

La ejecución forzosa (Zwangsvollstreckung) es el procedimiento usado para ejecutar una pretensión de Derecho privado mediante apremio público. Solo está investido de este poder el Estado, que opera a través de sus representantes en virtud de su autoridad soberana.
Las medidas de ejecución disponibles para obligar al deudor a satisfacer la obligación que le ha sido impuesta, llevar a cabo una acción, etc., son las siguientes:
En Alemania, la ejecución forzosa se rige principalmente por los artículos 704 y ss. del Código de Procedimiento Civil (Zivilprozessordnung – ZPO) y por la Ley de subastas públicas y administración judicial (Gesetz über die Zwangsversteigerung und Zwangsverwaltung – ZVG).
El Reglamento (UE) n.º 655/2014, que regula el cobro transfronterizo de deudas entre Estados miembros de la UE, se aplica en Alemania mediante el artículo 946 y ss. del Código de Procedimiento Civil.
Véase la pregunta 3 siguiente.
Sí. Los títulos en cuestión incluyen sentencias que ya no pueden ser objeto de recurso o que son provisionalmente ejecutivas (artículo 704 del Código de Procedimiento Civil), órdenes de embargo preventivo (Arrest) y medidas cautelares (einstweilige Verfügungen, artículos 929 y 936 del Código de Procedimiento Civil), y el resto de documentos ejecutivos que se enumeran en el artículo 794 del Código de Procedimiento Civil, entre los que no solo figuran resoluciones judiciales, sino también acuerdos alcanzados ante una comisión de arbitraje (Vergleiche vor Gütestellen), transacciones concluidas mediante abogados (Anwaltsvergleiche), y documentos notariales (notarielle Urkunden).
Es necesario que exista una resolución judicial para obtener el embargo de derechos de crédito y otros derechos patrimoniales del deudor, medidas coercitivas orientadas a acciones u omisiones, y la ejecución forzosa de bienes inmuebles con arreglo a la Ley de subastas públicas y administración judicial.
Para el embargo de derechos de crédito del deudor: el juzgado de primera instancia (Amtsgericht) que corresponda al domicilio de deudor.
Para las medidas coercitivas orientadas a obtener acciones u omisiones: el órgano jurisdiccional al que se haya acudido en primera instancia.
Para la venta forzosa y la administración judicial: el órgano jurisdiccional local en cuya jurisdicción se encuentre la propiedad.
Un agente judicial (Gerichtsvollzieher) es un funcionario judicial de un Land que se halla bajo la supervisión administrativa del juez presidente del tribunal local del que dependa. A pesar de ello, goza de total independencia en el ejercicio de sus funciones, es decir que dicha supervisión administrativa no puede usarse para ejercer ningún tipo de influencia sobre él. Las medidas que tome el agente judicial y las declaraciones de gastos que redacte pueden impugnarse mediante una objeción (Erinnerung). Lo mismo ocurre en el caso de que el agente judicial se niegue a ejecutar una orden. La objeción se tramita en el órgano jurisdiccional competente para la ejecución.
El agente judicial se encarga de la ejecución de las sentencias de Derecho civil con arreglo al libro octavo del Código de Procedimiento Civil. Su actividad se centra en la ejecución de bienes muebles. En este ámbito, el agente judicial se ocupa, en principio, de facilitar el pago fraccionado al deudor y de que la tramitación del procedimiento de ejecución se realice de forma rápida y amistosa. Una de sus competencias fundamentales es tomar declaración patrimonial jurada al deudor. Otros ámbitos de competencia del agente judicial son:
Por regla general, el órgano jurisdiccional competente para la solicitud de ejecución es el órgano jurisdiccional local, donde no es preciso estar representado por un abogado.
La solicitud de medidas coercitivas destinada a la realización o la omisión de acciones debe presentarse ante el juzgado de primera instancia competente, que en ciertas circunstancias puede ser un tribunal superior [el tribunal regional (Landgericht)], al que en principio es obligatorio acudir con representación letrada.
Costes de las medidas de ejecución
La ley prevé varios métodos de ejecución, en función del tipo de pretensión correspondiente. Las diferentes medidas de ejecución originan diversos costes:
Si lo que se reconoce es el derecho al pago de una determinada suma de dinero, el acreedor puede pedir al agente judicial la realización del crédito. De conformidad con el punto 205 del listado de tarifas (Kostenverzeichnis – KV) incluido en el anexo de la Ley de honorarios de los agentes judiciales (Gerichtsvollzieherkostengesetz – GvKostG), el embargo de bienes muebles del deudor por parte de un agente judicial devenga una tasa de 26 EUR. Para la venta de los bienes embargados, para la subasta pública (que puede ser una subasta local o una subasta por Internet, accesible para todo el mundo a través de una plataforma de subastas), o para otra forma de realización, es preciso pagar una tasa adicional de 52 EUR, según establece el punto 300 del listado de tarifas. Además, se cobra un recargo por tiempo, conforme al punto 500 del listado, si el informe que el agente judicial elabore indica que la ejecución del acto oficial duró más de tres horas. El recargo asciende a 20 EUR por cada hora adicional o fracción. A ello se añaden los gastos en los que deba incurrir el agente judicial, especialmente los de viaje (punto 711 del listado de tarifas).
Un título de pago de una suma de dinero da derecho a solicitar ante el órgano jurisdiccional el embargo de derechos de crédito del deudor (por ejemplo, el pago del salario) y a la transferencia de dichos derechos al acreedor, con pagos a deducir de la deuda (zur Einziehung, «para cobro») o la transferencia del derecho de crédito del acreedor sobre el deudor (an Zahlungs statt, «dación en pago») (artículos 829 y 835 del Código de Procedimiento Civil). Como norma general, el embargo y la transferencia de un derecho de crédito se aplican de forma conjunta en una resolución de embargo y transferencia. Ahora bien, hay que pagar una tasa de solo 20 euros para el proceso en el que se sustancie la demanda, según lo que dispone el punto 2111 del listado de tarifas que figura en el anexo de la Ley de costas procesales (Gerichtskostengesetz – GKG). Los gastos en los que se incurra, incluidos los de notificación de la decisión judicial, se cobran aparte, tal y como se contempla en el punto 9 del listado de tarifas mencionado.
El agente judicial cobra una tasa de 33 euros para tomar la declaración patrimonial, conforme al punto 260 del listado de tarifas que figura en el anexo de la Ley de honorarios de los agentes judiciales.
La ejecución forzosa del patrimonio inmobiliario del deudor se realiza mediante el registro de una hipoteca en el registro de la propiedad o a través de la venta o la administración forzosa del bien inmueble.
Para inscribir una hipoteca en el registro de la propiedad, la Ley de costas procesales y notariales (Gerichts- und Notarkostengesetz – GNotKG), en el punto 14121 del listado de tarifas que figura en el anexo, exige el pago de una tasa del 1 % del valor del título de crédito que se garantiza (artículo 53, apartado 1, de la Ley). En el Anexo 1 se adjunta un cuadro de tarifas para valores de hasta tres millones de euros.
Las tasas judiciales para los procesos que se lleven a cabo en virtud de la Ley de subastas públicas y administración judicial se establecen en la parte 2, artículo 2, apartados 1 y 2, del listado de tarifas incluido en el anexo de la Ley de costas procesales. La decisión relativa a una solicitud de mandamiento de venta forzosa de un terreno o de solicitud de adhesión al procedimiento está gravada con una tasa de 100 euros. Además, hay que pagar una tasa por el procedimiento en sí, una tasa por la celebración de al menos una subasta con licitación, una tasa por la conclusión de la venta y una tasa por el procedimiento de distribución de los ingresos. Cada una de estas tasas asciende al 0,5 %. El importe de las tasas por el procedimiento en general y la celebración de la subasta depende en cada caso del valor de mercado del bien raíz aceptado por el órgano jurisdiccional de ejecución (valor de mercado, artículo 54, apartado 1, de la Ley de costas procesales). El precio de las tasas de adjudicación y distribución de los ingresos varía en función de la mejor oferta alcanzada en la subasta, sin intereses, incluyendo el valor de cualquier derecho subsistente de acuerdo con las condiciones de la subasta (artículo 54, apartados 2 y 3, de la Ley de costas procesales). En el Anexo 2 se adjunta un cuadro de tasas para valores de hasta 500 000 euros. Además de las tasas, los gastos del procedimiento se cobran por separado, de acuerdo con la parte 9 de la lista de tasas que figura en el anexo de la Ley de costas procesales; entre estos gastos, se incluyen los costes del dictamen pericial del valor de mercado del bien inmueble de conformidad con la Ley de remuneración jurídica y compensación (Justizvergütungs‑ und ‑entschädigungsgesetz – JVEG) (punto 9005 del listado de tasas del anexo de la Ley de costas procesales).
La resolución sobre la solicitud de una orden de administración judicial o sobre la solicitud para adherirse al proceso está gravada con una tasa de 100 euros. La administración judicial en sí está sujeta a una tasa anual con un valor del 0,5 %, con un mínimo de 120 euros en total y un mínimo de 60 euros en el primer y último año civiles. El importe de la tasa se determina por referencia a los ingresos totales de la administración judicial (artículo 55 de la Ley de costas procesales).
Si se obliga al deudor a entregar bienes muebles, el agente judicial debe recuperar dichos bienes del deudor y entregarlos al acreedor. Para este acto oficial, el agente judicial cobra una tasa de 26 euros, conforme al punto 221 del listado de tasas que figura en el anexo de la Ley de honorarios de los agentes judiciales. Además de esta tasa, también se cobra un recargo por tiempo, conforme al punto 500 de la lista, si el informe elaborado por el agente judicial indica que la ejecución del acto oficial duró más de tres horas. El recargo asciende a 20 euros por cada hora adicional o fracción.
Si se obliga al deudor a entregar bienes inmuebles, el agente judicial debe desposeer de ellos al deudor y otorgárselos al acreedor (desahucio). Para ello, el agente judicial cobra una tasa de 98 euros, conforme al punto 240 del listado de tasas que figura en el anexo de la Ley de honorarios de los agentes judiciales. En este caso también se cobra un recargo por tiempo de 20 euros conforme al punto 500 de la lista, para cada hora o fracción de hora adicional, si las diligencias duran más de tres horas. Además, también se cobran los gastos del agente judicial, incluyendo los costes de los servicios prestados por terceros, como las mudanzas o los oficios de un cerrajero.
En los procedimientos ante el órgano jurisdiccional para imponer la realización de una acción (tanto si solo la puede realizar el deudor como si la puede realizar otra persona en su lugar), para permitir una acción, o abstenerse de una acción, hay que pagar una tasa de 20 euros en cada caso, de conformidad con el punto 2111 del listado de tasas disponible en el anexo de la Ley de costas procesales.
El acreedor debe estar en posesión de un documento ejecutivo que acredite su pretensión. Dicho documento puede ser una sentencia firme que ya no esté sujeta a recurso o una sentencia declarada provisionalmente ejecutable (artículo 704 del Código de Procedimiento Civil), o alguno de los títulos mencionados en el artículo 794 de dicho Código (gerichtlicher Vergleich), una orden de ejecución (Vollstreckungsbescheid), o un documento notarial. Como norma general, el documento debe incluir una orden judicial de ejecución (Vollstreckungsklausel) y debe notificarse al deudor. Dicha orden únicamente se requiere en casos excepcionales de órdenes de ejecución, de embargo preventivo y medidas cautelares (artículos 796, 929, apartado 1, y 936 del Código de Procedimiento Civil).
Los bienes muebles, los derechos de crédito y otros derechos patrimoniales, así como los bienes inmuebles del deudor, pueden ser objeto de ejecución.
El artículo 811 del Código de Procedimiento Civil menciona los bienes muebles que no se pueden embargar, con el fin de que el deudor y las personas que viven con él conserven un mínimo de artículos imprescindibles para el uso personal o profesional.
Se imponen también restricciones al embargo del salario del deudor. El artículo 850 y ss. del Código de Procedimiento Civil determinan las cantidades inembargables que deben dejarse al deudor para garantizarle una renta mínima de subsistencia. Los saldos en cuenta se pueden proteger en una «cuenta no sujeta a embargo» (Pfändungsschutzkonto, artículo 850, letra k), del Código de Procedimiento Civil). Determinados importes no sujetos a embargo se depositan en estas cuentas con independencia del origen del saldo acreedor.
La ejecución contra los bienes muebles del deudor tiene lugar a través del embargo y la realización de los bienes embargados. Los créditos y derechos del deudor frente a terceros se embargan por mandamiento del órgano jurisdiccional de ejecución. En ambos casos, el embargo es un instrumento oficial que supone el decomiso del objeto embargado. Uno de los efectos del de comiso es que el deudor pierde el poder de disposición sobre el objeto.
Si el agente judicial ha embargado bienes muebles que no son propiedad del deudor sino de un tercero, ese tercero puede impugnar el embargo de sus bienes mediante oposición de terceros (Drittwiderspruchsklage).
En los casos de embargo y de transferencia de los derechos de crédito del deudor frente a terceros, el tercero ya no tiene que pagar al deudor; solo puede pagar su deuda abonando al acreedor que haya hecho valer su crédito. Si el tercero incumple su obligación podrá interponerse contra él una demanda de indemnización por daños y perjuicios.
Los derechos que ya no están sujetos a recurso, así como los que se derivan de transacciones o documentos ejecutables, prescriben a los 30 años con arreglo a lo dispuesto en el artículo 197 del Código Civil (BGB). Durante este tiempo, el acreedor puede iniciar un procedimiento de ejecución en cualquier momento.
El Derecho alemán no prevé ningún procedimiento específico para aprobar la ejecución.
El deudor puede impugnar las medidas que se le impongan en el marco de un procedimiento de ejecución. Puede presentar una impugnación (Erinnerung) contra la modalidad de ejecución. También puede formular una queja inmediata (Beschwerde) en contra de una resolución que se haya tomado durante el procedimiento en caso de que no se haya celebrado ninguna vista. Esta queja debe formularse en un plazo de dos semanas ante el órgano jurisdiccional cuya resolución se impugne, el cual puede revocar su decisión, o ante el tribunal regional, en calidad de tribunal de apelación.
La interposición de un recurso no tiene, en principio, ninguna influencia en la prosecución de un procedimiento de ejecución ya incoado; carece de efecto suspensivo.
Véase más arriba, bajo la pregunta 4.
Anexo 1
Valor comercial de hasta (en EUR)... |
Cuadro B |
Valor comercial de hasta (en |
Cuadro B |
Valor comercial de hasta (en EUR)... |
Cuadro B |
500 |
15,00 |
200 000 |
435,00 |
1 550 000 |
2 615,00 |
1 000 |
19,00 |
230 000 |
485,00 |
1 600 000 |
2 695,00 |
1 500 |
23,00 |
260 000 |
535,00 |
1 650 000 |
2 775,00 |
2 000 |
27,00 |
290 000 |
585,00 |
1 700 000 |
2 855,00 |
3 000 |
33,00 |
320 000 |
635,00 |
1 750 000 |
2 935,00 |
4 000 |
39,00 |
350 000 |
685,00 |
1 800 000 |
3 015,00 |
5 000 |
45,00 |
380 000 |
735,00 |
1 850 000 |
3 095,00 |
6 000 |
51,00 |
410 000 |
785,00 |
1 900 000 |
3 175,00 |
7 000 |
57,00 |
440 000 |
835,00 |
1 950 000 |
3 255,00 |
8 000 |
63,00 |
470 000 |
885,00 |
2 000 000 |
3 335,00 |
9 000 |
69,00 |
500 000 |
935,00 |
2 050 000 |
3 415,00 |
10 000 |
75,00 |
550 000 |
1 015,00 |
2 100 000 |
3 495,00 |
13 000 |
83,00 |
600 000 |
1 095,00 |
2 150 000 |
3 575,00 |
16 000 |
91,00 |
650 000 |
1 175,00 |
2 200 000 |
3 655,00 |
19 000 |
99,00 |
700 000 |
1 255,00 |
2 250 000 |
3 735,00 |
22 000 |
107,00 |
750 000 |
1 335,00 |
2 300 000 |
3 815,00 |
25 000 |
115,00 |
800 000 |
1 415,00 |
2 350 000 |
3 895,00 |
30 000 |
125,00 |
850 000 |
1 495,00 |
2 400 000 |
3 975,00 |
35 000 |
135,00 |
900 000 |
1 575,00 |
2 450 000 |
4 055,00 |
40 000 |
145,00 |
950 000 |
1 655,00 |
2 500 000 |
4 135,00 |
45 000 |
155,00 |
1 000 000 |
1 735,00 |
2 550 000 |
4 215,00 |
50 000 |
165,00 |
1 050 000 |
1 815,00 |
2 600 000 |
4 295,00 |
65 000 |
192,00 |
1 100 000 |
1 895,00 |
2 650 000 |
4 375,00 |
80 000 |
219,00 |
1 150 000 |
1 975,00 |
2 700 000 |
4 455,00 |
95 000 |
246,00 |
1 200 000 |
2 055,00 |
2 750 000 |
4 535,00 |
110 000 |
273,00 |
1 250 000 |
2 135,00 |
2 800 000 |
4 615,00 |
125 000 |
300,00 |
1 300 000 |
2 215,00 |
2 850 000 |
4 695,00 |
140 000 |
327,00 |
1 350 000 |
2 295,00 |
2 900 000 |
4 775,00 |
155 000 |
354,00 |
1 400 000 |
2 375,00 |
2 950 000 |
4 855,00 |
170 000 |
381,00 |
1 450 000 |
2 455,00 |
3 000 000 |
4 935,00 |
185 000 |
408,00 |
1 500 000 |
2 535,00 |
Anexo 2
Cantidad reclamada de hasta (en EUR)... |
Tasa |
Cantidad reclamada de hasta (en EUR)... |
Tasa |
500 |
35,00 |
50 000 |
546,00 |
1 000 |
53,00 |
65 000 |
666,00 |
1 500 |
71,00 |
80 000 |
786,00 |
2 000 |
89,00 |
95 000 |
906,00 |
3 000 |
108,00 |
110 000 |
1 026,00 |
4 000 |
127,00 |
125 000 |
1 146,00 |
5 000 |
146,00 |
140 000 |
1 266,00 |
6 000 |
165,00 |
155 000 |
1 386,00 |
7 000 |
184,00 |
170 000 |
1 506,00 |
8 000 |
203,00 |
185 000 |
1 626,00 |
9 000 |
222,00 |
200 000 |
1 746,00 |
10 000 |
241,00 |
230 000 |
1 925,00 |
13 000 |
267,00 |
260 000 |
2 104,00 |
16 000 |
293,00 |
290 000 |
2 283,00 |
19 000 |
319,00 |
320 000 |
2 462,00 |
22 000 |
345,00 |
350 000 |
2 641,00 |
25 000 |
371,00 |
380 000 |
2 820,00 |
30 000 |
406,00 |
410 000 |
2 999,00 |
35 000 |
441,00 |
440 000 |
3 178,00 |
40 000 |
476,00 |
470 000 |
3 357,00 |
45 000 |
511,00 |
500 000 |
3 536,00 |
Esta página web forma parte del portal Tu Europa.
Nos gustaría recibir sus comentarios acerca de la utilidad de la información ofrecida.
El punto de contacto correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. Ni la RJE ni la Comisión Europea asumen ningún tipo de responsabilidad con respecto a la información o los datos contenidos o mencionados en el presente documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.