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Divorcio y separación legal

Austria
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European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Cuáles son los requisitos para obtener el divorcio?

En Derecho austriaco, se reconocen tres tipos de divorcio: el divorcio motivado por el incumplimiento de un deber matrimonial, el ocasionado por el cese de la convivencia conyugal desde al menos tres años y el divorcio de mutuo acuerdo.

Uno de los cónyuges puede solicitar el divorcio si el otro ha incumplido gravemente un deber matrimonial o ha incurrido en un comportamiento deshonroso e inmoral que ha desestabilizado el matrimonio de modo que no quepa esperar de forma razonable que pueda restablecerse la convivencia inherente a la vida conyugal.

Si la convivencia conyugal ha cesado desde hace tres años, cualquiera de los cónyuges puede solicitar el divorcio alegando la ruptura irreparable del matrimonio.

Los cónyuges pueden solicitar de mutuo acuerdo el divorcio siempre y cuando el cese de la convivencia conyugal haya tenido lugar al menos seis meses antes y ambos reconozcan que la ruptura matrimonial es inevitable y se muestren plenamente de acuerdo en iniciar los trámites de divorcio.

2 ¿Cuáles son las causas de divorcio?

El principal motivo de divorcio es la existencia de desavenencias irreparables en la convivencia conyugal. Dichas desavenencias pueden estar motivadas por el incumplimiento grave de alguno de los deberes matrimoniales por parte de uno de los cónyuges, sobre todo adulterio o malos tratos físicos o psicológicos graves. También puede ser causa de divorcio el propio comportamiento, aun cuando no pueda considerarse un incumplimiento, si es resultado de una enfermedad mental o una discapacidad comparable que haya desestabilizado el matrimonio del tal modo que no quepa esperar de forma razonable que pueda restablecerse la convivencia conyugal. Del mismo modo, cualquiera de los cónyuges puede solicitar el divorcio si su pareja padece una enfermedad contagiosa o que le genere rechazo. En cualquiera de los casos expuestos, el cónyuge que solicita el divorcio tiene la obligación de demostrar la veracidad de los motivos alegados. Si el cese de la convivencia conyugal se ha producido hace más de tres años, no es preciso alegar o probar la existencia de una falta.

3 Efectos jurídicos del matrimonio en:

3.1 las relaciones personales entre los cónyuges (por ejemplo, apellidos)

En principio, ambos cónyuges pueden conservar el apellido que han utilizado durante el matrimonio. No obstante, si uno de los cónyuges ha adoptado el apellido del otro, tiene la posibilidad de recuperar su apellido de soltero/a.

3.2 el reparto de los bienes entre los cónyuges

Los cónyuges poseen, en principio, plena libertad para determinar por consenso qué destino desean dar a su patrimonio. En este contexto, cabe la posibilidad de que se produzca una renuncia mutua (en cuyo caso, el régimen de separación de bienes vigente durante el matrimonio queda intacto tras su disolución), de que se distribuyan los bienes comunes ocasionales en función de lo establecido por el régimen económico correspondiente o de que parte del patrimonio se transmita de un cónyuge a otro.

Siempre y cuando no se haya concertado nada al respecto, cualquiera de los cónyuges puede solicitar a un órgano jurisdiccional que proceda al reparto de determinados bienes. Son objeto de este reparto tanto los bienes de uso conyugal (eheliche Gebrauchsvermögen) como los ahorros realizados por el matrimonio (ehelichen Ersparnisse). Entre los bienes de uso conyugal se encuentran el domicilio conyugal, el mobiliario y menaje y los objetos restantes que puedan haber sido de utilidad para los cónyuges durante el periodo de convivencia. Por ahorros realizados por el matrimonio se entienden todos aquellos ahorros o inversiones realizados por el matrimonio a lo largo de su vida en común.

Quedan excluidos del reparto, por ejemplo, el patrimonio que los cónyuges aportaran al matrimonio, así como el adquirido por herencia o donación. Tampoco pueden ser objeto del reparto los bienes que hayan servido para el uso exclusivo profesional o personal de uno de los cónyuges, así como las empresas o participaciones empresariales, siempre y cuando estas no representen simplemente un valor económico.

El órgano jurisdiccional debe distribuir equitativamente el patrimonio tras considerar todas las circunstancias relevantes, prestando especial atención a la medida en que cada cónyuge haya contribuido a la adquisición de los bienes de uso conyugal y a los ahorros realizados por el matrimonio y teniendo en cuenta asimismo el bienestar de los hijos. Se consideran también contribuciones el pago de la manutención, la aportación de ganancias, la llevanza del hogar común, el cuidado y educación de los hijos comunes y cualquier otra prestación matrimonial.

3.3 los hijos menores de los cónyuges

Desde la entrada en vigor, el 1 de julio de 2001, de la Ley de modificaciones en materia de derechos de la infancia (Kindschaftsrechts-Änderungsgesetz), los padres separados disfrutan de amplias posibilidades para determinar el ejercicio de la patria potestad. En caso de divorcio, la patria potestad sobre los hijos matrimoniales menores sigue correspondiendo en principio a los dos progenitores. No obstante, si ambos quieren conservar la patria potestad a todos los efectos como si continuaran casados, es preciso que remitan al órgano jurisdiccional, dentro de un plazo razonable, un acuerdo sobre el lugar de residencia habitual del menor o menores. Los progenitores también pueden llegar a un acuerdo ante el órgano jurisdiccional en virtud del cual la patria potestad exclusiva del menor se asigna a uno de los progenitores o la patria potestad de uno de los progenitores se limita a determinadas cuestiones.

Desde la aprobación de la Ley de modificaciones en materia de menores y de modificación del apellido (Kindschafts- und Namensrechtsänderungsgesetz) de 2013, el órgano jurisdiccional también puede disponer la patria potestad compartida en contra de la voluntad de uno de los progenitores o incluso de los dos si considera que la patria potestad compartida garantiza en mayor medida el bienestar del menor en comparación con la patria potestad exclusiva de un progenitor. Los progenitores también deben llegar a un acuerdo acerca de cuál va a ser el hogar principal del menor. En caso de que la patria potestad compartida no contribuya al bienestar del menor, el órgano jurisdiccional debe decidir cuál de los progenitores debe ejercer la patria potestad exclusiva en el futuro.

3.4 la obligación de pagar una pensión alimenticia al otro cónyuge?

El cónyuge responsable, exclusiva o principalmente, de la ruptura matrimonial debe pagar al otro una pensión ajustada al nivel de vida de los cónyuges, siempre y cuando las rentas patrimoniales y profesionales que cabe esperar que este último perciba en función de las circunstancias resulten insuficientes. Si ambos cónyuges comparten la responsabilidad del divorcio y no pesa sobre ninguno la responsabilidad principal de la ruptura, se puede conceder al que no pueda mantenerse por sí mismo una contribución a su manutención que sea equitativa atendiendo a las necesidades y la situación económica del otro cónyuge. La obligación de pago puede tener un límite temporal. Si el divorcio es de mutuo acuerdo, los cónyuges pueden decidir libremente si alguno debe percibir una pensión o si ambos están dispuestos a renunciar a esta.

4 ¿Qué significa en la práctica el concepto de «separación legal»?

El sistema jurídico austriaco no contempla esta institución jurídica.

5 ¿Cuáles son las causas de separación legal?

Véase la respuesta a la pregunta del apartado 4.

6 ¿Cuáles son los efectos jurídicos de la separación legal?

Véase la respuesta a la pregunta del apartado 4.

7 ¿Qué significa en la práctica el concepto de «anulación del matrimonio»?

El Derecho matrimonial austriaco contempla la figura de la nulidad del matrimonio (Ehenichtigkeit). Se considera que un matrimonio es nulo si no se ha celebrado respetando las formas establecidas o si en el momento del enlace uno de los cónyuges carecía de capacidad de obrar, no era plenamente consciente de sus actos o se encontraba en un estado de enajenación transitoria. Asimismo, es nulo todo matrimonio contraído con el propósito exclusivo o fundamental de facilitar que uno de los cónyuges adopte el apellido o la nacionalidad del otro, sin que sea posible justificar la existencia de convivencia marital. Por último, se considera que un matrimonio es nulo si uno de los cónyuges está unido por vínculo matrimonial a un tercero en el momento del enlace o si el matrimonio se ha celebrado de forma ilegal entre parientes consanguíneos.

Es posible solicitar la anulación (Aufhebung der Ehe) por sentencia judicial de un matrimonio si en el momento de su celebración uno de los cónyuges carecía de capacidad de obrar plena y su representante legal no consintió dicha celebración, o si alguno de los contrayentes desconocía que se trataba de un acto matrimonial o, aun sabiéndolo, no quiso declararse deliberadamente dispuesto a celebrarlo. Asimismo, un cónyuge puede solicitar la anulación si cometió un error con respecto a la identidad del otro contrayente o con respecto a las circunstancias que lo rodeaban, de modo que, de haber conocido la verdadera situación o de haber apreciado correctamente la naturaleza del matrimonio, no hubiera prestado su consentimiento. La anulación también es posible si ha mediado un engaño intencionado sobre las circunstancias reales en las que se celebraba el matrimonio o si alguno de los contrayentes estaba sometido a coacción.

8 ¿Cuáles son las causas de anulación del matrimonio?

Véase la respuesta a la pregunta del apartado 7.

9 ¿Cuáles son los efectos jurídicos de la anulación del matrimonio?

Si se declara la nulidad de un matrimonio, se considera a todos los efectos que este nunca se ha celebrado. En caso de que solo uno de los contrayentes desconociera en el momento de la celebración que el matrimonio era nulo, la relación patrimonial entre los cónyuges queda regulada por las mismas disposiciones aplicables a los casos de divorcio. Tras la declaración de nulidad, los hijos que hayan nacido en el seno de este matrimonio siguen considerándose del matrimonio.

10 ¿Hay medios alternativos extrajudiciales para solucionar las cuestiones relativas al divorcio?

El divorcio, la anulación o la nulidad de un matrimonio solo pueden ser declarados por un órgano jurisdiccional. No obstante, cualquier problema relacionado con el divorcio puede resolverse también por vía extrajudicial (por ejemplo, a través de la mediación).

11 ¿Dónde debo presentar mi demanda (petición) de divorcio, separación legal o anulación del matrimonio? ¿Qué trámites se requieren y qué documentos deben adjuntarse a la demanda?

Los litigios relacionados con el divorcio o la anulación o nulidad de un matrimonio, así como las controversias relativas a su existencia, son competencia de los tribunales de distrito (Bezirksgerichte). La resolución de todos estos asuntos corresponde exclusivamente al tribunal de distrito en cuya demarcación se encuentre o se encontrara por última vez la residencia habitual común de los cónyuges. En caso de que en el momento de la interposición de la demanda ninguno de los cónyuges tenga su residencia habitual en esa demarcación o no tengan residencia habitual común en territorio nacional, conoce de la causa el órgano jurisdiccional de la residencia habitual del demandado. Si este no tiene su residencia habitual en Austria, es competente el órgano jurisdiccional de la residencia habitual del demandante y, en su defecto, el Tribunal de Distrito de Viena Centro (Bezirksgericht Innere Stadt Wien). Los órganos jurisdiccionales austriacos tienen competencia en este tipo de litigios si alguno de los cónyuges posee nacionalidad austriaca o si el demandado (al menos uno de los litigantes en caso de tratarse de una demanda de nulidad) tiene su residencia habitual en Austria, si el demandante tiene su residencia habitual en este país, si ambos cónyuges tuvieron su última residencia habitual común en territorio austriaco o si el demandante es apátrida o en el momento de la celebración del matrimonio era ciudadano austriaco. Aunque esta competencia jurisdiccional es exclusiva, cabe la posibilidad de acordar otra alternativa.

La interposición de una demanda de divorcio se atiene a las disposiciones generales que rigen el ejercicio de acciones civiles. Si el divorcio es de mutuo acuerdo (en cuyo caso, se tramita por un procedimiento de jurisdicción voluntaria), los cónyuges presentan un escrito firmado por ambos. En cualquier caso, es preciso adjuntar un certificado de matrimonio, si bien siempre resulta conveniente presentar cualquier otro documento que respalde la solicitud.

12 ¿Puedo obtener asistencia jurídica gratuita?

En los procedimientos de divorcio es posible obtener asistencia jurídica gratuita, conforme a lo establecido en las disposiciones generales relativas a esta materia (véase «Asistencia jurídica gratuita: Austria»). En los procedimientos de divorcio rige una obligación parcial de representación letrada, lo que implica que la parte litigante que no quiera intervenir personalmente ante el órgano jurisdiccional solo puede estar representada por un abogado.

13 ¿Se puede recurrir una resolución de divorcio, separación legal o anulación de matrimonio?

Las partes pueden recurrir las sentencias de divorcio, anulación o nulidad, así como las relativas a la existencia del matrimonio, que hayan sido dictadas en primera instancia. El recurso de apelación correspondiente se interpone ante el tribunal regional (Landesgericht) al que esté subordinado el tribunal de distrito competente.

La sentencia de este órgano jurisdiccional de segunda instancia solo es recurrible en casación en caso de que el fallo dependa de la resolución de una cuestión jurídica sobre Derecho sustantivo o procesal que resulte esencial para la garantía de la unidad de Derecho, la seguridad jurídica o el desarrollo jurisprudencial, por ejemplo, porque el órgano de apelación se desvíe de la jurisprudencia del Tribunal Supremo de lo Civil y Penal (Oberster Gerichtshof) austriaco, o porque esta no exista o no sea uniforme.

14 ¿Qué debo hacer para que se reconozca en este Estado miembro una resolución judicial de divorcio, separación legal o anulación del matrimonio dictada por un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro de la Unión Europea?

En Austria, tales resoluciones (excepto las dictadas en Dinamarca) son reconocidas automáticamente, es decir, sin necesidad de recurrir a procedimiento de reconocimiento alguno, en virtud del Reglamento (CE) n.º 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003 (en lo sucesivo, el «Reglamento Bruselas II bis»). Conforme al Reglamento Bruselas II bis, por lo general la condición previa es que el proceso de divorcio, anulación o declaración de nulidad se haya iniciado después del 1 de marzo de 2001 (véase el artículo 64 del Reglamento Bruselas II bis para las excepciones). En los casos con fecha anterior, es de aplicación en primer lugar el Reglamento que precedió al Reglamento Bruselas II bis. Las resoluciones de Dinamarca siguen requiriendo por regla general un procedimiento de reconocimiento especial.

15 ¿A qué órgano jurisdiccional hay que acudir para impugnar el reconocimiento de una resolución de divorcio, separación legal o anulación del matrimonio dictada por un órgano jurisdiccional en otro Estado miembro de la Unión Europea

El escrito de oposición al reconocimiento de una resolución de disolución del matrimonio dictada en el extranjero debe presentarse ante el tribunal de distrito en cuya demarcación tengan o hayan tenido las partes su última residencia habitual común. Si ninguna de las partes tuviera su residencia habitual en esa demarcación o si nunca han tenido residencia habitual común en Austria, es competente el tribunal de distrito de la demarcación en que se encuentre la residencia habitual del demandante o, en su defecto, el Tribunal de Distrito de Viena Centro [artículo 76 de la Ley relativa al ejercicio de la jurisdicción y la competencia de los órganos jurisdiccionales ordinarios en materia civil (Jurisdiktionsnorm)].

El procedimiento se rige por la Ley de procedimientos no contenciosos (Außerstreitgesetz). De conformidad con el artículo 37 del Reglamento Bruselas II bis, el demandante debe presentar una copia de la resolución y el certificado expedido por el órgano jurisdiccional o autoridad competente del Estado miembro de origen de conformidad con el artículo 39 de dicho Reglamento.

16 ¿Qué legislación de divorcio tiene que aplicar el órgano jurisdiccional en un proceso entre dos cónyuges que no residen en este Estado miembro o que tienen nacionalidades diferentes?

La ley aplicable al divorcio en aquellos casos en los que existe una conexión con la ley de otro Estado se determina en virtud del Reglamento (UE) n.º 1259/2010 del Consejo, de 20 de diciembre de 2010, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial («Reglamento Roma III») (DO L 343 de 29.12.2010, p. 10). Las normas de conflicto de leyes del Reglamento Roma III son de aplicación universal, aun cuando la ley que debe aplicarse no sea la de un Estado miembro participante en la cooperación reforzada.

 

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Última actualización: 29/10/2024

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