

En virtud del Derecho de Gibraltar, el Tribunal de magistrados y el Tribunal Supremo son competentes para dictar resoluciones sobre el pago de alimentos. En términos generales, la Ley sobre pensiones alimenticias (Maintenance Act) de este país es el marco regulador de las cuestiones relativas a la obligación de alimentos. En el Tribunal Supremo, los casos de pensiones alimenticias a favor de los hijos, las parejas registradas, las personas dependientes y los cónyuges pueden resolverse de manera subsidiaria a los procedimientos de divorcio, separación judicial o disolución del matrimonio. Tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal de magistrados son competentes para modificar las condiciones de las pensiones alimenticias pagaderas tras dictar una sentencia firme o un auto de disolución. El Tribunal de magistrados es competente para emitir una resolución en materia de alimentos a favor de una esposa, un esposo, un hijo o incluso de los progenitores de las partes, siempre que se cumplan determinadas condiciones. Tal resolución podrá dictarse previa presentación de una demanda ante el Tribunal de magistrados. A efectos legales, también es obligatorio dictar una resolución en materia de alimentos si un miembro de una pareja registrada incumple el pago de los alimentos a la otra parte.
Todo hijo menor de dieciséis años tiene derecho a percibir alimentos. Asimismo, todo hijo mayor de dieciséis años, pero menor de veintiuno, que se dedique únicamente a estudiar o que esté realizando algún curso a tiempo completo para el aprendizaje de un oficio, profesión o vocación y durante un período no inferior a dos años también tiene derecho a beneficiarse de una pensión alimenticia.
También tienen derecho a disfrutar de alimentos los hijos menores de veintiún años cuya capacidad de ingresos esté limitada debido a una enfermedad o discapacidad mental o física.
Para solicitar una pensión alimenticia en los casos para los que no sea competente el Tribunal Supremo, el solicitante tendrá que presentar una demanda ante el Tribunal de magistrados.
Las demandas de alimentos subsidiarias de los procedimientos de divorcio, separación, anulación o disolución deberán presentarse en el Tribunal Supremo.
La petición de alimentos podrá presentarla toda persona que tenga la custodia o la responsabilidad parental del menor en nombre de este último. De conformidad con las disposiciones de la Ley sobre pensiones alimenticias de Gibraltar (Maintenance Act), los hijos pueden solicitar por derecho propio pensiones alimenticias de la persona sobre la que recaiga la responsabilidad de su manutención.
Si la prestación de alimentos surge de una unión matrimonial o registrada, será competente el Tribunal de magistrados. En cambio, si deriva de procedimientos de divorcio, separación judicial, anulación o disolución en los que el Tribunal Supremo tenga competencia, será este mismo organismo el encargado de evaluar la cuestión de los alimentos.
El interesado puede presentar una demanda personalmente y representarse a sí mismo ante el Tribunal o bien recurrir a un procurador para que actúe en su nombre y representación.
La presentación de una demanda ante el Tribunal de magistrados no supone coste alguno. Por tanto, un demandante podrá comparecer personalmente sin incurrir en ningún gasto.
En cambio, en el Tribunal Supremo, por norma general, se deben pagar 150 libras para cursar un requerimiento. Por otra parte, tanto en el Tribunal de magistrados como en el Tribunal Supremo, la asistencia jurídica gratuita puede estar a disposición de los interesados previo estudio de recursos económicos. Las solicitudes de asistencia jurídica gratuita en ambos tribunales deberán presentarse en el Tribunal Supremo, y los formularios de solicitud se encuentran disponibles en el Registro del Tribunal Supremo.
Tras oír la demanda, el Tribunal de magistrados podrá dictar una resolución en materia de alimentos para la ejecución de pagos semanales o de otra cadencia periódica, según estime conveniente habida cuenta de las circunstancias del caso, con miras al pago de alimentos a un hijo, un padre, una persona con la que se conviva, una pareja, una madre o un cónyuge.
También se podrán presentar demandas ulteriores para la modificación de las resoluciones en materia de alimentos. Estas demandas deberán presentarse en el Tribunal de magistrados o en el Tribunal Supremo, según proceda.
En determinados casos, el Tribunal podrá resolver que las pensiones de alimentos tengan carácter retroactivo.
El pago de las pensiones alimenticias puede hacerlo una parte a otra directamente, o bien puede realizarse en el Tribunal.
Se prevé una acción por la que un demandante puede solicitar el embargo de los ingresos del deudor en caso de que este último haya incumplido al menos dos de los pagos exigidos por la resolución de alimentos original. El Tribunal de magistrados también es competente para dictar órdenes de prisión preventiva, a fin de que el demandado cumpla una condena de cárcel por no cumplir las condiciones de una resolución materia de alimentos. No obstante, en tales casos, el Tribunal dará la oportunidad al acusado de presentar alegaciones que justifiquen el motivo por el que no debe ejecutarse la orden de prisión.
No existe ningún plazo de prescripción.
Las demandas de alimentos suelen tramitarse en el Tribunal de magistrados de Gibraltar, en la dirección 32 – 36 Town Range, Gibraltar. Si una demanda de alimentos surge a raíz de procedimientos de divorcio, separación judicial o anulación, esta deberá presentarse ante el Tribunal Supremo de Gibraltar, en la dirección 277 Main Street, Gibraltar.
El Derecho de Gibraltar no contempla disposiciones en este ámbito. El pago puede ejecutarse mediante embargos de ingresos o mediante órdenes de prisión por impago.
Las consultas deben realizarse al Tribunal de Magistrados, ubicado en 277 Main Street, Gibraltar, o bien al Tribunal Supremo, sito en 277 Main Street, Gibraltar.
Las consultas pueden remitirse a la dirección siguiente:
Clerk of the Magistrates’ Court,
Magistrates' Court,
32 – 36 Town Range
Gibraltar
Teléfono: +350 20075671
Fax: +350 20040483.
Como alternativa, las consultas relativas a los procedimientos en materia de alimentos tramitados en el Tribunal Supremo pueden remitirse a:
The Registry,
Supreme Court,
277 Main Street,
Gibraltar
Teléfono: +350 20075608
Fax: +350 20077118.
Una demanda en la que se exponga la pensión reclamada en Gibraltar puede remitirse directamente al Tribunal de magistrados, siempre que se cumplan los requisitos de competencia. También puede presentarse la demanda apropiada en el Registro del Tribunal Supremo si la demanda de alimentos surge a raíz de procedimientos de divorcio, separación judicial o anulación.
Véase la respuesta a la pregunta anterior.
Gibraltar no está vinculado por el Protocolo de La Haya que, por tanto, no es aplicable en este país.
El Derecho de Gibraltar se aplica a todos los casos que se resuelven en este país.
Este Reglamento prevé una serie de medidas destinadas a facilitar el pago de los créditos alimenticios en situaciones transfronterizas. Tales créditos derivan de la obligación de ayudar a los familiares en situación de necesidad. Por ejemplo, pueden ejecutarse en forma de pagos de pensión alimenticia a favor de un hijo o de un ex cónyuge tras la concesión del divorcio.
El Reglamento se aplica a las obligaciones de alimentos derivadas de:
La Ley de Gibraltar sobre pensiones alimenticias regula la aplicación del Reglamento en materia de alimentos. La autoridad central designada es:
Minister for Justice,
Government of Gibraltar
Suite 771 Europort
Gibraltar
Teléfono: + 350 20059267
Fax: + 350 20059271
Correo electrónico: moj@gibraltar.gov.gi
En la Ley de asistencia jurídica gratuita (Legal Aid and Assistance Act) se establecen las pruebas para determinar si concurren las circunstancias y condiciones económicas necesarias para poder optar a este servicio.
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