Certificado sucesorio europeo


Información nacional y formulario en línea relativos al Reglamento n.º 650/2012, que facilita a los ciudadanos la tramitación de los aspectos legales relacionados con la sucesión internacional


El Reglamento (UE) n.º 650/2012, de 4 de julio de 2012, aplicable desde el 17 de agosto de 2015, facilita a los ciudadanos la tramitación de los aspectos jurídicos relacionados con las sucesiones mortis causa internacionales asegurando que las sucesiones transfronterizas se traten coherentemente con arreglo a un solo Derechos y las tramite una única autoridad.

El Reglamento se aplica en todos los Estados miembros excepto Dinamarca e Irlanda.

El Reglamento también implanta el certificado sucesorio europeo. El certificado sucesorio europeo lo expide la autoridad que tramita la sucesión, de manera que puede ser utilizado por los herederos, los legatarios, los ejecutores testamentarios y los administradores de la herencia que necesiten demostrar su cualidad como tales o que necesiten ejercer sus derechos y facultades en otros Estados miembros. Una vez expedido, el certificado sucesorio europeo se reconoce en todos los Estados miembros sin que sea preciso ningún procedimiento especial.

Si necesita más información, puede acceder a nuestra página sobre sucesiones o consultar nuestra guía del ciudadano sobre las sucesiones transfronterizas.

Si bien se recomienda encarecidamente cumplimentar el formulario en línea del certificado sucesorio europeo, también se puede descargar una versión en formato Word Word (171 KB) es. No obstante, debe recordarse que el contenido del formulario se corresponde plenamente con los anexos del Reglamento y que no debe modificarse el texto de los mismos. Modificar el texto del formulario puede afectar a la validez del mismo.

Presentación de formularios a la autoridad competente

Los formularios cumplimentados deben enviarse a la autoridad competente de la forma requerida por dicha autoridad. En la sección del Atlas Judicial Europeo puede encontrarse más información sobre los datos de contacto de las autoridades competentes, los legisladores nacionales pertinentes, etc. Esta página contiene fichas informativas temáticas nacionales, algunas de las cuales proporcionan información sobre las autoridades competentes a las que enviar los formularios cumplimentados.

Puede rellenar en línea estos formularios, pulsando en uno de los enlaces más abajo.  Si ya ha iniciado un formulario y ha guardado un borrador, puede cargarlo utilizando el botón de "Cargar borrador".

A partir del 1 de enero de 2021, el Reino Unido dejará de ser Estado miembro de la UE. No obstante, en el ámbito de la justicia civil, los procesos y procedimientos pendientes que se hayan iniciado antes del final del período transitorio proseguirán con arreglo a la legislación de la UE. Hasta finales de 2024, el Reino Unido seguirá estando en las opciones de selección de los formularios dinámicos online a efectos de esos procesos y procedimientos. Una excepción a esta norma la constituyen los formularios de documentos públicos, en cuyas opciones de selección no deberá estar el Reino Unido.

  • Formulario V - Certificado sucesorio europeo
    • en español

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Última actualización : 25/04/2022