Si mi reclamación debe sustanciarse en este país

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¿Por qué tipos de delito puedo obtener una indemnización?

Las víctimas de delitos violentos y las personas a cargo de ellas pueden recibir una indemnización. Un delito violento es un acto punible con arreglo al Derecho penal que se ha cometido contra la vida o la salud de una persona y a consecuencia del cual la persona herida fallece o sufre un problema grave de salud o un trastorno de salud durante al menos cuatro meses.

¿Por qué tipos de lesiones puedo obtener una indemnización?

Las víctimas tienen derecho a obtener indemnización si un delito violento ha tenido como consecuencia daños graves en su salud o un trastorno de salud con una duración mínima de cuatro meses.

¿Puedo obtener una indemnización si soy familiar o persona a cargo de una víctima que haya fallecido a consecuencia del delito? ¿Qué familiares o personas a cargo de la víctima pueden obtener una indemnización?

Se abona una indemnización de 448 EUR a la persona que corre con los gastos de sepelio de la víctima de un delito violento. Cabe señalar que la persona que corre con los gastos de sepelio no tiene que ser un familiar ni una persona a cargo de la víctima.

Las personas a cargo de una víctima que haya fallecido a consecuencia de un delito violento tienen derecho a una indemnización del Estado en favor de las víctimas de delitos.

Entre las personas a cargo se incluyen las siguientes:

  • los hijos de la víctima que tengan menos de 18 años;
  • los hijos de la víctima que tengan entre 18 y 24 años y que cursen estudios a tiempo completo;
  • la viuda o el viudo de la víctima cuya capacidad laboral haya mermado;
  • la viuda o el viudo de la víctima con edad de jubilación;
  • los progenitores de la víctima con edad de jubilación;
  • los progenitores de la víctima cuya capacidad laboral haya mermado;
  • la viuda de la víctima que esté embarazada y en situación de desempleo;
  • el progenitor o tutor del hijo de la víctima menor de tres años que esté en situación de desempleo.

¿Puedo obtener una indemnización si soy familiar o persona a cargo de una víctima que haya sobrevivido al delito? ¿Qué familiares o personas a cargo de la víctima pueden obtener una indemnización en ese caso?

Tiene derecho a obtener indemnización si, a consecuencia de un delito violento, la víctima ha sufrido daños graves en la salud o un trastorno de salud con una duración mínima de cuatro meses.

Las personas siguientes tienen derecho a recibir una indemnización:

  • los hijos de la víctima que tengan menos de 18 años;
  • los hijos de la víctima que tengan entre 18 y 24 años y que cursen estudios a tiempo completo;
  • la viuda o el viudo de la víctima cuya capacidad laboral haya mermado;
  • la viuda o el viudo de la víctima con edad de jubilación;
  • los progenitores de la víctima con edad de jubilación;
  • los progenitores de la víctima cuya capacidad laboral haya mermado;
  • la viuda de la víctima que esté embarazada y en situación de desempleo;
  • el progenitor o tutor del hijo de la víctima menor de tres años que esté en situación de desempleo.

¿Puedo obtener una indemnización si no soy nacional de un país de la UE?

En Estonia, el derecho a recibir una indemnización no está asociado a la nacionalidad.

¿Puedo reclamar una indemnización a este país si resido aquí o soy de aquí (este es mi país de residencia o nacionalidad) incluso si el delito se cometió en otro país de la UE? ¿Puedo optar por esa vía en vez de reclamar la indemnización en el país donde se cometió el delito? Si es así, ¿en qué condiciones?

La autoridad competente del país donde haya tenido lugar el delito es quien abona la indemnización. La indemnización se abona con arreglo al ordenamiento jurídico del país en cuestión.

Para reclamar una indemnización, la víctima puede dirigirse a:

  • la autoridad competente del país en cuestión o la autoridad competente de su país de residencia;
  • en Estonia, la autoridad competente es la Dirección de la Seguridad Social (Sotsiaalkindlustusamet), que remite la solicitud junto con los documentos justificativos, a la autoridad competente del otro país.

¿Tengo que haber denunciado el delito a la policía antes de poder reclamar una indemnización?

Los delitos violentos se deben denunciar a la policía en un plazo de quince días naturales a partir del día en que se hayan cometido.

¿Tengo que esperar al resultado de las investigaciones policiales o del procedimiento penal antes de poder reclamar?

No es necesario esperar a que concluya el proceso para reclamar la indemnización. Basta con haber denunciado el delito a la policía y que el proceso penal haya comenzado. La indemnización se puede reclamar en un plazo de tres años desde la comisión del delito.

¿Tengo que tratar, en primer lugar, de obtener una indemnización del autor del delito, si este ha sido identificado?

No, no es necesario reclamar primero la indemnización al autor del delito. Cuando se concede una indemnización, la Dirección de la Seguridad Social se subroga en los derechos de la víctima y, a continuación, le reclama el pago a la persona que haya causado los daños (el autor del delito) mediante una acción de resarcimiento.

¿Puedo obtener una indemnización aunque el autor del delito no haya sido identificado o condenado? En caso afirmativo, ¿qué pruebas debo presentar en apoyo de mi reclamación?

La víctima tiene derecho a recibir una indemnización incluso si la persona que haya causado los daños no ha sido identificada o si no ha concluido aún el proceso penal.

Para obtener una indemnización del Estado en favor de la víctima del delito, es preciso presentar un certificado del inicio del proceso penal expedido por el instructor.

También es necesario presentar los comprobantes de gastos si se solicita el reembolso de los gastos de tratamiento médico o un subsidio por defunción.

¿Existe un límite de tiempo para reclamar una indemnización?

Las solicitudes de indemnización se pueden presentar en un plazo de tres años a contar desde la fecha del delito o la fecha en que se haya tenido conocimiento de la comisión del delito.

¿Qué pérdidas y gastos están cubiertos por la indemnización?

La indemnización cubre:

– daños materiales (no psicológicos):

  • gastos médicos relacionados con los daños (tratamiento médico: asistencia ambulatoria y hospitalaria, convalecencia);
  • necesidades o costes adicionales derivados de los daños (cuidados y asistencia, tratamiento temporal y permanente, fisioterapia a largo plazo, adaptación del hogar, ayudas especiales, etc.)
  • lesiones permanentes (invalidez y otras incapacidades permanentes);
    • pérdida de ingresos durante y después del tratamiento médico (por ejemplo, la pérdida de ingresos y la pérdida de la capacidad de obtener ingresos o la reducción de los medios de subsistencia);
    • indemnización por daños en la ropa y accesorios (por ejemplo, indemnización por la reposición de gafas, reembolso de los gastos en ropa nueva);

– daños materiales (no psicológicos):

  1. los gastos de sepelio;
  2. pérdida de los medios de subsistencia o de oportunidades;

– daños psicológicos:

  • dolor y sufrimiento de los familiares o las personas con derecho a indemnización o bien indemnización a los supervivientes si la víctima ha fallecido;

Los miembros de la familia de una víctima pueden obtener apoyo psicológico. Para obtener una indemnización para apoyo psicológico, es necesario ponerse en contacto con una entidad de apoyo a las víctimas, que prepara la solicitud para que se firme. También es preciso aportar un certificado de la policía que confirme que el proceso ha comenzado y que quien solicita es víctima o el representante legal de una víctima. La entidad de apoyo a las víctimas ayuda a obtener este certificado.

Se notifica a la víctima la concesión de la indemnización para ayuda psicológica en un plazo de diez días laborales. A partir de este momento, ya puede acudir a un psicólogo. El importe de la indemnización por persona corresponde al salario mínimo mensual (584 EUR en 2020).

¿Se abona la indemnización en un pago único o por mensualidades?

Las personas a cargo reciben la indemnización en cuotas mensuales. Los gastos médicos y de sepelio de la víctima se reembolsan en un pago único, previa presentación de los justificantes correspondientes.

¿De qué manera podrían mi propio comportamiento en relación con el delito, mis antecedentes penales o la falta de cooperación por mi parte durante el procedimiento de indemnización afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

No se abona la indemnización si:

  1. la víctima ha causado o facilitado la comisión del delito o que se produjeran los daños debido a su comportamiento intencional o imprudente;
  2. la víctima no ha denunciado el delito en un plazo de quince días aunque podía hacerlo, y la policía no ha sido notificada del delito de ningún otro modo;
  3. la víctima ha sido condenada por cometer un delito violento o con arreglo al artículo 255, apartado 1, o el artículo 256, apartado 1, del Código Penal (karistusseadustik) y sus antecedentes penales no se han eliminado del Registro de antecedentes penales de conformidad con la Ley del Registro de antecedentes penales (karistusregistri seadus);
  4. el pago de la indemnización es injusto o injustificado por otros motivos.

Asimismo, se puede desestimar una reclamación de indemnización si el solicitante se ha negado a cooperar con las autoridades judiciales durante la determinación de los hechos relacionados con el delito, la identificación o detención del autor del delito o la prueba de los daños.

¿De qué manera podría mi situación financiera afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

La situación financiera de la víctima no afecta a la concesión o al pago de la indemnización.

¿Qué otros criterios podrían, en su caso, afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

Todos los importes que la víctima recibe o tiene derecho a recibir por los daños sufridos a consecuencia de un delito violento por parte de una fuente que no sea la persona responsable de los daños que ha causado el delito se deducen de los daños que se utilizan como base para determinar el importe de la indemnización, incluida la asignación por incapacidad que percibe la víctima. Al determinar el importe de la indemnización, se tienen en cuenta todos los importes abonados al solicitante por la persona responsable de los daños que ha causado el delito que sean anteriores a la concesión de la indemnización.

¿Cómo se calcula la indemnización?

Cálculo de la indemnización en caso de incapacidad parcial o total

El importe de la indemnización se calcula sobre la base de los ingresos medios por día natural. También se tienen en cuenta las rentas, sujetas a cotización a la Seguridad Social, que se hayan obtenido durante los seis meses anteriores al delito.

Cálculo de los daños derivados de una incapacidad laboral parcial o total

Los ingresos medios por día natural se multiplican por treinta, y la pensión por incapacidad laboral para el trabajo o la asignación por incapacidad laboral que percibe la víctima se deducen del resultado de la multiplicación. La indemnización cubre el 80 % de la pérdida de ingresos. Los datos sobre los ingresos medios se obtienen de la Agencia de Impuestos y Aduanas (Maksu- ja Tolliametist).

Cálculo de la indemnización por fallecimiento del sostén de la familia

1. Los ingresos medios por día natural que percibe la víctima se multiplican por treinta, y la pensión de supervivencia que percibe la persona se deduce del resultado de la multiplicación.

2. Un porcentaje del importe alcanzado se calcula con arreglo al número de personas a cargo:

  • 75 % en el caso de una sola persona a cargo;
  • 85 % en el caso de dos personas a cargo;
  • 100 % en el caso de tres o más personas a cargo;

Se compensa el 80 % del importe calculado.

¿Existen límites mínimos o máximos para la indemnización que puede concederse?

No existe un importe mínimo; la indemnización se paga siempre que la persona con derecho reúna los requisitos para recibir una indemnización, hasta un límite de 9 590 EUR.

¿He de estimar el importe en el formulario de reclamación? En caso afirmativo, ¿recibiré instrucciones sobre cómo calcularlo o sobre otros aspectos?

No es necesario indicar ningún importe en el escrito de solicitud.

¿Las indemnizaciones que reciba de otras fuentes (como un seguro de mi empleador o cualquier otro sistema de seguro privado) por los mismos daños se deducirán de la indemnización abonada por la autoridad u organismo?

Sí.

¿Puedo obtener un anticipo de la indemnización? Si es así, ¿en qué condiciones?

Las personas que se encuentran en una situación económica difícil pueden solicitar un anticipo de la indemnización, en el caso de que tengan derecho a ella pero se aplace su concesión.

Se realiza un pago anticipado de hasta 640 EUR en función de la solicitud pertinente.

Si el anticipo supera el importe de la indemnización que se concede posteriormente, se devuelve el importe pagado en exceso.

¿Puedo obtener una indemnización adicional o complementaria (por ejemplo, a raíz de un cambio de circunstancias o empeoramiento de salud, etc.) después de la adopción de la decisión principal?

La víctima tiene derecho a presentar facturas adicionales de los gastos de tratamiento médico.

¿Qué justificantes debo adjuntar a mi reclamación?

Certificado del instructor

Facturas de los gastos de sepelio

Facturas de los gastos de tratamiento médico, recibos de medicamentos, etc.

Certificado de defunción de la víctima

¿Existen gastos administrativos o de otro tipo que deban abonarse en el momento de la recepción y tramitación de la solicitud?

No.

¿Qué autoridad decide sobre las reclamaciones de indemnización (en los casos de ámbito nacional)?

La Dirección de la Seguridad Social.

¿Dónde debo dirigir la reclamación (en los casos de ámbito nacional)?

Modalidades de presentación de la solicitud:

  • Las solicitudes también se pueden enviar a la siguiente dirección postal: Põllu 1A, 50303, Tartu.
  • Las solicitudes también se pueden presentar en la oficina de atención al cliente de la Dirección de la Seguridad Social.

¿Tengo que estar presente durante el procedimiento o cuando se tome una decisión sobre la reclamación?

No, no es necesario que la víctima esté presente.

¿Cuánto se tarda (aproximadamente) en recibir la decisión de la autoridad competente sobre una reclamación de indemnización?

La decisión se toma en un plazo de treinta días a contar desde la recepción del último documento.

Si no estoy satisfecho con la decisión de la autoridad, ¿cómo puedo impugnarla?

Se puede impugnar la decisión en un plazo de treinta días desde su recepción. Asimismo, se puede interponer una demanda ante un tribunal de lo contencioso-administrativo (halduskohtute) con arreglo al procedimiento previsto en el Código Procesal Contencioso-Administrativo (halduskohtumenetluse seadustik).

¿Dónde puedo obtener los formularios necesarios y el resto de información para la presentación de una reclamación de indemnización?

Los formularios necesarios y el resto de la información se pueden consultar en el sitio web de la Dirección de la Seguridad Social.

¿Existe algún servicio telefónico o sitio web especial a esos efectos?

También es posible contactar por teléfono con las entidades de apoyo a las víctimas. Los datos de estas entidades pueden consultarse en el sitio web de la Dirección de la Seguridad Social.

¿Puedo obtener asistencia jurídica gratuita (ayuda de un abogado) a la hora de preparar la reclamación?

Sí.

¿Existen organizaciones de ayuda a las víctimas que puedan ayudarme a reclamar una indemnización?

Las entidades de apoyo a las víctimas también ofrecen ayuda para reclamar la indemnización.

Última actualización: 31/12/2020

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