrador en presencia del juez ponente tres días después de que se establezca el plazo de vencimiento para presentar créditos; b) un acreedor cuyo crédito se está verificando podrá ocuparse de la verificación de forma personal o a través de un tercero debidamente autorizado; c) la verificación se lleva a cabo comparando los documentos del acreedor con los libros y documentos del deudor; d) el juez ponente elabora un informe sobre la verificación de los acreedores; e) en caso de duda, el juez ponente decidirá si se admite el crédito, pudiendo admitirlo de forma provisional; f) el deudor, el administrador y los acreedores cuyos créditos se han aceptado previamente podrán formular objeciones durante la verificación. No existe un sitio web ad hoc que facilite impresos específicos para el procedimiento mencionado. No obstante, hay impresos específicos disponibles en el Registro de Resoluciones Concursales en el tribunal de primera instancia (protodikeío).

13 ¿Qué normas rigen la distribución de los créditos? ¿Qué prelación tienen los créditos y los derechos de los acreedores?

Cuando se ha tomado la decisión de liquidar la masa concursal, el administrador, sin dilaciones indebidas, elabora una lista de distribución y la entrega al juez ponente. Este último declarará la lista ejecutable y la publicará en su oficina. En la distribución se tendrán en cuenta los siguientes privilegios generales: i) los créditos que resulten de todo tipo de financiación que se haya proporcionado con el fin de mantener en funcionamiento la actividad del deudor; ii) las deudas para el tratamiento médico del deudor y los gastos funerarios; iii) los créditos para el suministro de los alimentos básicos; iv) las deudas contraídas con los empleados con respecto a su empleo, los honorarios de abogados; v) las deudas contraídas con los agricultores; vi) las deudas contraídas con el Estado heleno y las autoridades locales; vii) las deudas contraídas con el fondo de garantía (synengyitikó), y los privilegios específicos de acreedores, tales como créditos privilegiados sobre un bien mueble o inmueble del deudor o sobre una cantidad de dinero. Cuando se dé una concurrencia de privilegios en el caso de ingresos por la enajenación de un bien o una cantidad de dinero, las disposiciones correspondientes del Código de Procedimiento Civil aplican mutatis mutandis.

14 ¿Qué condiciones y efectos tiene la conclusión de los procedimientos de insolvencia (en particular mediante convenio)?

El deudor y el administrador deberán entregar un plan de reorganización al tribunal de insolvencia. El plan debe incluir información sobre la capacidad financiera del deudor y la propuesta de satisfacción de los acreedores, una descripción de las medidas que se van a tomar como los cambios organizativos y los planes de negocios, la formación de derechos y la clasificación general de cada acreedor, etc. El tribunal concursal procederá, de oficio y de forma preliminar, al examen del plan en un plazo de veinte días desde su presentación, y podrá rechazarlo por los motivos específicos establecidos por ley. Si el tribunal no rechaza el plan, este establece un plazo no inferior a tres meses para que los acreedores lo acepten o no, y una fecha en la que los acreedores tienen que reunirse. La deliberación y el voto relativo al plan tienen lugar en presencia del juez ponente. Se requiere una mayoría especial para aceptar el plan. Tras la aceptación del plan de reorganización de la empresa por parte de los acreedores, se entrega al tribunal para su ratificación. Después de que se dicte una sentencia firme de aprobación del plan, esta pasa a ser vinculante para todos los acreedores, independientemente de la jerarquía y de si han presentado o no sus créditos. Se pone fin al procedimiento concursal. Los acreedores podrán interponer recursos de forma individual.

15 ¿Qué derechos tienen los acreedores tras la conclusión del procedimiento de insolvencia?

Tras la declaración de conclusión del concurso, se pone fin al desapoderamiento del deudor, que vuelve a poder administrar sus bienes, y los acreedores pueden nuevamente iniciar procedimientos de forma individual. En concreto, los procedimientos concursales se terminan tras la liquidación de los bienes; el administrador presentará un informe en el plazo de un mes.

16 ¿Quién asume las costas y los gastos en los que se incurre en los procedimientos de insolvencia?

Las costas y gastos de los procedimientos concursales se cargan a la masa concursal.

17 ¿Cuáles son las normas relativas a la nulidad, anulación o inoponibilidad de los actos perjudiciales para el conjunto de los acreedores?

Cualquier acto realizado por el deudor en el periodo comprendido entre la suspensión de pagos y la declaración de concurso (el «período de sospecha», ýpopti períodos) que sea perjudicial para el conjunto de acreedores podrá ser revocado (actos sujetos a la revocación potencial, práxeis dynitikís anáklisis) o deberá ser revocado (actos sujetos a la revocación obligatoria, práxeis ypochreotikís anáklisis) de conformidad con los términos y condiciones establecidos en ley concursal. El administrador y, bajo determinadas condiciones, el acreedor, podrán interponer un recurso de revocación ante el tribunal concursal. Cualquiera que haya adquirido alguno de los bienes del deudor sobre la base de un acto revocado deberá devolverlo a la masa concursal.

Última actualización: 13/02/2018

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