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Sí.
La legislación rumana establece disposiciones especiales relativas a la adquisición de terrenos situados en Rumanía.
Por ejemplo, en virtud de la Constitución rumana y la legislación aplicable, los extranjeros y los apátridas solo pueden adquirir terrenos con arreglo a las condiciones resultantes de la adhesión de Rumanía a la Unión Europea y en virtud de otros tratados internacionales de los que Rumanía es parte, según el principio de reciprocidad y en las condiciones establecidas por la ley, o por sucesión legal. Esas personas no puedan adquirir terrenos por testamento.
Por otro lado, existen disposiciones especiales aplicables a determinadas categorías de bienes. Estas normas son aplicables independientemente de la nacionalidad de los herederos o de si estos son legítimos o testamentarios. Por ejemplo, la legislación civil dispone que los derechos de autor pueden transmitirse por sucesión legal durante setenta años, con independencia de la fecha en la que se publicó la obra.
Sí.
Existen disposiciones específicas relativas a la prohibición.
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