

Un divorcio puede concederlo una Oficina del Registro Civil o un notario, por mutuo acuerdo de los cónyuges sobre la base de una demanda conjunta por escrito, o puede concederlo un órgano jurisdiccional sobre la base de una acción legal emprendida por uno de los cónyuges contra el otro. El último supuesto es aplicable si los cónyuges no están de acuerdo respecto del divorcio o de las circunstancias relativas al mismo, o si la Oficina del Registro Civil no tiene la competencia para conceder un divorcio.
Una Oficina del Registro Civil o un notario pueden conceder un divorcio, por mutuo acuerdo de los cónyuges sobre la base de una demanda conjunta por escrito, y siempre que ambos cónyuges residan en Estonia.
Un divorcio puede concederlo un órgano jurisdiccional, sobre la base de una acción legal emprendida por uno de los cónyuges contra el otro,
cuando las relaciones conyugales se han extinguido definitivamente. Las relaciones conyugales se extinguen cuando entre los cónyuges no existe ya convivencia matrimonial y no hay motivos para creer que reanudarán la convivencia. Se presume la extinción de las relaciones conyugales cuando los cónyuges viven separados durante al menos dos años.
El divorcio no afecta a las relaciones personales entre los cónyuges. Tras el divorcio, el órgano jurisdiccional o la Oficina del Registro Civil pueden restablecer el apellido anterior de una persona, si esta lo solicita, y en caso contrario se mantendrá el apellido adquirido con el matrimonio.
Tras el divorcio, el patrimonio de los cónyuges se divide según lo previsto en el régimen económico matrimonial. En caso de comunidad de bienes gananciales, generalmente estos se dividen en partes iguales entre los cónyuges según lo dispuesto sobre el fin de la comunidad de bienes. La composición de los lotes se fija cuando finaliza el régimen económico matrimonial. No existe obligación de que los cónyuges dividan su patrimonio tras el divorcio. Hasta la división de los bienes comunes, los cónyuges ejercerán conjuntamente los derechos y cumplirán conjuntamente las obligaciones relativas a tales bienes. Asimismo, los cónyuges tienen el derecho de poseer conjuntamente cualquier bien que forme parte de su patrimonio común. Cuando el régimen económico de la comunidad de bienes llegue a su término, se determinarán cuáles han sido los bienes adquiridos por ambos cónyuges y se fijarán los derechos económicos derivados de los bienes adquiridos en común.
Si los cónyuges desean dividir sus bienes tras el divorcio, estos se dividirán de acuerdo con el régimen económico matrimonial elegido o con arreglo a las capitulaciones matrimoniales. Si los cónyuges han firmado unas capitulaciones matrimoniales, estas se rescinden en el momento del divorcio. Tras la rescisión de las capitulaciones matrimoniales en caso de divorcio, se termina cualquier derecho y obligación que surja de las mismas. Los bienes se distribuyen de conformidad con las capitulaciones matrimoniales.
El divorcio, como tal, no afecta a la responsabilidad parental y los padres mantienen la guarda y custodia compartida.
En general, los padres deben ponerse de acuerdo sobre con quién vivirá el menor, quién se ocupará del menor y en qué medida, así como de qué forma y por cuánto tiempo se prestarán los alimentos. El pago mensual de alimentos para un menor no debe ser inferior a la mitad del salario mínimo mensual establecido por el Gobierno de Estonia.
Si los padres no desean o no pueden ejercer el derecho de guarda y custodia compartida, cada padre tiene el derecho a solicitar a un órgano jurisdiccional que se le transfiera a él o ella, parcial o totalmente, el derecho de guarda y custodia del menor. Los cambios en el derecho de custodia no afectan a la obligación de alimentos.
Un cónyuge divorciado tiene derecho a recibir alimentos:
El padre del menor debe proporcionar el pago de alimentos a la madre del menor durante las ocho semanas anteriores y las doce posteriores al nacimiento del menor.
Un órgano jurisdiccional puede liberar al cónyuge divorciado de la obligación de prestar el pago de alimentos por las razones previstas en la ley.
Un cónyuge divorciado con derecho a recibir el pago de alimentos solo puede solicitar que se cumpla la obligación legal de prestar alimentos tras haber presentado una acción legal al respecto.
Se considera que los cónyuges están legalmente separados cuando no comparten un hogar común o no hay convivencia matrimonial y al menos uno de los cónyuges claramente no tiene intención de crearla o de reanudarla.
Los cónyuges viven separados.
Si los cónyuges están legalmente separados, cada cónyuge puede:
Si los cónyuges están legalmente separados, cada cónyuge debe proporcionar alimentos en la forma de pagos de dinero regulares para cubrir los gastos ocasionados por el otro cónyuge en interés de la familia.
La anulación del matrimonio implica que el matrimonio se considera nulo desde el primer momento. Un matrimonio solo puede anularlo un órgano jurisdiccional.
La anulación del matrimonio debe basarse exclusivamente en la fundamentación de la invalidez del matrimonio que especifica la Ley de derecho de familia (perekonnaseadus), esto es, que un órgano jurisdiccional puede anular un matrimonio mediante una acción legal si:
Además de lo anterior, se considera que un matrimonio es nulo si:
Tras la anulación de un matrimonio, este se considera nulo desde el primer momento, a menos que el motivo de la anulación sea que se trata de un matrimonio entre personas del mismo sexo, en cuyo caso el matrimonio se anula desde la fecha en que una sentencia judicial produzca efectos. Las personas cuyo matrimonio ha sido anulado dejan de tener derechos y obligaciones relacionadas con el matrimonio uno respecto del otro (incluidas aquellas relacionadas con las capitulaciones matrimoniales, que se consideran nulas).
Si un matrimonio se anula porque uno de los posibles cónyuges ocultó al otro posible cónyuge que ya estaba casado, o influenció al otro cónyuge para que se casara de manera fraudulenta o bajo coacción, un órgano jurisdiccional puede ordenar que la persona en cuestión pague una pensión al otro cónyuge del matrimonio nulo, según las mismas normas que son aplicables para conceder alimentos al cónyuge. A petición de la parte que fue inducida ilegalmente a casarse, un órgano jurisdiccional puede aplicar las disposiciones relativas a los bienes matrimoniales al régimen económico matrimonial de las partes (es decir, el patrimonio común de los cónyuges).
Los menores fruto de un matrimonio anulado tienen los mismos derechos y obligaciones que los menores fruto de un matrimonio.
Una Oficina del Registro Civil o un notario pueden conceder un divorcio previo acuerdo de los cónyuges. Las consecuencias legales de un divorcio (por ejemplo, en relación con la división de los bienes matrimoniales) pueden establecerse en un acuerdo entre los cónyuges implicados.
En el caso de que los cónyuges tengan algún conflicto respecto de las circunstancias del divorcio, no existen medios extrajudiciales para poder encontrar una solución.
Puede presentarse una demanda de divorcio ante:
La demanda de anulación del matrimonio debe presentarse ante el órgano jurisdiccional de primera instancia (juzgado comarcal) del lugar de residencia del demandado.
Una Oficina del Registro Civil concede un divorcio sobre la base de una demanda personal conjunta por escrito realizada por los cónyuges. Los cónyuges deben confirmar en la demanda que no tienen conflictos en relación con los menores, con la división del patrimonio común o con las resoluciones en materia de alimentos. Las demandas de divorcio deben ir acompañadas de un documento que certifique el matrimonio. Si un cónyuge no puede comparecer personalmente, por razones justificadas, ante la Oficina del Registro Civil para poder entregar la demanda conjunta, puede entregar una demanda por separado certificada por un notario. Los documentos que estén en una lengua extranjera deben entregarse a la Oficina del Registro Civil con una traducción jurada de un notario, un funcionario consular o un traductor jurado. Cualquier documento que certifique el matrimonio y que haya sido expedido en un país extranjero debe estar legalizado o portar una apostilla, salvo que un acuerdo internacional disponga lo contrario.
Un notario concede un divorcio sobre la base de una demanda personal conjunta por escrito realizada por los cónyuges. Las demandas de divorcio deben ir acompañadas de un documento que certifique el matrimonio. Si un cónyuge no puede comparecer personalmente, por razones justificadas, ante la Notaría para entregar la demanda conjunta, puede entregar una demanda por separado certificada por un notario Los documentos que estén en una lengua extranjera deben entregarse a la Oficina del Registro Civil con una traducción jurada de un notario, un funcionario consular o un traductor jurado. Cualquier documento que certifique el matrimonio y que haya sido expedido en un país extranjero debe estar legalizado o portar una apostilla, salvo que un acuerdo internacional disponga lo contrario.
En un asunto matrimonial que tenga que juzgarse en un órgano jurisdiccional estonio, se emprende una acción legal ante el órgano jurisdiccional cuya jurisdicción comprende la residencia común de los cónyuges o, en su defecto, ante el órgano jurisdiccional cuya jurisdicción comprende la residencia del demandado. Si el lugar de residencia del demandado no se encuentra en Estonia, la acción legal se presenta ante el órgano jurisdiccional cuya jurisdicción comprende la residencia de un hijo menor en común de las partes y, en caso de no existir un hijo común menor de edad, se presenta ante el órgano jurisdiccional cuya jurisdicción comprende la residencia del demandante. A la hora de emprender una acción legal de divorcio, separación legal o anulación de un matrimonio ante un órgano jurisdiccional, el escrito de pretensiones debe cumplir con todos los requisitos formales establecidos en el Código de Procedimiento Civil (tsiviilkohtumenetluse seadustik) en referencia a las acciones civiles. Los escritos de pretensiones y cualquier prueba documental deben presentarse ante el órgano jurisdiccional en estonio, por escrito o electrónicamente, y en formato A4.
En el escrito de pretensiones debe indicarse el nombre del órgano jurisdiccional, así como los datos personales relativos al demandante y al demandado (cónyuges) y de los hijos comunes menores. Debe indicar asimismo quién proveerá a los alimentos de los menores y cuidará de ellos y con quién vivirán; el escrito de pretensiones debe incluir también una propuesta de convenio futuro sobre los derechos parentales y la crianza de los hijos. Además, el escrito de pretensiones debe expresar claramente cuál es la demanda del demandante. Asimismo, también deben indicarse las circunstancias objetivas que constituyen la base de la acción legal. El demandante debe también presentar y hacer una relación de las pruebas que posee.
Además de lo anterior, si se divide el patrimonio común, debe indicarse en el escrito de pretensiones qué comprende y cuál es su ubicación, debe determinarse el valor de todas las pertenencias del demandante y debe realizarse una propuesta para la división del patrimonio común. Si los cónyuges han firmado unas capitulaciones matrimoniales, deben adjuntarse al escrito de pretensiones.
El escrito de pretensiones debe estar firmado por el demandante o por su representante. En caso de que lo firme su representante, debe incluirse un documento de autorización o algún documento similar que certifique cuáles son los poderes del representante.
Si la persona que solicita el beneficio de asistencia jurídica no puede pagar las costas judiciales por causa de su situación económica, o si puede pagarlas solo en parte o a plazos, y si existe razón suficiente para pensar que su participación prevista en el procedimiento tendrá éxito, el órgano jurisdiccional puede eximirle de su obligación de pagar las costas judiciales en parte o en su totalidad, y dejar que el Estado asuma esos gastos.
Se puede presentar un recurso contra una sentencia de divorcio, una sentencia de separación legal o de anulación del matrimonio, en virtud de las disposiciones generales que rigen los procedimientos de recurso, si el recurrente considera que la sentencia del órgano jurisdiccional de primera instancia se basa en un error de derecho (por ejemplo, si el órgano jurisdiccional de primera instancia ha aplicado incorrectamente una disposición legal del derecho sustantivo o del derecho procesal).
De conformidad con el Reglamento (CE) n.º 2201/2003 del Consejo, una sentencia de divorcio dictada en un Estado miembro es reconocida automáticamente en otros Estados miembros de la Unión Europea (a excepción de Dinamarca), sin que sea necesario ningún procedimiento especial.
Para poder impugnar el reconocimiento de una sentencia de divorcio, de separación legal o de anulación del matrimonio, debe hacerse ante el tribunal de apelación del Estado miembro que corresponda, tal y como se indica en la lista publicada en el Reglamento (CE) n.º 2201/2003 del Consejo.
En Estonia, una audiencia es quien realiza esta función.
El procedimiento y plazo para recurrir una sentencia judicial se establecerá en la propia sentencia.
En caso de divorcio, debe aplicarse la legislación del país en el que se encuentra el lugar de residencia de los cónyuges. Si los cónyuges residen en países diferentes, pero tienen la misma nacionalidad, las consecuencias jurídicas generales del matrimonio se definen por la legislación del país de ciudadanía. Si los cónyuges residen en países diferentes y tienen nacionalidades distintas, las consecuencias jurídicas generales del matrimonio se determinan en función del derecho del país de su última residencia común, siempre que uno de los cónyuges resida en ese país. Si los cónyuges residen en países diferentes y tienen nacionalidades distintas, las consecuencias jurídicas generales del matrimonio se determinan en función del derecho del país de su última residencia común, siempre que uno de los cónyuges resida en ese país.
Si el divorcio no se permite en el derecho mencionado anteriormente, o si solo se permite en condiciones muy restringidas, se aplica el derecho estonio en su lugar si uno de los cónyuges reside en Estonia o tiene la ciudadanía estonia, o si era residente en Estonia o tenía la ciudadanía estonia en el momento en el que se contrajo el matrimonio.
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